Resolución 4208/2016

Aviso - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ente Nacional Regulador Del Gas
Aviso - Aprobacion

Aprobar el aviso que como anexo i forma parte de la presente resolucion para su debida publicacion en el boletin oficial. hacer saber que en un plazo no mayor de treinta (30) dias de recibido el informe previsto en el articulo 36 del anexo i del decreto n° 1172/2003 y en el articulo 22 de la resolucion enargas n° i-4089/2016, anexo i, capitulo iii, el enargas emitira una resolucion final fundando la decision que se adopta y explicando de que manera ha tomado en cuenta las opiniones de los participantes y la ciudadania.

Id norma: 269361 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33527

Fecha boletin: 21/12/2016 Fecha sancion: 20/12/2016 Numero de norma 4208/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ente Nacional Regulador Del Gas Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 4208/2016

Buenos Aires, 20/12/2016

VISTO el Expediente N° 30.528 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la Resolución ENARGAS N° I-4123/16, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de esta Autoridad Regulatoria citada en el VISTO se convocó e instrumentó la Audiencia Pública N° 85.

Que todo el procedimiento de audiencia se rigió por las disposicionesde la Resolución ENARGAS N° I-4089/2016 y del Reglamento General deAudiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional aprobado comoAnexo I del Decreto N° 1172/2003, que es receptado por aquél.

Que la Resolución ENARGAS N° I-4089/2016, en su Anexo I, Capítulo III,Artículo 22, que recoge las previsiones contenidas en el Artículo 36del Anexo I del Decreto N° 1172/2003, dispone, en lo aquí concierne,que: “El Área de Implementación —constituida en los términos delArtículo 1° primer párrafo—, deberá elevar a la Máxima Autoridad delENARGAS, un Informe de Cierre que contenga la descripción sumaria delas intervenciones e incidencias de la Audiencia, no pudiendo realizarapreciaciones de valor sobre el contenido de las presentaciones. Dichoinforme deberá ser realizado dentro de los DIEZ (10) días hábilesadministrativos de clausurada la audiencia. En caso de que el Área deImplementación requiriera un plazo complementario al efecto, el mismodeberá disponerse mediante resolución fundada de la Máxima Autoridaddel Organismo. Asimismo, el ENARGAS deberá dar cuenta de la realizaciónde la Audiencia Pública, mediante una publicación en el Boletín Oficialy en su caso, en la página web del Organismo, de un aviso quecontendrá: a) Objeto de la Audiencia Pública; b) Fecha o fechas en lasque se sesionó; c) Funcionarios presentes; d) Cantidad departicipantes; e) Lugar donde se encuentra a disposición el Expediente;f) Plazos y modalidad de publicidad de la Resolución Final”.

Que en virtud del objeto de la audiencia, que involucra materias acargo del ENARGAS, el citado Informe fue emitido por esta AutoridadRegulatoria y obra agregado al Expediente ENARGAS N° 30.528.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar un AVISO a efectos de darpublicidad sobre la Audiencia Pública N° 85, conforme la normativacitada en los considerandos anteriores.

Que en cumplimiento del Artículo 38 del Anexo I del Decreto N°1172/2003 y de la Resolución ENARGAS N° I-4089/2016, Anexo I, CapítuloIII, Artículo 24, en un plazo no mayor de TREINTA (30) días de recibidoel Informe de Cierre descripto en el Artículo 22 de dicha Resolución,el ENARGAS emitirá una Resolución Final fundando la decisión que seadopta y explicando de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones delos participantes y la ciudadanía.

Que dicho plazo es de TREINTA (30) días hábiles administrativos, ydeberá repararse en que en el ámbito del Ente Nacional Regulador delGas no se computarán respecto de los plazos procedimentales, los díashábiles administrativos correspondientes a las ferias judiciales deenero y julio de cada año, dispuestas por la Corte Suprema de Justiciade la Nación.

Que se ha expedido el Servicio Jurídico Permanente del Organismo encumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7, inciso d) de la Ley N°19.549.

Que el Ente Nacional Regulador del Gas se encuentra facultado para eldictado del presente acto conforme lo dispuesto en el Artículo 52inciso I) de la Ley N° 24.076, Decretos N° 571/07; 1646/07; 953/08;2138/08; 616/09; 1874/09; 1038/10; 1688/10; 692/11; 262/12; 946/12;2686/12; 1524/13; 222/14; 2704/14; 1392/15; 164/16; y 844/16.

Por ello;

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar el AVISO que como Anexo I forma parte de lapresente Resolución para su debida publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 2° — Hacer saber que en un plazo no mayor de TREINTA (30) díasde recibido el Informe previsto en el Artículo 36 del Anexo I delDecreto N° 1172/2003 y en el Artículo 22 de la Resolución ENARGAS N°I-4089/2016, Anexo I, Capítulo III, el ENARGAS emitirá una ResoluciónFinal fundando la decisión que se adopta y explicando de qué manera hatomado en cuenta las opiniones de los participantes y la ciudadanía.

ARTÍCULO 3° — El plazo indicado en el artículo precedente es de TREINTA(30) días hábiles administrativos, y deberá repararse en que en elámbito del Ente Nacional Regulador del Gas no se computarán respecto delos plazos procedimentales, los días hábiles administrativoscorrespondientes a las ferias judiciales de enero y julio de cada año,dispuestas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ARTÍCULO 4° — Registrar, publicar, dar a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archivar. — DAVID JOSÉ TEZANOS GONZÁLEZ,Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

ANEXO I

EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

INFORMA:

En los términos del Artículo 36 del Anexo I del Decreto N° 1172/2003 yde la Resolución ENARGAS N° I-4089/2016, Anexo I, Capítulo III,Artículo 22, se comunica que en lo que concierne a la Audiencia PúblicaN° 85: a) objeto: la Revisión Tarifaria Integral de GASNOR S.A.,DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. y DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTROS.A.; las propuestas de modificaciones, elaboradas por esta AutoridadRegulatoria, en los Reglamentos de Servicio de Transporte yDistribución aprobados por Decreto N° 2255/92; y la metodología deajustes semestrales; b) fechas en que se sesionó: tuvo lugar el día 5de diciembre de 2016, de 9:02 horas hasta 12:35 horas c) funcionariospresentes: atento a la designación efectuada en el Orden del Díaagregado al Expediente ENARGAS N° 30.528, presidió la Audiencia, enrepresentación del ENARGAS, la Dra. Marcela Paula Valdez; e) fueronllamadas a exponer 19 personas; f) lugar donde se encuentra adisposición el expediente: el expediente ENARGAS N° 30.528 se encuentraa disposición en la Sede Central del ENARGAS, sita en Suipacha 636,Ciudad Autónoma de Buenos Aires; g) plazos y modalidad de publicidad dela Resolución Final: en un plazo no mayor de TREINTA (30) días derecibido el Informe previsto en el Artículo 36 del Anexo I del DecretoN° 1172/2003 y en el Artículo 22 de la Resolución ENARGAS N°I-4089/2016, Anexo I, Capítulo III, el ENARGAS emitirá una ResoluciónFinal y dispondrán su publicación en el Boletín Oficial. Dicho plazo esde TREINTA (30) días hábiles administrativos, y deberá repararse en queen el ámbito del Ente Nacional Regulador del Gas no se computaránrespecto de los plazos procedimentales, los días hábilesadministrativos correspondientes a las ferias judiciales de enero yjulio de cada año, dispuestas por la Corte Suprema de Justicia de laNación.

e. 21/12/2016 N° 97271/16 v. 21/12/2016

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