Disposición 460/2016

Procedimiento De Actualizacion Y Mantenimiento Del Sitio ‘Web’ Institucional

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Procedimiento De Actualizacion Y Mantenimiento Del Sitio ‘Web’ Institucional

Aprobar el “procedimiento de actualizacion y mantenimiento del sitio ‘web’ institucional”. aprobar la “incorporacion del concepto experiencia usuario en sistemas aplicativos y servicios ‘web’”. dejar sin efecto la instruccion general conjunta n° 1 (sdg sit) y n° 1 (sdg sec) del 9 de enero de 2008 y la disposicion n° 407 (afip) del 15 de septiembre de 2015.

Id norma: 269817 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33531

Fecha boletin: 27/12/2016 Fecha sancion: 23/12/2016 Numero de norma 460/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Disposiciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - LA INSTRUCCION GENERAL CONJUNTA N° 1 (SDG SIT) Y N° 1 (SDG SEC) DEL 9 DE ENERO DE 2008 - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 460/2016

Asunto: Sitio “web” institucional.Sistemas y servicios suministrados por la Administración Federal deIngresos Públicos. Aplicación del concepto “experiencia usuario”.Instrucción General Conjunta N° 1/08 (SDG SIT) y N° 1/08 (SDG SEC).Disposición N° 407/15 (AFIP). Su sustitución.

Buenos Aires, 23/12/2016

VISTO la pertinencia de adecuar la normativa relativa a laactualización y mantenimiento del sitio “web” de esta AdministraciónFederal y la correspondiente a la aplicación de parámetros deaccesibilidad a los sistemas aplicativos y servicios “web”, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Instrucción General Conjunta N° 1 (SDG SIT) y N° 1 (SDGSEC) del 9 de enero de 2008 se implementó un mecanismo para administrarel mantenimiento y actualización del sitio “web” institucional,identificando a los actores y sus responsabilidades.

Que la Disposición N° 407 (AFIP) del 15 de septiembre de 2015estableció lineamientos para la definición, el diseño y la ejecución depruebas sobre sistemas aplicativos y servicios “web”, como también lainteracción y responsabilidad de las áreas intervinientes.

Que por la Disposición N° 117 (AFIP) del 22 de abril de 2016 seprocedió a adecuar la estructura organizativa de la SubdirecciónGeneral de Servicios al Contribuyente, resultando apropiado sustituirla normativa mencionada en los párrafos que anteceden con el objeto deestablecer las áreas con competencia en la actualización y elmantenimiento del aludido sitio “web” institucional, así como laimplementación del concepto “experiencia usuario” en sistemasaplicativos y en los servicios “web” del Organismo.

Que han tomado la intervención que resulta de sus respectivascompetencias la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generalesde Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente, de RecursosHumanos y de Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el Artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, susmodificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar el “PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN YMANTENIMIENTO DEL SITIO ‘WEB’ INSTITUCIONAL” que como Anexo I integrala presente disposición.

ARTÍCULO 2° — Aprobar la “INCORPORACIÓN DEL CONCEPTO EXPERIENCIAUSUARIO EN SISTEMAS APLICATIVOS Y SERVICIOS ‘WEB’” que como Anexo IIforma parte de esta norma.

ARTÍCULO 3° — Facultar a las Subdirecciones Generales de Servicios alContribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones para que en formaconjunta:

a) Dicten las normas complementarias que resulten necesarias sobre la temática.

b) Establezcan los parámetros de accesibilidad, usabilidad y demásaspectos relacionados con la “experiencia usuario” en sistemasaplicativos y servicios “web” que se desarrollen o utilicen en elámbito de esta Administración Federal.

c) Establezcan un cronograma, fijando pautas y acciones que deberánobservar las áreas responsables a fin de adecuar los sistemaspreexistentes.

ARTÍCULO 4° — Dejar sin efecto la Instrucción General Conjunta N° 1(SDG SIT) y N° 1 (SDG SEC) del 9 de enero de 2008 y la Disposición N°407 (AFIP) del 15 de septiembre de 2015.

ARTÍCULO 5° — La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese y dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Dr.ALBERTO ABAD, Administrador Federal, Administración Federal de IngresosPúblicos.

ANEXO I (Artículo 1°)

PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SITIO “WEB” INSTITUCIONAL

1. INTRODUCCIÓN

El sitio “web” institucional deberá diseñarse y desarrollarse a partirdel concepto “experiencia usuario” descripto en el Anexo II de estadisposición, debiendo orientar su desarrollo y mantenimiento a lasnecesidades y los requerimientos del usuario.

