Resolución E 693/2016

Municipalidad De General Jose De San Martin

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Produccion
Municipalidad De General Jose De San Martin

Otorgase a la municipalidad de general jose de san martin de la provincia del chaco, c.u.i.t. n° 30-65299386-5, un aporte no reintegrable (anr) por la suma de pesos dos millones trescientos dieciseis mil seiscientos noventa y nueve con noventa centavos ($ 2.316.699,90).

Id norma: 269439 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33528

Fecha boletin: 22/12/2016 Fecha sancion: 19/12/2016 Numero de norma 693/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Industria Y Servicios Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

Resolución 693 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2016

VISTO el Expediente N° S01:0281198/2014 del Registro del ex MINISTERIODE INDUSTRIA, el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y susmodificatorios, y las Resoluciones Nros. 40 de fecha 17 de agosto de2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y 212 de fecha 23 de mayo de 2016del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010 y susmodificatorios, se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo deParques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo definanciar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando laradicación y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas en ParquesIndustriales Públicos.

Que, por el Artículo 3° del citado decreto, se designó al ex MINISTERIODE INDUSTRIA Y TURISMO, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, como Autoridadde Aplicación del mencionado Programa.

Que, por la Resolución N° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se reglamentó el citado Programa.

Que, por la Resolución N° 212 de fecha 23 de mayo de 2016 delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se delegó en el señor Secretario de laSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN lasfunciones de coordinación y ejecución del “Programa Nacional para elDesarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario”.

Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N°915/10 y sus modificatorios, los Municipios y/o Provincias donde seencuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan conel procedimiento establecido por el Programa, podrán acceder a AportesNo Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL.

Que, mediante el Artículo 5° del Anexo al Decreto N° 915/10, sustituidopor el Artículo 1° del Decreto N° 375 de fecha 25 de marzo de 2014, sefijó un monto de hasta PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) por solicitud.

Que, para acceder al beneficio, el Parque Industrial debe estarinscripto en el Registro Nacional de Parques Industriales, actualmenteen el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, creado por el Artículo 2°del Decreto N° 915/10 y sus modificatorios y conforme lo dispone elArtículo 7° del Anexo del citado decreto, aportar recursos adicionalesen concepto de contrapartida local.

Que, a foja 93 del expediente citado en el Visto, obra la Constancia deInscripción de fecha 30 de septiembre de 2014 del PARQUE INDUSTRIALGENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN en el Registro Nacional de ParquesIndustriales, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I delTítulo II del Anexo a la Resolución N° 40/10 del ex MINISTERIO DEINDUSTRIA.

Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 23 del Anexo al Decreto N°915/10, los beneficiarios no podrán acceder a un nuevo Aporte NoReintegrable (ANR) en el marco del presente Programa hasta tanto nohaya sido aprobada la rendición de cuentas y presentado el InformeFinal.

Que, a foja 169 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DEGENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN de la Provincia del CHACO, C.U.I.T. N°30-65299386-5, solicita un Aporte No Reintegrable (ANR) por la suma dePESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA YNUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 2.316.699,90) con el objeto de realizarlas obras intramuros correspondientes a cerco perimetral, barreraforestal y pórtico de acceso y casilla de vigilancia en el PARQUEINDUSTRIAL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN.

Que el presupuesto presentado por la mencionada Municipalidad en elconsiderando precedente, obrante a fojas 214 y 221 del expediente de lareferencia, totaliza la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA YCUATRO MIL CIENTO ONCE ($ 2.574.111), comprometiéndose la citadaMUNICIPALIDAD a aportar recursos adicionales en concepto decontrapartida local por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETEMIL CUATROSCIENTOS ONCE CON DIEZ CENTAVOS ($ 257.411,10).

Que surge del proyecto presentado que las obras a la que se destinaráel Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para elPARQUE INDUSTRIAL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN, en tanto la construccióndel cerco perimetral, la barrera forestal, el pórtico de acceso y lacasilla de vigilancia, permitirán establecer la seguridad general a lasempresas del Parque Industrial.

Que la Dirección de Parques Industriales, dependiente de la DirecciónNacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores de laSUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS,ex UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), ha verificado elcumplimiento integral de los restantes requisitos formales y evaluadola factibilidad técnica del proyecto de conformidad con el Informeobrante a fojas 255/264 del expediente citado en el Visto, recomendandola aprobación de la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DEGENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN de la Provincia del CHACO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidaspor el Artículo 3° del Decreto N° 915/10 y sus modificatorios, y laResolución N° 212/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍNde la Provincia del CHACO, C.U.I.T. N° 30-65299386-5, un Aporte NoReintegrable (ANR) por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOSDIECISÉIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($2.316.699,90).

ARTÍCULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR), dispuesto en el artículoprecedente, tendrá como objeto la construcción de cerco perimetral,barrera forestal, pórtico de acceso y casilla de vigilancia en elPARQUE INDUSTRIAL GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN.

ARTÍCULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presentemedida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE GENERALJOSÉ DE SAN MARTÍN de la Provincia del CHACO, en la Cuenta Bancaria N°27210017/02 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal 1865.

ARTÍCULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN de laProvincia del CHACO se ha comprometido a dar cumplimiento a loestipulado por el inciso d) del Artículo 17 del Anexo a la ResoluciónN° 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestasal beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafosegundo, y 18 del Anexo al Decreto N° 915 de fecha 28 de junio de 2010y sus modificatorios, se dispondrá, previa constitución en mora yfijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad delbeneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la sumapercibida.

ARTÍCULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales enconcepto de contrapartida local comprometidos por la MUNICIPALIDAD DEGENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN de la Provincia del CHACO, quedarán sujetosa las verificaciones y controles por parte del MINISTERIO DE PRODUCCIÓNal momento de realizarse la rendición de cuentas.

ARTÍCULO 7° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuestovigente de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Programa 42,Actividad 4, para el Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 8° — Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN de la Provincia del CHACO.

ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — MARTÍN ALFREDO ETCHEGOYEN, Secretario,Secretaría de Industria y Servicios, Ministerio de Producción.

e. 22/12/2016 N° 97062/16 v. 22/12/2016

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