Resolución 228/2016

Tareas Cortado De Papa Semilla

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Trabajo Agrario
Tareas Cortado De Papa Semilla

Fijanse las remuneraciones minimas para el personal ocupado en las tareas cortado de papa semilla, en el ambito de las provincias de mendoza y san juan, con vigencia a partir del 1° de enero de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2017.

Id norma: 269914 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33532

Fecha boletin: 28/12/2016 Fecha sancion: 20/12/2016 Numero de norma 228/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Nacional De Trabajo Agrario Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 228/2016

Buenos Aires, 20/12/2016

VISTO, el Expediente N° 1-217-311 322/2016 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente la Comisión Asesora Regional N° 6 eleva ala Comisión Nacional de Trabajo Agrario el tratamiento dado alincremento de las remuneraciones mínimas para el personal que sedesempeña en tareas de CORTADO DE PAPA SEMILLA, en el ámbito de lasProvincias de MENDOZA y SAN JUAN.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido lasrepresentaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de establecerlas remuneraciones mínimas para la actividad, debe procederse a sudeterminación.

Que, asimismo, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridadgremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de lostrabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, ydeterminar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo depercepción por la entidad sindical signataria.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE

ARTÍCULO 1° — Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personalocupado en las tareas CORTADO DE PAPA SEMILLA, en el ámbito de lasProvincias de MENDOZA y SAN JUAN, con vigencia a partir del 1° de enerode 2017, hasta el 31 de diciembre de 2017, de conformidad con el Anexoque forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Los salarios establecidos en el artículo 1° no llevanincluido la parte proporcional correspondiente al sueldo anualcomplementario.

ARTÍCULO 3° — El DIEZ POR CIENTO (10%) de indemnización sustitutiva porvacaciones, deberá abonarse conforme lo prescripto por el artículo 20de la Ley N° 26.727.

ARTÍCULO 4° — Establécese que los empleadores actuarán como agentes deretención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a lostrabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que seestablece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de lasremuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal conceptodeberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuentaespecial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la NaciónArgentina. Los afiliados a la asociación sindical signataria de lapresente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retenciónprecedentemente establecida regirá por la vigencia de la presenteResolución.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE,Presidenta Comisión Nacional de Trabajo Agrario. — Dr. HUGO EZIOERNESTO ROSSI, Rep. Ministerio de Agroindustria. — Dr. ALBERTOFRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Lic. DANIELEDUARDO ASSEFF, Rep. CONINAGRO. — Sr. RAMÓN ERNESTO AYALA,Representante UATRE. — Sr. JORGE ALBERTO HERRERA, Representante UATRE.

ANEXO

REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN TAREAS DECORTADO DE PAPA SEMILLA, EN EL ÁMBITO DE LAS PROVINCIAS DE MENDOZA YSAN JUAN

VIGENCIA: desde 1° de enero de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2017

Sin S.A.C.

Jornal mínimo garantizado$ 473,00

Por rendimiento del trabajo

Cortador Por bolsa de CINCUENTA (50) kilogramos$ 28,00

e. 28/12/2016 N° 98706/16 v. 28/12/2016

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