2. OBJETIVOS

2.1. Administrar y coordinar el proceso de actualización de loscontenidos del sitio “web” institucional, tanto desde una perspectivaexterna (Internet) como interna (Intranet).

2.2. Optimizar el uso y funcionamiento del sitio “web” institucionalsimplificando los contenidos, evitando la redundancia de datos,facilitando el acceso a la información e incentivando el cumplimientovoluntario de las obligaciones fiscales.

3. ALCANCE

Este Anexo será de aplicación para toda gestión asociada al proceso dedefinición, desarrollo y mantenimiento de los contenidos del sitio“web” institucional, tanto de Intranet como de Internet.

4. ÁREAS INTERVINIENTES

4.1. Subdirección General de Servicios al Contribuyente.

4.1.1. Departamento Procedimientos de Servicio de la Dirección de Programas y Normas de Servicios al Ciudadano.

4.1.2. Departamento Comunicación.

4.2. Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.

4.2.1. Departamento Informática Colaborativa.

4.3. Subdirección General de Recursos Humanos.

4.3.1. Dirección de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos.

4.4. Todas aquellas áreas de esta Administración Federal que soliciten,definan y/o desarrollen contenidos para publicar en el sitio “web”institucional, sea para Intranet o Internet.

5. ACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SITIO “WEB” EXTERNO (INTERNET)

5.1. RESPONSABILIDADES

5.1.1. Área de administración y definición

El Departamento Procedimientos de Servicio será el área encargada de laadministración y definición del sitio “web” externo (Internet).

5.1.2. Áreas de desarrollo e implementación

El Departamento Informática Colaborativa será el área encargada deimplementar las modificaciones y efectuar los desarrollos vinculados alsitio “web” externo (Internet). Asimismo deberá:

5.1.2.1. Gestionar e implementar los desarrollos que fueran necesariospara la actualización y el mantenimiento técnico de la “web”.

5.1.2.2. Verificar que los requerimientos de alta, baja y/omodificación de contenidos del sitio “web” institucional, así como dedesarrollo de productos asociados a él, hayan sido remitidos por elDepartamento Procedimientos de Servicio.

5.2. PROCEDIMIENTO

5.2.1. Las áreas solicitantes formalizarán los requerimientos de alta,baja y/o modificación de contenidos mediante correo electrónicoremitido por jefatura con nivel de sección o superior a la dirección decorreo electrónico contenidosweb@afip.gob.ar.

5.2.1.1. Las áreas solicitantes serán responsables de:

a) Verificar la oportunidad y validez de la información y contenidos a publicar,

b) revisar periódicamente lo publicado y, de corresponder, solicitar las actualizaciones pertinentes,

c) asegurar que el contenido a incluir no contenga datos que obsten asu divulgación por aplicación del instituto del secreto fiscalcontemplado por el Artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en1998 y sus modificaciones, de las previsiones de la Ley N° 25.326 y susmodificaciones, o por otros institutos,

d) definir la fecha de publicación en el sitio “web” y la vigencia de la novedad, y

e) cumplir con las pautas de usabilidad y accesibilidad, las cuales seencontrarán disponibles en el micrositio “Experiencia Usuario” enIntranet.

5.2.1.2. El correo electrónico de solicitud deberá contener:

a) Asunto: se indicará “Contenidos Web - Alta”, “Contenidos Web -Baja”, “Contenidos Web - Modificación” o “Contenidos Web - Desarrollo”,según corresponda,

b) la descripción de lo requerido,

c) cuando se soliciten incorporaciones (por alta y/o modificación), se deberán acompañar como documentos adjuntos:

- los textos a incorporar, que deberán estar en formato editable,preferentemente de extensión “.doc” o “.rtf” y fuente de letra “ARIAL”,tamaño 12,

- las tablas a incorporar, que deberán estar en formato editable, preferentemente de extensión “.xls”,

- las imágenes a incorporar, que deberán contar con especificacionestécnicas mínimas requeridas para que puedan ser visualizadas en elsitio “web”,

d) se deberá indicar la fecha desde la que se requiere el alta, lamodificación o la baja, y, de corresponder, si se trata de un trámiteurgente, y

e) en el caso de “Baja” y/o “Modificación”, la solicitud deberácontener la dirección URL donde se encuentra la información o el datoafectado.

5.2.1.3. El Departamento Procedimientos de Servicio recibirá elrequerimiento, verificará que cumpla los requisitos formales, así como,de corresponder, las pautas de usabilidad y accesibilidad, y solicitaráy/o incorporará las adecuaciones de formato que considere pertinentes.

Asimismo, definirá la prioridad en el tratamiento del requerimiento,otorgará al contenido remitido la imagen y la línea discursivainstitucional y determinará la ubicación del contenido en el sitio“web”.

