Resolución E 7/2017

Plataforma De Autenticacion Electronica Central - Administracion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Plataforma De Autenticacion Electronica Central - Administracion

Establecese que la direccion nacional de tramitacion e identificacion a distancia dependiente de la subsecretaria de gestion administrativa de la secretaria de modernizacion administrativa del ministerio de modernizacion, administrara la plataforma de autenticacion electronica central, en adelante paec, creada por el decreto nro. 1265 del 15 de diciembre de 2016, la que brindara un servicio centralizado de informacion respecto de la acreditacion en entornos virtuales de la identidad de los usuarios de sistemas informaticos a traves de una red.

Id norma: 270529 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33540

Fecha boletin: 09/01/2017 Fecha sancion: 05/01/2017 Numero de norma 7/2017

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 7 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2017

VISTO: la Ley de Ministerios N° 22.250 (texto ordenado por Decreto N°438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.506,los Decretos Nros. 13 del 5 de enero de 2016, 434 del 1° de marzo de2016, 561 del 6 de abril de 2016, 1063 del 4 de octubre de 2016, y 1265del 15 de diciembre de 2016, la Decisión Administrativa N° 232 del 29de marzo de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 95del 19 de mayo de 2016, y el Expediente Electrónico N°EX-2017-00046293--APN-SECMA#MM, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 establece el valor jurídico del documentoelectrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo48 dispone que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones yentidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoveráel uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite eltrámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticasde la información y seguimiento y control por parte del interesado,propendiendo a la progresiva despapelización.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se modificóla Ley de Ministerios N° 22.250 (texto ordenado por Decreto N° 438/92)y sus modificatorias, estableciéndose, a través del artículo 23 octies,entre las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las de diseñar,coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de losprocesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas ytecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional; eintervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcancetransversal o comunes a los organismos y entes de la AdministraciónPública Nacional, Centralizada y Descentralizada.

Que por el Decreto N 13 del 5 de enero de 2016 se aprobó laconformación organizativa de esta cartera Ministerial, creándose entreotras la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, estableciéndoseentre sus objetivos entender en las propuestas e iniciativas detransformación, innovación, mejora continua e integración de losprocesos transversales y sistemas centrales de soporte de gestión delSector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación depolíticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo yplataformas tecnológicas; de entender en el marco regulatorio delrégimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, asícomo intervenir en aquellos aspectos vinculados con la incorporación deestos últimos a los circuitos de información del Sector PúblicoNacional y con su archivo en medios alternativos al papel.

Que a su vez, el mencionado Decreto N° 13/16 establece entre losobjetivos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente dela SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, supervisar la implementación de las iniciativas demodernización relativas a la gestión documental, procesos, servicios detramitación a distancia y sistemas de autenticación electrónica depersonas, en relación con los sistemas transversales centrales.

Que, por otra parte, el Decreto N° 434 del 1° de marzo de 2016 apruebael Plan de Modernización del Estado con el objetivo de alcanzar unaAdministración Pública al servicio del ciudadano en un marco deeficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, para loque prevé, entre otros objetivos específicos, implementar unaplataforma de tramitación a distancia con el ciudadano, sobre lossistemas de gestión documental y expediente electrónico.

Que el Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016 aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, facultando en su artículo 6° a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normascomplementarias, aclaratorias y operativas necesarias para laimplementación de dicho sistema y el funcionamiento de los sistemasinformáticos de gestión documental.

Que en ese marco, por el Decreto Nº 1063 del 4 de octubre de 2016 seaprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema deGestión Documental Electrónica (GDE), como medio de interacción delciudadano con la administración, a través de la recepción y remisiónpor medios electrónicos de presentaciones, seguimiento, solicitudes,escritos, notificaciones y comunicaciones y de uso obligatorio porparte de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° dela Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional.

Que en virtud del Decreto N° 1265 del 15 de diciembre de 2016, se creóla Plataforma de Autenticación Electrónica Central en el ámbito de esteMinisterio de Modernización, en adelante PAEC, a los efectos defacilitar el acceso de los particulares a los servicios que brinda laadministración por medios electrónicos”.

Que el mencionado Decreto N° 1265/16 faculta al MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias yoperativas necesarias para la implementación de la PAEC, así como adesignar al administrador de la citada plataforma y a fijar laspolíticas y factores de autenticación electrónica.

Que el artículo 6° del Decreto N° 1265/16 dispone que la DIRECCIÓNNACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA brindará laasistencia técnica y capacitación necesarias para la implementación yfuncionamiento de la PAEC.

Que la Decisión Administrativa N° 232 del 29 de marzo de 2016 asignó ala DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIAdependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA responsabilidad primaria enla incorporación de iniciativas y sistemas de gestión que faciliten latramitación a distancia para personas físicas y jurídicas, promoviendola integración de iniciativas de modernización transversales conimpacto en todo el Sector Público Nacional en materia de sistemas deidentificación electrónica de personas.

Que con el dictado de la Resolución N° 95/16, de este Ministerio deModernización, se aprobó la estructura organizativa de segundo niveloperativo de la Secretaria de Modernización Administrativa,estableciendo entre las acciones de la Dirección de Tramitación aDistancia dependiente de la Dirección Nacional de Tramitación eIdentificación a Distancia, la de investigar y desarrollar tecnologíasde registro, autenticación, identificación y autorización de personaspara la tramitación a distancia e implementar los sistemas deidentificación de personas, permitiendo la identificación unívoca y lafirma a distancia de las personas físicas y jurídicas.

Que dado que la PAEC ha sido creada con el fin de brindar un serviciocentralizado de información respecto de la acreditación en entornosvirtuales de la identidad de los usuarios de sistemas informáticos através de una red, en estrecha vinculación con el módulo de Trámites aDistancia (TAD) creado por el Decreto Nº 1063/16, corresponde designara la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIAdependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA como administradora de laPAEC.

Que la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de laSUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Decreto N° 1265/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN EIDENTIFICACIÓN A DISTANCIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓNADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA delMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, administrará la Plataforma deAutenticación Electrónica Central, en adelante PAEC, creada por elDecreto Nro. 1265 del 15 de diciembre de 2016, la que brindará unservicio centralizado de información respecto de la acreditación enentornos virtuales de la identidad de los usuarios de sistemasinformáticos a través de una red.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS HORACIO IBARRA, Ministro,Ministerio de Modernización.

e. 09/01/2017 N° 956/17 v. 09/01/2017

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