Resolución E 308/2016

Certificado “Cocinero”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion Y Deportes
Certificado “Cocinero”

Homologar el certificado “cocinero” aprobado por resolucion n° 120/ssgecp/ 15 y resolucion n° 439/ssgecp/15 de la caba, al certificado de referencia cocinero, del marco de referencia de la resolucion cfe 149/11, en el periodo comprendido entre el ciclo lectivo de la efectiva implementacion del diseño curricular hasta la finalizacion del ciclo lectivo 2018.

Id norma: 270149 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33535

Fecha boletin: 02/01/2017 Fecha sancion: 22/08/2016 Numero de norma 308/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Educacion Tecnologica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

Resolución 308 - E/2016

Buenos Aires, 22/08/2016

VISTO el artículo 38 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, losartículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42 inciso d), 43 incisos a), b) y c),45 de la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058, la ResoluciónCFCyE Nº 261/06, las Resoluciones CFE Nº 13/07, Resolución CFE 149/11,la Resolución N° 120/SSGECP/15 y Resolución N° 439/SSGECP/15 de la CABAy

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece que la EducaciónTécnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley Nº 26.058.

Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIODE EDUCACIÓN Y DEPORTES a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓNTECNOLÓGICA y con participación jurisdiccional, garantizará el procesode homologación para los diferentes títulos y/o certificacionesprofesionales.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES en acuerdo con el CONSEJOFEDERAL DE EDUCACIÓN, ha establecido las políticas, los criterios yparámetros para la homologación de los títulos y certificados deEducación Técnico Profesional.

Que el proceso de homologación, como instrumento para la mejoracontinua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidadfederal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de losalumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquierjurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualizaciónpermanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por losrespectivos Colegios, Consejos Profesionales, y organismos de controldel ejercicio profesional.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de lasatribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesionaladministra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados deEducación Técnico Profesional.

Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la CABA ha solicitado la homologaciónen el orden nacional del Certificado de “Cocinero” para lo cual hapresentado la documentación del diseño curricular de la jurisdicción.

Que, oportunamente, las instituciones de Formación Profesional de lajurisdicción en donde se implementa el trayecto formativo mencionadofueron incorporadas al Registro Federal de Instituciones de EducaciónTécnico Profesional y las mismas se encuadraron en la mejora continuade la calidad según los requisitos y condiciones establecidos por laregulación de la Ley de Educación Técnico Profesional.

Que en consecuencia el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA através del área específica de Formación Profesional ha elaborado elcorrespondiente dictamen técnico en el que consta la evaluaciónfavorable del contenido de la documentación presentada, dada laconcordancia del Certificado y su correspondiente trayecto formativocon el Marco de referencia para el proceso de homologación, aprobadopor Resolución CFE 149/11

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Homologar el Certificado “Cocinero” aprobado porResolución N° 120/SSGECP/15 y Resolución N° 439/SSGECP/15 de la CABA,al Certificado de referencia Cocinero, del Marco de referencia de laResolución CFE 149/11, en el período comprendido entre el ciclo lectivode la efectiva implementación del diseño curricular hasta lafinalización del ciclo lectivo 2018.

ARTÍCULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección deValidez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación envirtud del ARTÍCULO 1º de la presente que habilita el trámite devalidez nacional del certificado según Resolución CFE Nro. 261/06.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — GABRIEL SANCHEZ ZINNY,Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica.

e. 02/01/2017 N° 100661/16 v. 02/01/2017

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