Disposición E 104/2016

S.M.A.T.A. - Mercedes–Benz Argentina Sociedad Anonima

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
S.M.A.T.A. - Mercedes–Benz Argentina Sociedad Anonima

Declarese registrado el acuerdo celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina y la empresa mercedes–benz argentina sociedad anonima, obrante a fojas 5/6 del expediente nº 1.711.160/16, ratificado a fojas 47 y 48, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 269812 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33531

Fecha boletin: 27/12/2016 Fecha sancion: 17/11/2016 Numero de norma 104/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 104 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2016

VISTO el Expediente Nº 1.711.160/16 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.711.160/16 obra el Acuerdocelebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa MERCEDES–BENZARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 47 y 48, conforme a lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen lamodalidad de contratación eventual, conforme surge de los términos ycondiciones allí pactados.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede su registro comoacuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derechoindividual del personal afectado.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° 186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Declárese registrado el Acuerdo celebrado entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPÚBLICA ARGENTINA y la empresa MERCEDES–BENZ ARGENTINA SOCIEDADANÓNIMA, obrante a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.711.160/16, ratificadoa fojas 47 y 48, conforme a lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión yArchivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin queDepartamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/6 delExpediente Nº 1.711.160/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel Acuerdo y de esta Disposición, las partes deberán proceder deacuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250(t.o.2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — SARA GRACIELA SOSA, Directora Nacional,Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.711.160/16

Buenos Aires, 01 de diciembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 104/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 1528/16. — Lic. JORGEALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO MERCEDES-BENZ ARGENTINA - SMATA

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de febrerodel año 2016, se reúnen en la sede del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (en adelante“SMATA”), ubicada en Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, los Señores Diego A. Tyburec DNI n° 17.363.409, Roberto LópezGarcía DNI n° 95.189.114, Ricardo Poodts DNI n° 22.430. 376, Marcelo M.Nardelli DNI n° 17.003.419, con el asesoramiento letrado del Dr. HéctorAlejandro García DNI n° 16.717.590, en representación de MERCEDES BENZARGENTINA S.A. (en adelante “LA EMPRESA”) y los Señores RicardoPignanelli DNI n° 10.872.297, Héctor Chaparro DNI n° 12.353.906,Ricardo Desimone DNI n° 11.460.260, Gabriela Pignanelli DNI n°30.862.225, Néstor Adrián Valle DNI n° 25.765.836, Facundo Alvarez DNIn° 33.310.917, Leonel Ronzoni DNI n° 31.913.211, Silvio Martinez DNI n°20.555.236, en representación de “SMATA”, a los efectos de convenir einstrumentar una serie de iniciativas tendientes a fortalecer elposicionamiento del Centro Industrial Juan Manuel Fangio en el contextoglobal de la producción automotriz.

PRIMERO: Que ambas partes definen a partir del presente entendimientouna serie de compromisos que permitan el lanzamiento y sostenimientodurante el año 2016 del programa de producción de vehículos denominadoMOPF con el propósito de servir a mercados internacionales a los quepor primera vez se podrá acceder con unidades fabricadas en el CentroIndustrial Juan Manuel Fangio de Argentina, aspecto relevante y quedemandará los mayores esfuerzos y cooperación por parte de La Empresa yLa Entidad Sindical en materia de eficiencia y calidad para elcumplimiento de este cometido que se presenta para este año como unaeventualidad que impone responder a las directivas que determinaron laelegibilidad de esta Planta para satisfacer a las necesidadesespeciales que requiere el mercado al que se accederá.

SEGUNDO: En tal sentido, para la satisfacción de esta necesidad deproducción puntual y que se presenta como un pico de produccióneventual se incorporará a partir del mes de marzo del año 2016, hastaun total de 250 trabajadores al Centro Industrial a través de lamodalidad de contrato eventual para el cumplimiento de los trabajos ymetas previstas, utilizándose para ello la modalidad de contratacióneventual a través de una Agencia de Personal Eventual y conforme a lasprevisiones contenidas en el artículo 29 bis de la LCT, Artículos 75 ysiguientes de Ley 24.013 y su decreto reglamentario 1694/06. De estemodo se proyecta que el trabajo que demandará la satisfacción de laeventualidad consistente en cumplir con el cometido de alcanzar elvolumen de producción requerido y que se desprende de la Tabla deProducción y Mix que se adjunta como Anexo al presente, justificandopor ende la contratación por tiempo determinado y bajo esta modalidadlegalmente habilitada a los nuevos trabajadores, no debería extenderseen Mercedes-Benz Argentina en su carácter de usuaria de dicho serviciomás allá del 31/12/2016, tal como se estipulara en la carta compromisosuscripta oportunamente entre las partes y en relación a este proyectode producción y que se complementa y perfecciona con la suscripción delpresente Acuerdo.

TERCERO: Para alcanzar los volúmenes de producción requeridos se prevéla posibilidad de acudir a la variante de realizar tareas productivasen hasta 25 sábados, fijándose un tope de hasta 12 horas de labor parala jornada de trabajo, situación que será puesta a consideración por LaEntidad Sindical a los trabajadores por ella representados.

CUARTO: La Entidad Sindical se compromete y a través suyo lostrabajadores por ella representados, a lograr una producción diaria dehasta 92 (noventa y dos) unidades durante el año 2016, según Tabla deProducción y Mix adjunta, para alcanzar una Productividad de hasta el4,2%, todo ello dentro de cada jornada habitual de labor. A su vez,ambas partes se comprometen a partir del mes de septiembre de 2016 aempezar a dialogar sobre el posible incremento de una unidad diariaadicional en el año 2017.

QUINTO: En función de los embarques de unidades comprometidas y queeventualmente no se pudieran llegar a satisfacer en tiempo y forma ybajo las pautas y esquema de trabajo previsto y que se determina en elpresente instrumento, las partes consideran indispensable evaluardistintas iniciativas que permitan la satisfacción de los objetivoscomprometidos, sea programando jornadas de trabajo en días feriadosnacionales que no sean puente, la realización de horas extraordinariassemanales y cualquier otra variante, las que serán analizadas einstrumentadas en el marco de la Mesa de Trabajo que se conforma conese propósito y que permitirá un exhaustivo seguimiento y monitoreo delas premisas que se persiguen a través del presente compromisocolectivo.

En muestra de conformidad, ambas partes suscriben el presente acuerdoen 5 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, haciendoprevalecer el presente por sobre cualquier otro compromiso vinculado ala producción de los vehículos aquí identificados, comprometiéndoseambas partes a presentar el mismo para su pertinente homologación enlos términos de la Ley 14.250.

PROGRAMA PRODUCCIÓN 2016

Tipo de vehículo

Cant. de unidades

VITO

1.728

KAWA5.048

SPRINTERKOMBI6.792

FHS4.754

Tabla de convertibilidad % FHS cant. de unidades adicionales (*)

% Unidades de EficienciaPorcentaje de Productividad (TE)

25/30 ->44,23%

20/243

15/192

Hasta 1411,16%

(*) bajo análisis ante eventuales problemas técnicos

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