En el caso de que el pedido contenga definiciones para un nuevodesarrollo deberá contar con la homologación de ese Departamento, deacuerdo con lo expuesto en el Anexo II de la presente, antes de supuesta en producción.

Luego, remitirá la solicitud al Departamento Informática Colaborativamediante el Sistema de Administración de Requerimientos e informará loactuado al área solicitante.

5.2.1.4. El Departamento Informática Colaborativa recibirá elrequerimiento y realizará las gestiones para su publicación en el sitio“web”. Posteriormente, cambiará el estado de la solicitud en elmencionado Sistema de Administración de Requerimientos.

5.3. CASOS PARTICULARES

5.3.1. Aquellas áreas cuyos contenidos se actualicen mediante lautilización de un software de registración para aplicaciones “web”continuarán utilizando la metodología habitual.

5.3.2. Toda área que detecte un link roto (enlace que tiene comodestino una página no existente) deberá comunicar tal situación a lacasilla de correo electrónico contenidosweb@afip.gob.ar indicando laURL donde se encuentra el dato afectado.

6. ACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SITIO “WEB” INTERNO (INTRANET)

6.1. RESPONSABILIDADES

Las áreas y los responsables que administran y definen la Página deInicio (Home) y el resto de las páginas institucionales de la Intranetson las siguientes:

6.1.1. Página de inicio. Home.

El Departamento Comunicación será el área encargada de laadministración y definición de la página de inicio, denominada Home,del sitio “web” interno (Intranet).

6.1.2. Contenidos y piezas de comunicación interna referidos a la gestión de recursos humanos.

La Dirección de Evaluación y Desarrollo de Recursos Humanos será elárea encargada de administrar y definir los contenidos y piezas decomunicación de recursos humanos.

6.1.3. Otras páginas institucionales de la Intranet.

Las áreas que posean una página en Intranet serán responsables de la administración y definición de los contenidos publicados.

6.2. PROCEDIMIENTO

En cada oportunidad en la que se requiera actualizar el contenido de Intranet se deberá efectuar el siguiente procedimiento:

6.2.1. Página de Inicio. Home. Intranet.

6.2.1.1. Cuando se trate de temas de naturaleza institucional quereflejen los lineamientos estratégicos del Organismo, las áreassolicitantes formalizarán los requerimientos de alta, baja y/omodificación de contenidos mediante correo electrónico remitido porjefatura con nivel de sección o superior a la dirección de correoelectrónico contenidosinternos@afip.gob.ar.

6.2.1.2. Las áreas serán responsables de:

a) Verificar la oportunidad y validez de la información y contenidos a publicar,

b) revisar periódicamente lo publicado y, de corresponder, solicitar las actualizaciones pertinentes,

c) asegurar que el contenido a incluir no contenga datos que obsten asu divulgación por aplicación del instituto del secreto fiscalcontemplado por el Artículo 101 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en1998 y sus modificaciones, de las previsiones de la Ley N° 25.326 y susmodificaciones, o por otros institutos,

d) definir la fecha de publicación en el sitio “web” y la vigencia de la novedad, y

e) cumplir con las pautas de usabilidad y accesibilidad, las cuales seencontrarán disponibles en el Micrositio “Experiencia Usuario” enIntranet.

6.2.1.3. El correo electrónico de solicitud deberá contener:

a) Asunto: se indicará “Contenidos Interno - Alta”, “Contenidos Interno- Baja”, “Contenidos Interno - Modificación” o “Contenidos Interno -Desarrollo”, según corresponda,

b) la descripción de lo requerido,

c) cuando se soliciten incorporaciones (por alta y/o modificación), se deberán acompañar como documentos adjuntos:

- los textos a incorporar, que deberán estar en formato editable,preferentemente de extensión “.doc” o “.rtf’ y fuente de letra “ARIAL”,tamaño 12,

- las tablas a incorporar, que deberán estar en formato editable, preferentemente de extensión “.xls”,

- las imágenes a incorporar, que deberán contar con especificacionestécnicas mínimas requeridas para que puedan ser visualizadas en la“web”,

d) se deberá indicar la fecha desde la que se requiere el alta, lamodificación o la baja, y, de corresponder, si se trata de un trámiteurgente, y

e) en el caso de “Baja” y/o “Modificación”, la solicitud deberácontener la dirección URL donde se encuentra la información o datoafectado.

6.2.1.4. El Departamento Comunicación recibirá el requerimiento,verificará que cumpla con los requisitos formales, así como, decorresponder, con las pautas de usabilidad y accesibilidad, ysolicitará y/o incorporará las adecuaciones de formato que considerepertinentes.

