Resolución E 8/2017

Convocatoria - Apruebase Lo Actuado

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Convocatoria - Apruebase Lo Actuado

Apruebase lo actuado por el comite asesor y el comite evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la convocatoria para la presentacion de solicitudes de becas de maestrias en ingenieria y ciencias naturales para profesionales argentinos en la universidad de sogang en la republica de corea del sur (bec.ar – sogang 2017) en el marco del “programa bec.ar becas de formacion en el exterior en ciencia y tecnologia”.

Id norma: 270614 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33542

Fecha boletin: 11/01/2017 Fecha sancion: 06/01/2017 Numero de norma 8/2017

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 8 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2017

VISTO: el Expediente N° 2016-02183890-APN-DGFI#MM, el Contrato dePréstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” defecha 29 de marzo de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria, losDecretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 151 de fecha 17 dediciembre de 2015, N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 y la Resolucióndel Ministerio de Modernización N° 57 de fecha 14 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas enCiencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto escontribuir al aumento de la productividad de la economía a través delmejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreascientíficas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en cienciay tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logísticopara que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionalesargentinos realicen programas de maestrías en universidadesprestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor hayacelebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2“Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología”tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que unestimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicosargentinos empleados en empresas e Instituciones científicas ytecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración yalta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con elpunto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, estará acargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la exSECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa,constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante latarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultadosy gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 237 defecha 17 de mayo de 2012 y su modificatoria crea el “PROGRAMA BEC.ARBECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarseen la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de laentonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DELPROGRAMA BEC.AR, facultando al señor Subsecretario de Gestión y EmpleoPúblico de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓNADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su carácterde titular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o ComitésEvaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados porrepresentantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓNPRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de institucionesde reconocido prestigio.

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 semodificó la Ley de Ministerios y sus modificatorias, creándose, entreotros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que, con el dictado del Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativasdependientes desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ala órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que por Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016 se creó la estructuraorganizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre ellas laSUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y sus unidadesdependientes, encontrándose en dicha órbita la Dirección General deFinanciamiento Internacional.

Que, a través de la Resolución N° 57/MMOD/2016, se ha creado laestructura organizativa dependiente de la Subsecretaría de CoordinaciónAdministrativa, encontrándose dentro de la órbita de la DirecciónGeneral de Financiamiento Internacional, la Dirección del ProgramaBEC.AR, que posee entre sus competencias la de “Establecer elcronograma de actividades, aprobar las bases y condiciones, definir elperfil de los potenciales beneficiarios y efectuar el llamado aCONVOCATORIAS PUBLICAS Y ABIERTAS con el fin de cumplir con losobjetivos del PROGRAMA; Conformar los Comités Asesores y/o ComitésEvaluadores ad hoc, según corresponda, integrados por representantesdel MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, delPROGRAMA BEC.AR y representantes de instituciones de reconocidoprestigio, que actuarán como evaluadores en los procesos de selecciónde los potenciales postulantes a las becas en los casos que así lorequieran los convenios contraídos; Procesar la información que leaporten las áreas de la UNIDAD EJECUTORA para el control de gestión enorden al cumplimiento de sus objetivos y ponderación de susresultados.”.

Que, este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN con fecha 03 de agosto de 2016,ha suscripto con la UNIVERSIDAD DE SOGANG un Acuerdo de establecimientode un programa de becas de maestrías para profesionales argentinos,definiendo a través de su cláusula primera los objetivos que llevan acelebrar el citado acuerdo, a saber: “posibilitar el desarrollo de unprograma de becas para la formación en Ciencia y Tecnología, destinadasa profesionales argentinos bajo la modalidad de Maestría en laUNIVERSIDAD DE SOGANG ubicada en Seúl, República de Corea; regular lasactividades a desarrollar, los compromisos de LAS PARTES y todosaquellos procedimientos administrativos y financieros necesarios parala adecuada y oportuna implementación de las movilidades académicaspara Maestrías de los becarios argentinos en la UNIVERSIDAD DE SOGANG;formar una serie de profesionales especializados en el dominio de laciencia y la tecnología a fin de que contribuyan al crecimientoproductivo de la Argentina en áreas estratégicas para el desarrollosustentable del país; favorecer la reinserción de los profesionales enArgentina a través de una mayor especialización; alentar las relacionesbilaterales y la integración de redes internacionales de cooperación;Los becarios formarán parte del Programa BEC.AR “Becas de Formación enel Exterior en Ciencia y Tecnología” del Gobierno Argentino que ofrecebecas en diferentes países”.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeciónal llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, enel marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DECIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudespresentadas según dan cuenta las Actas de fechas 17 y 22 de noviembrede 2016, y 1 y 5 de diciembre de 2016.

Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que seacompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar laevaluación final con fecha 7 de diciembre de 2016 y, asimismo,seleccionó a TRES (3) beneficiarios conforme a los procedimientosestablecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para lapresentación de solicitudes de Becas de Maestrías en Ingeniería yCiencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad deSOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017).

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevadoadelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DEDESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas enel Anexo I (IF-2016-04999312- APN-DGFI#MM), en el marco de la referidaConvocatoria.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existenciade créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a laserogaciones que demande el dictado de la presente medida.

En este sentido, el Área de Contabilidad-Finanzas y el Área Legal delPrograma BEC.AR presentaron como adjunto el presupuesto estimativo parala presente convocatoria en referencia.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOSdependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA delMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el ComitéEvaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestríasen Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en laUniversidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG2017) en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN ELEXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de laConvocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Maestríasen Ingeniería y Ciencias Naturales para profesionales argentinos en laUniversidad de SOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG2017) que, como Anexos I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) forma parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las Becas de Maestrías en Ingeniería yCiencias Naturales para profesionales argentinos en la Universidad deSOGANG en la República de Corea del Sur (BEC.AR – SOGANG 2017) a laspersonas consignadas en el Anexo I (IF-2016-04999312-APN-DGFI#MM) queforma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará elbeneficio de las becas a las personas, que como Anexo II(IF-2016-04999249-APN-DGFI#MM), forma parte integrante de la presentemedida y delégase en la Directora del PROGRAMA BEC.AR la firma de losmismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS HORACIO IBARRA, Ministro,Ministerio de Modernización.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/01/2017 N° 1549/17 v. 11/01/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII).

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