Resolución E 59/2016

Observatorio De La Institucionalidad Productiva

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Produccion
Observatorio De La Institucionalidad Productiva

Crease, en el ambito de la secretaria de integracion productiva del ministerio de produccion, el observatorio de la institucionalidad productiva (odip), que tendra por objeto la observacion, visualizacion y comunicacion de las principales dinamicas en torno a la institucionalidad productiva, para generar y promover la articulacion de datos e informacion y para contribuir a fomentar la adaptabilidad, flexibilidad, modernizacion, fortalecimiento y convergencia entre las instituciones productivas.

Id norma: 270107 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33535

Fecha boletin: 02/01/2017 Fecha sancion: 30/12/2016 Numero de norma 59/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Integracion Productiva Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA

Resolución 59 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-02876196- -APN-DDYME#MP, la Ley deMinisterios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y susmodificaciones, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones, el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, laDecisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de marzo de 2016 y sumodificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de laAdministración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que, por el Decreto Nº 1 de fecha 4 de enero de 2016, se establecieronentre los objetivos de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN fortalecer la infraestructura institucionalproductiva, conformada por organizaciones intermedias, entidadesrepresentativas de los sectores productivos, para integrar los tejidosproductivos locales, provinciales y regionales; institucionalizarespacios de diálogo permanente en los territorios provinciales, con elfin de mejorar la articulación público-privada entre gobiernosprovinciales, locales, actores del sector productivo y organizacionesde la sociedad civil; y detectar las necesidades de desarrollo local,provincial y regional con el diseño y promover el vínculo con laformulación de políticas públicas nacionales de apoyo a la producción.

Que, asimismo, por el decreto mencionado en el considerando precedente,se definieron los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLOINSTITUCIONAL PRODUCTIVO de la mencionada Secretaría, entre los que seencuentran entender en el ordenamiento y la sistematización de lainformación de las cadenas de valor que componen el tejido productivolocal, provincial y regional, en coordinación con distintas áreas degobierno nacional, provincial, local y organizaciones intermedias; yconsolidar una red federal que vincule a la infraestructurainstitucional productiva para la identificación y aprovechamiento deoportunidades de integración productiva entre sectores.

Que, asimismo, corresponde a la citada Subsecretaría articular ymejorar los flujos de información entre actores públicos y privados deltejido productivo local, provincial y regional.

Que, en cumplimiento de dichos objetivos, resulta necesario establecerun ámbito formal para relevar, analizar y difundir información sobre lainstitucionalidad y las instituciones productivas a nivel nacional,regional, provincial y local.

Que, para ello, resulta oportuna la creación de un OBSERVATORIO DE LAINSTITUCIONALIDAD PRODUCTIVA (ODIP), destinado a generar una plataformapara la observación, visualización y comunicación de las principalesdinámicas en torno a la institucionalidad productiva, que permitagenerar y articular datos e información que contribuya a fomentar laadaptabilidad, flexibilidad, modernización, fortalecimiento y laconvergencia entre las diferentes instituciones productivas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase, en el ámbito de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓNPRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el OBSERVATORIO DE LAINSTITUCIONALIDAD PRODUCTIVA (ODIP), que tendrá por objeto laobservación, visualización y comunicación de las principales dinámicasen torno a la institucionalidad productiva, para generar y promover laarticulación de datos e información y para contribuir a fomentar laadaptabilidad, flexibilidad, modernización, fortalecimiento yconvergencia entre las instituciones productivas.

ARTÍCULO 2° — Los objetivos específicos del OBSERVATORIO DE LA INSTITUCIONALIDAD PRODUCTIVA (ODIP) serán:

a) Conocer la evolución de la distribución territorial, sectorial y dimensional de las instituciones productivas.

b) Diagnosticar el estado de situación de las instituciones productivase identificar las problemáticas que impactan su desarrollo.

c) Comprender el urbanismo institucional a partir del cual las instituciones productivas se vinculan.

d) Compartir información con todas las instituciones productivas a nivel local, regional, nacional y global.

e) Sensibilizar a los actores y sectores que inciden en el desarrollo de las instituciones productivas.

ARTÍCULO 3º — Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONALPRODUCTIVO de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA a realizar lasacciones pertinentes para concretar la creación del Observatorioreferido.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será imputado con cargo a las partidas específicas de lajurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Programa 41, Actividad 2,Servicio Administrativo Financiero 362.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — ANDRES BOENINGER SEMPERE, Secretario,Secretaría de Integración Productiva, Ministerio de Producción.

e. 02/01/2017 N° 101391/16 v. 02/01/2017

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