Resolución General 3983/2017

Resolucion General N° 3.942 - Su Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Resolucion General N° 3.942 - Su Prorroga

Acuerdo de complementacion economica nº 18 - octogesimo tercer protocolo adicional. certificado de origen digital (cod). plan piloto entre la republica argentina y la republica federativa del brasil. resolucion general n° 3.942. su prorroga.

Id norma: 270590 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 33542

Fecha boletin: 11/01/2017 Fecha sancion: 10/01/2017 Numero de norma 3983/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA COMO "RESOLUCION GENERAL 3983 - E"

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 3983 - E

Acuerdo de Complementación EconómicaNº 18 - Octogésimo Tercer Protocolo Adicional. Certificado de OrigenDigital (COD). Plan Piloto entre la República Argentina y la RepúblicaFederativa del Brasil. Resolución General N° 3.942. Su prórroga.

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2017

VISTO la Resolución General N° 3.942, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma se implementó el Certificado de Origen Digital(COD) entre la República Argentina y la República Federativa del Brasilconforme al Sistema Informático de Certificación de Origen Digital(SCOD) en los términos de la Resolución N° 386 del Comité deRepresentantes de la ALADI, sus modificatorias y complementarias.

Que asimismo, dicha resolución general dispuso transitoriamente eldesarrollo de un Plan Piloto para la implementación del referidocertificado de origen, por un período de tres meses contados a partirdel 10 de octubre de 2016, prorrogable por un período de hasta TRES (3)meses adicionales, a pedido de cualquiera de las partes, invocandomotivos justificados al efecto.

Que, al respecto, la Subsecretaría de Comercio Exterior de laSecretaría de Comercio del Ministerio de Producción, mediante NotaD.O.M. N° 371/16, comunicó la prórroga del referido Plan Piloto apartir del 11 de enero del 2017.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección deLegislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, TécnicoLegal Aduanera, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, y laDirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas porel Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, susmodificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo al que se refiere el Artículo 8° dela Resolución General N° 3.942, por el término de CUARENTA Y CINCO (45)días corridos, que comenzará a regir a partir del 11 de enero de 2017,el cual será prorrogable, en caso de ser necesario, por otros CUARENTAY CINCO (45) días corridos, mediante convalidación posterior de esteOrganismo.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del RegistroOficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la DirecciónGeneral de Aduanas. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

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