Asimismo, definirá la prioridad en el tratamiento del requerimiento,otorgará al contenido remitido la imagen y la línea discursivainstitucional, así como determinará la ubicación del contenido en elsitio “web”.

Posteriormente, remitirá la solicitud al Departamento InformáticaColaborativa mediante el Sistema de Administración de Requerimientos ycursará la debida respuesta de lo actuado al área solicitante.

6.2.1.5. El Departamento Informática Colaborativa recibirá elrequerimiento y realizará las gestiones para su publicación en el sitio“web” y cambiará el estado de la solicitud en el Sistema deAdministración de Requerimientos.

6.2.2. Contenidos y piezas de comunicación interna referidos a la gestión de recursos humanos.

Cuando se trate de contenidos y piezas de comunicación internareferidos a los distintos aspectos que hacen a la gestión de losrecursos humanos de este Organismo, como lo son la administración depersonal, capacitación, clima y cultura interna, la Dirección deEvaluación y Desarrollo de Recursos Humanos o sus áreas dependientesremitirán la solicitud de publicación a la dirección de correoelectrónico contenidosinternos@afip.gob.ar.

Dicha remisión contendrá el mensaje que la Subdirección General deRecursos Humanos fije al respecto para la comunicación interna alpersonal, así como la imagen y formato, especificando la prioridad detratamiento de los contenidos y solicitará su ubicación en Intranet.

6.2.2.1. El Departamento Comunicación recibirá el requerimiento,verificará que cumpla con los requisitos formales, así como, decorresponder, las pautas de usabilidad y accesibilidad, y propondrá lasadecuaciones de formato, imagen y ubicación en el sitio “web” internoque considere pertinentes, las que se acordarán con carácter previo asu publicación con la Dirección de Evaluación y Desarrollo de RecursosHumanos.

6.2.2.2. Posteriormente, remitirá la solicitud al DepartamentoInformática Colaborativa mediante el Sistema de Administración deRequerimientos y cursará la debida respuesta de lo actuado al áreasolicitante.

6.2.2.3. El Departamento Informática Colaborativa recibirá elrequerimiento y realizará las gestiones para su publicación en el sitio“web”. Posteriormente, cambiará el estado de la solicitud en elmencionado Sistema de Administración de Requerimientos.

6.2.3. Otras páginas institucionales

Cuando se trate de la actualización de otras páginas institucionales,serán las propias áreas las que remitirán la solicitud de “Alta”,“Baja”, “Modificación” o “Desarrollo” de contenidos a través de ladirección de correo electrónico carganovedades@afip.gob.ar,considerando las pautas establecidas en los puntos 6.2.1.2. y 6.2.1.3.

ANEXO II (Artículo 2°)

INCORPORACIÓN DEL CONCEPTO EXPERIENCIA USUARIO EN SISTEMAS APLICATIVOS Y SERVICIOS “WEB”

I. INTRODUCCIÓN

La implementación del concepto “experiencia usuario” busca incorporarla percepción del administrado en materia de usabilidad y accesibilidadde los sistemas y servicios “web” proporcionados por la AdministraciónFederal de Ingresos Públicos. Por ello, resulta necesario establecernuevos lineamientos en las actividades vinculadas al “ciclo de vida delos sistemas” (CVS) y servicios “web” y su ejecución por las áreasinvolucradas.

Se entiende por “usabilidad” a la medida de calidad de la experienciaque tiene un usuario en cuanto a su interacción con un sistema. Estetérmino alude, también, a la capacidad de un software de sercomprendido, usado y resultar atractivo para el usuario, en condicionesespecíficas de uso.

Por otra parte, el término “accesibilidad” se refiere al grado deutilización de una aplicación informática por parte del usuario, conindependencia de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas.

2. OBJETIVOS

2.1. Optimizar el uso y funcionamiento de las aplicaciones y losservicios “web”, promover la simplificación de los contenidos evitandola redundancia de datos, normalizando el estilo e incentivando elcumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

2.2. Detectar los posibles desvíos de los parámetros de accesibilidad y usabilidad.

3. ALCANCE

Este Anexo será de aplicación para toda la gestión asociada al procesode definición, diseño, desarrollo y mantenimiento de todos los sistemasaplicativos y servicios “web” del Organismo.

4. ÁREAS INTERVINIENTES Y RESPONSABILIDADES

4.1. La Subdirección General de Servicios al Contribuyente será el árearesponsable del diseño de imagen institucional, de la planificación,coordinación y difusión en materia de usabilidad, accesibilidad y“experiencia usuario”, así como la encargada de recibir las consultas yreclamos de los administrados.

