Resolución E 1248/2016

Instructivo Y Modelo De Convenio - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Cultura
Instructivo Y Modelo De Convenio - Aprobacion

Dejar sin efecto la resolucion mc n° 4593 de fecha 5 de agosto de 2015 y los convenios que se hubieran celebrado bajo dicha reglamentacion. aprobar el instructivo como se detalla en el anexo i if-2016-05178616-apnsecpc# mc y anexo ii if-2016-05178621-apn-secpc#mc como forma parte integrante de la presente, mediante el cual se establecen las directrices a considerar en la celebracion de convenios entre los museos e institutos dependientes de la direccion nacional de museos, la direccion nacional investigacion cultural, y la direccion nacional de bienes y sitios culturales, y/o que funcionen en el ambito de esta jurisdiccion ministerial, y las asociaciones de amigos, fundaciones o sociedades cooperadoras de apoyo a dichos museos e institutos, para el reconocimiento oficial por parte de esta cartera ministerial de dichas entidades y a fin de delimitar las responsabilidades que asumiran las partes en la ejecucion de actividades conjuntas, conforme las previsiones del articulo 7° de la ley 17.321. aprobar el modelo de convenio.

Id norma: 270148 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33535

Fecha boletin: 02/01/2017 Fecha sancion: 29/12/2016 Numero de norma 1248/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Cultura Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1248 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2016

VISTO el Expediente N° 9254/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionadas actuaciones tramita la modificación de lanormativa que regula los convenios celebrados entre los organismosdependientes de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS y lasAsociaciones de Amigos, Fundaciones y Sociedades Cooperadoras de Museose Institutos que desarrollan su accionar en el ámbito de esteMinisterio.

Que mediante la Resolución MC N° 4593 de fecha 5 de agosto de 2015, seaprobaron el instructivo que regula los recaudos a considerar en lacelebración de tales convenios, a los fines del cobro de entradas a losvisitantes a los Museos, conforme lo prescripto en el artículo 7° de laLey N° 17.321, y un modelo de convenio a suscribirse entre los Museos eInstitutos dependientes de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO YMUSEOS, y las asociaciones de apoyo a dichos organismos.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN en su informe de abril de 2016titulado “Espacios concedidos y/o concesionados con explotacióncomercial en Museos e Institutos Nacionales”, formuló diversasconsideraciones respecto al funcionamiento de las Asociaciones deAmigos y su relación con tales organismos.

Que toda vez que mediante la Decisión Administrativa N° 213/216 seaprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de esteMinisterio, resulta aconsejable dejar sin efecto la Resolución MC N°4593/2015, y aprobar un nuevo instructivo y convenio modelo, a partirdel cual se instrumente el reconocimiento oficial por parte de estaCartera Ministerial de las mencionadas Instituciones de Apoyo, como asítambién, delimitar las obligaciones de las partes en la ejecución deactividades conjuntas, conforme las previsiones del artículo 7° de laLey 17.321.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas por el inciso m) de la Resolución N° 392/86.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dejar sin efecto la Resolución MC N° 4593 de fecha 5 deagosto de 2015 y los convenios que se hubieran celebrado bajo dichareglamentación.

ARTÍCULO 2° — Aprobar el instructivo como se detalla en el ANEXO IIF-2016-05178616-APN- SECPC#MC y ANEXO II IF-2016-05178621-APN-SECPC#MCcomo forma parte integrante de la presente, mediante el cual seestablecen las directrices a considerar en la celebración de conveniosentre los Museos e Institutos dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEMUSEOS, la DIRECCION NACIONAL INVESTIGACION CULTURAL, y la DIRECCIONNACIONAL DE BIENES Y SITIOS CULTURALES, y/o que funcionen en el ámbitode esta jurisdicción ministerial, y las Asociaciones de Amigos,Fundaciones o Sociedades Cooperadoras de Apoyo a dichos Museos eInstitutos, para el reconocimiento oficial por parte de esta CarteraMinisterial de dichas Entidades y a fin de delimitar lasresponsabilidades que asumirán las partes en la ejecución deactividades conjuntas, conforme las previsiones del artículo 7° de laLey 17.321.

ARTÍCULO 3° — Aprobar el Modelo de Convenio que como Anexo II formaparte integrante de la presente, a suscribirse por la DIRECTORANACIONAL MUSEOS, la DIRECTORA NACIONAL DE INVESTIGACION CULTURAL y laDIRECTORA NACIONAL DE BIENES Y SITIOS CULTURALES, en representación delos Museos e Institutos dependientes de esas Direcciones, y/o por elfuncionario de quien dependan los organismos que funcionen en estajurisdicción ministerial, por una parte, y, por la otra lasAsociaciones de Amigos, Fundaciones o Sociedades Cooperadoras de Apoyoa los Museos e Institutos, a fin de regular la metodología de cobro dearanceles por actividades tales como talleres, conferencias y actosculturales patrocinados por dichas Asociaciones en el marco de lasprevisiones del artículo 7° de la Ley N° 17.321.

ARTÍCULO 4° — Las Asociaciones de Amigos, Fundaciones o SociedadesCooperadoras de Apoyo a los Museos e Institutos únicamente podránpercibir los aranceles que paguen quienes asistan o participen en lasactividades por ellas organizados o patrocinados referidos en elartículo precedente, en el marco de los convenios que sean celebradosespecíficamente conforme se establece en la presente.El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la presentemedida, dará lugar a la desvinculación de la Asociación de Amigos,Fundación o Sociedad Cooperadora de Apoyo del Museo o Institutorespectivo, que se formalizará mediante el dictado del actoadministrativo pertinente.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional deRegistro Oficial y archívese. — ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro,Ministerio de Cultura.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 02/01/2017 N° 101354/16 v. 02/01/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII).

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica