Resolución Conjunta 4/2016 4/2016

Especie Corvina - Captura Total Permisible (Ctp) Y Cupos De Distribucion 2017

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Pesca
Especie Corvina - Captura Total Permisible (Ctp) Y Cupos De Distribucion 2017

Norma estableciendo la captura total permisible (ctp) y cupos de distribucion para el año 2017, asi como otras medidas de manejo para la especie corvina (micropogonias furnieri) en el area del tratado.

Id norma: 270063 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 33534

Fecha boletin: 30/12/2016 Fecha sancion: 20/12/2016 Numero de norma 4/2016 4/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Tecnica Mixta Del Frente Maritimo Ver Resoluciones Organismo origen: Comision Administradora Del Rio De La Plata Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA

y

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución Conjunta 4/2016

Norma estableciendo la captura totalpermisible (CTP) y cupos de distribución para el año 2017, así comootras medidas de manejo para la especie corvina (Micropogoniasfurnieri) en el área del Tratado.

Montevideo, 20/12/2016

Visto:

La necesidad de adoptar medidas relativas a la conservación y racionalexplotación del recurso corvina (Micropogonias furnieri) en aguas bajojurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

Resultando:

1) Que se encomendó al Grupo de Trabajo de Recursos Costeros la tareade sugerir una captura biológicamente aceptable para el año 2017.

2) Que las Delegaciones, teniendo en cuenta la información científicadisponible acerca del estado de explotación del recurso, acordaronmedidas de conservación y manejo con el objetivo de mantener susustentabilidad tal como establece el Tratado.

3) Que ante eventos de carácter fortuito que pudieran impactar sobre eldesarrollo de la pesquería es menester prever una reservaadministrativa.

Considerando:

1) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizarestudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación yracional explotación de las especies en el área del Tratado.

2) Que ambas Comisiones han coordinado por Resolución Conjunta N°2/2006 la forma de llevar a cabo los cometidos indicados en 1).

Atento:

A lo establecido en los Artículos 54, 55, 66 incisos a) y b), 80 y 82incisos a), b), c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su FrenteMarítimo.

LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA

Y

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1° — Fíjese una captura total permisible de 40.000 toneladaspara la especie corvina (Micropogonias furnieri) en el área geográficadel Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo para el año 2017.

ARTÍCULO 2° — Fíjese, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo1°, una reserva administrativa adicional de hasta 4.000 toneladas, dela que podrá disponerse mediante Resolución fundada.

ARTÍCULO 3° — Fíjense los siguientes cupos de distribución para la CTP establecida en el Artículo 1°:República Argentina: 20.000 toneladasRepública Oriental del Uruguay: 20.000 toneladas

ARTÍCULO 4° — Manténgase un seguimiento de la evolución de las capturasa fin de reasignar eventuales remanentes de los cupos dispuestos parael año 2017.

ARTÍCULO 5° — Considérese la transgresión de la presente Resolución como incumplimiento grave.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores yCulto de la República Argentina y al Ministerio de RelacionesExteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 7° — Publíquese en el Boletín Oficial de la RepúblicaArgentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.— Dr. FELIPE MICHELINI, Presidente, CARP. — Embajador GUILLERMO ENRIQUEGONZÁLEZ, Vicepresidente, CARP. — Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ,Presidente, CTMFM. — Embajador ROBERTO GARCÍA MORITÁN, Vicepresidente,CTMFM.

e. 30/12/2016 N° 100266/16 v. 30/12/2016

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