En su ámbito resultan áreas intervinientes:

a) Los Departamentos Procedimientos de Servicio y Evaluación deAcciones de Servicio, ambos de la Dirección de Programas y Normas deServicios al Ciudadano,

b) el Departamento Canales de Información y Asistencia de la Dirección de Asistencia al Ciudadano.

4.2. Áreas dependientes de la Subdirección General de Sistemas yTelecomunicaciones con competencia en el ciclo de vida de sistemasaplicativos y productos “web”, en relación con los aspectos de diseño,desarrollo y control de calidad.

4.3. Áreas de esta Administración Federal que soliciten, definan yhomologuen nuevos desarrollos o mantenimientos de sistemas aplicativoso productos “web”.

5. PARÁMETROS DE USABILIDAD Y ACCESIBILIDAD

Los parámetros de usabilidad y accesibilidad orientados a los objetivos enunciados, están basados en:

a) Estándares y mejores prácticas internacionales,

b) estándares de servicios digitales del ámbito nacional,

c) las particularidades del Organismo y

d) la experiencia de los administrados.

La Subdirección General de Servicios al Contribuyente establecerá ymantendrá actualizadas las pautas de usabilidad y accesibilidaddefinidas por el Departamento Procedimientos de Servicio, las que seencontrarán disponibles en el Micrositio “Experiencia Usuario” enIntranet.

6. PAUTAS PROCEDIMENTALES

6.1. CICLO DE VIDA DE LOS SISTEMAS (CVS)

Todas las áreas que intervienen en el ciclo de vida de los sistemasaplicativos y servicios “web” —áreas solicitantes, definidoras yresponsables de planificar, desarrollar, implementar, efectuar elseguimiento y control de calidad del sistema— deberán considerar entodas las fases del ciclo que correspondan los parámetros y pautas deusabilidad y accesibilidad disponibles en el Micrositio “ExperienciaUsuario” en Intranet.

6.1.1. Las áreas definidoras de sistemas aplicativos o servicios “web”,al remitir el requerimiento al área desarrolladora, pondrán enconocimiento al Departamento Procedimientos de Servicio.

6.1.2. Las áreas encargadas de las pruebas de control de calidad yhomologación deberán informar al citado Departamento el estado de laspruebas y el momento en el que el producto final pasará a producción.

6.1.3. El Departamento Procedimientos de Servicio tendrá la facultad deintervenir en cualquiera de las instancias del CVS, a fin de verificarel correcto cumplimiento de los parámetros de usabilidad yaccesibilidad y evitar posibles desvíos.

6.2. PROCESO PARA LA REVISIÓN DE SISTEMAS APLICATIVOS O SERVICIOS “WEB”

6.2.1. El Departamento Procedimientos de Servicio deberá intervenircuando el Departamento Canales de Información y Asistencia le informeincidentes u observaciones respecto de la usabilidad y accesibilidaddel sitio “web” (Internet), los servicios “web” y los sistemasaplicativos recibidos de los administrados o entidades intermedias.

6.2.2. El Departamento Procedimientos de Servicio tendrá la facultad deefectuar los análisis de sistemas aplicativos y servicios “web” queconsidere, con un criterio, selectivo, a fin de detectar posiblesdesvíos en la aplicación de los parámetros de usabilidad yaccesibilidad.

6.2.3. El Departamento Evaluación de Acciones de Servicio efectuará lasmediciones relacionadas con la percepción de los sectores involucrados,a fin de detectar posibles desvíos en la aplicación de los parámetrosde usabilidad y accesibilidad.

6.3. CAMBIOS EN LOS SISTEMAS APLICATIVOS Y SERVICIOS “WEB”

El Departamento Procedimientos de Servicio analizará la información quesurja de los flujos definidos en el punto 6.2., evaluará las solucionesposibles y generará los requerimientos necesarios para la modificaciónde los sistemas aplicativos y servicios “web”, en relación con lausabilidad y accesibilidad, dando intervención a las áreas que esténinvolucradas en el CVS.

Dichas áreas serán las responsables del seguimiento y cumplimiento delas solicitudes propuestas, informando cualquier avance al citadoDepartamento.

7. CAPACITACIÓN, DIFUSIÓN Y CONCIENTIZACIÓN

El Departamento Procedimientos de Servicio coordinará con las áreascompetentes las acciones de capacitación, difusión y concientizaciónsobre la usabilidad y accesibilidad de los sistemas aplicativos yservicios “web”, en el ámbito del Organismo.

e. 27/12/2016 N° 99225/16 v. 27/12/2016

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica