Resolución E 9/2017

Procedimientos - Tramites A Distancia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Procedimientos - Tramites A Distancia

Establecese que los procedimientos del ministerio de educacion y deportes, a partir del 16 de enero de 2017, deberan iniciarse a traves de la plataforma “tramites a distancia” (tad) del sistema de gestion documental electronica (gde).

Id norma: 270667 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33543

Fecha boletin: 12/01/2017 Fecha sancion: 10/01/2017 Numero de norma 9/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Modernizacion Administrativa Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 9 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2017

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2017-00406760- -APN-SECMA#MM, laLey N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del6 de abril de 2016 y 1063 del 4 de octubre de 2016, las ResolucionesNros 65 del 21 de abril de 2016 y 355 E del 14 de septiembre de 2016del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución Nro. 12 E del 15 dejulio de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA delMINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba elPLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA YGOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontalinformática de generación de documentos y expedientes electrónicos,registros y otros contenedores que sea utilizada por toda laadministración a los fines de facilitar la gestión documental, elacceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de losplazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictarlas normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias parala implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) yel funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprueba laimplementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) comomedio de interacción del ciudadano con la administración, a través dela recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones,solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el mencionado Decreto N° 1063/16 en su artículo 11 faculta a laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normasaclaratorias, operativas y complementarias necesarias para laimplementación de las plataformas y módulos creados en dicha norma, asícomo también faculta a la citada SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓNADMINISTRATIVA para aprobar la incorporación de trámites de gestiónremota a dichas plataformas y módulos.

Que la Resolución Nro. 12 E del 15 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN apruebalos “Términos y Condiciones de Uso del Módulo de Trámites a Distancia(TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)”.

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016 y 355 E del 14 deseptiembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecen loscronogramas de implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”(CCOO) y “Generador Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) y“Expediente Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión DocumentalElectrónica (GDE), respectivamente, en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN YDEPORTES.

Que en consecuencia resulta necesario aprobar los procedimientos que elMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES implementa a través de la plataforma“Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión DocumentalElectrónica (GDE).

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que los siguientes procedimientos delMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, a partir del 16 de enero de 2017,deberán iniciarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia”(TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Reválida Estudios Educación Superior Técnico y Formación Docente.

b) Convalidación de Títulos Extranjeros Universitarios. Modalidad Directa.

ARTÍCULO 2º — Establécese que los siguientes procedimientos de laCOMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU)dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, a partir del 16 deenero de 2017, deberán iniciarse a través de la plataforma “Trámites aDistancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):

a) Solicitud de reconocimiento ofi. prov. del título de carrera de grado.

b) Solicitud de acreditación de carrera de grado.

c) Solicitud de acreditación de carrera de posgrado.

d) Solicitud de reconocimiento ofi. prov. del título de carrera de posgrado.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — EDUARDO NICOLÁS MARTELLI, Secretario,Secretaría de Modernización Administrativa, Ministerio de Modernización.

e. 12/01/2017 N° 1805/17 v. 12/01/2017

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