Decreto 64

Decreto N° 357/2002 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Publica Nacional
Decreto N° 357/2002 - Modificacion

Sustituyese del anexo i al articulo 1° del decreto n° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —organigrama de aplicacion de la administracion publica nacional centralizada— el apartado xv correspondiente al ministerio de hacienda, de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa (if-2017-00909657- apn-sech#mh) al presente articulo, que forma parte integrante de este decreto.

Id norma: 271158 Tipo norma: Decreto Numero boletin: 33552

Fecha boletin: 25/01/2017 Fecha sancion: 24/01/2017 Numero de norma 64

Organismo (s)

Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Decretos Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 64/2017

Modificación. Decreto N° 357/2002.

Ciudad de Buenos Aires, 24/01/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-00889872-APN-DMEYN#MH, la Ley deMinisterios (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias,los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios y 2 de fecha 2 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama deAplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hastanivel de Subsecretaría, para cumplir con las responsabilidades que leson propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 2 de fecha 2 de enero de 2017, se sustituyó elArtículo 20 del Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto N° 438/92) y sus modificatorias, estableciendo las competenciasdel MINISTERIO DE HACIENDA.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE HACIENDApor el decreto mencionado en el considerando precedente, resultanecesario reordenar los objetivos de dicha área y aprobar suconformación organizativa.

Que resulta necesario suprimir el cargo de 2° Jefe de Gabinete creado por Decreto N° 2.453 de fecha 26 de noviembre de 1993.

Que, deviene menester crear el cargo extraescalafonario de Jefe deAsesores en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que, asimismo, corresponde crear el cargo extraescalafonario de Jefe deAsesores en el ámbito de la UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARÍA DEHACIENDA de dicha Cartera Ministerial.

Que, por otra parte, se procede a incorporar diversos cargosextraescalafonarios en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en losincisos b) y c), según corresponda, de la Planilla Anexa al artículo 1°de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente dela SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN hatomado la intervención que le compete.

Que las áreas técnicas correspondientes del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios—Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONALcentralizada— el Apartado XV correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA,de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa(IF-2017-00909657-APN-SECH#MH) al presente artículo, que forma parteintegrante de este decreto.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N°357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios ycomplementarios —Objetivos— el Apartado XV correspondiente alMINISTERIO DE HACIENDA, de conformidad con el detalle obrante en laPlanilla Anexa (IF-2017-00991316-APN-SECH#MH) al presente artículo, queforma parte integrante de este decreto.

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese el Anexo III al Artículo 3° del Decreto N°357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios ycomplementarios —Organismos Descentralizados— el apartado XVcorrespondiente al MINISTERIO DE HACIENDA, de conformidad con eldetalle obrante como Planilla Anexa (IF-2017-00991347-APN-SECH#MH) alpresente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

ARTÍCULO 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DEHACIENDA, de acuerdo con el organigrama que como Anexo I(IF-2017-00991297-APN-SECH#MH) forma parte del presente decreto.

ARTÍCULO 5° — Suprímese el cargo extraescalafonario de 2° Jefe deGabinete de la UNIDAD MINISTRO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS, con rango y jerarquía de Subsecretario, creado porDecreto N° 2.453 de fecha 26 de noviembre de 1993.

ARTÍCULO 6° — Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de Asesores dela UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE HACIENDA, con rango y jerarquía deSecretario.

ARTÍCULO 7° — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario citado en el Artículo 6° del presente decreto, enlos Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la PlanillaAnexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del 16 deseptiembre de 1998 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 8° — Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de Asesores dela UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente delMINISTERIO DE HACIENDA, con rango y jerarquía de Subsecretario, el queactuará como enlace entre dicha Secretaría y las áreas que le dependenen materia de sus competencias y de los asuntos que le sean requeridos.

ARTÍCULO 9° — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario citado en el Artículo 8° del presente decreto, enlos Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la PlanillaAnexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y susmodificatorias.

ARTÍCULO 10. — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario de Jefe de Gabinete dependiente de la ex UNIDADMINISTRO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, enlos Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la PlanillaAnexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y susmodificatorias.

ARTÍCULO 11. — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario de Coordinador General Legal y Administrativodependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIODE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en elinciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la DecisiónAdministrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 12. — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario de Coordinador General dependiente de la SECRETARÍADE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en losArtículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa alArtículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y susmodificatorias.

ARTÍCULO 13. — Incorpórase, con carácter de excepción, el cargoextraescalafonario de Coordinador General Institucional dependiente dela ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLOdel ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los Artículos 1°,2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1°de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 14. — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de lasáreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes lasaperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría,las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias,acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N°2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 15. — La SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN arbitrará las medidas necesarias en función de loestablecido en la Decisión Administrativa N° 12/17, a los efectos deimplementar lo dispuesto por el presente decreto.

ARTÍCULO 16. — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origenasignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacionalvigente.

ARTÍCULO 17. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONALDEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — NicolasDujovne.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°

XV.- MINISTERIO DE HACIENDA

- SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

- SUBSECRETARÍA LEGAL

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO

SECRETARÍA DE HACIENDA

- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

IF-2017-00909657-APN-SECH#MH

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

XV.- MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.

2. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos,decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con lasactividades sustantivas del área de su competencia.

3. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de la jurisdicción.

4. Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemasadministrativos e informáticos, de despacho, seguimiento y archivo dela documentación administrativa y sumarios administrativosdisciplinarios.

5. Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimientode las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto conlas diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLECONGRESO DE LA NACIÓN y el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, como con losdiferentes sectores del ámbito público y privado.

6. Coordinar la aplicación de las medidas de normalización patrimonial del Sector Público Nacional.

7. Entender en la aplicación de los programas tendientes a laadministración y liquidación de los bienes, derechos y obligacionesremanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

8. Coordinar la dirección y la unificación de la representación detodos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA,cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos delSector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.

9. Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria yel saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo quees materia de su competencia.

10. Entender en todo lo relativo a los Programas de PropiedadParticipada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categoríasprogramáticas, en la formulación y programación de la ejecuciónpresupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante elejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categoríasprogramáticas efectuando los trámites administrativos necesarios parala obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientostecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento delos objetivos y metas previstos.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las quepresta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes asícomo la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos e informáticos.

6. Entender en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción ministerial.

7. Coordinar la aplicación de los programas tendientes a laadministración y liquidación de los bienes, derechos y obligacionesremanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

8. Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos ydeuda entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marcode las normas vigentes.

9. Asistir en la dirección y la unificación de la representación detodos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA,cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos delSector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

10. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversiónempresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADONACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

11. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas dePropiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DEHACIENDA.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS:

1. Prestar asesoramiento jurídico en todos los asuntos relacionados con la Jurisdicción.

2. Asesorar jurídicamente en las materias impositivas y aduaneras; encontratos de obras y servicios públicos; saldos de deudas a cargo de laAdministración Pública Nacional; programas vinculados a laadministración y liquidación de los bienes, derechos y obligacionesremanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

3. Intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisionesadministrativas o resoluciones que creen nuevas normas, o modifiquennormas vinculadas con la Jurisdicción ministerial.

4. Participar en la representación del MINISTERIO DE HACIENDA enaquellos órganos societarios donde la Jurisdicción y/o el ESTADONACIONAL posean participación accionaria.

5. Coordinar el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DEHACIENDA, incluyendo la emisión de dictámenes jurídicos y la defensajudicial en los asuntos litigiosos concernientes a la Jurisdicciónministerial; entablar y contestar demandas, y responder cualquierrequerimiento del Poder Judicial.

6. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados y entes en liquidación.

7. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios del MINISTERIO DE HACIENDA.

8. Supervisar el despacho, seguimiento y archivo de la documentaciónadministrativa, determinando para cada trámite las unidades competentesde la Jurisdicción.

9. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero del crédito a favor del Tesoro Nacional.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS:

1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientosestratégicos para la programación de la política económica y laplanificación del desarrollo.

2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismosinstitucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad yorganicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de laJurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de laspolíticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de sucompetencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan unadecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4. Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE HACIENDA seestablezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, paraestablecer la coherencia y fortalecimiento de los lineamientosestratégicos de la política económica.

5. Entender en la determinación de los objetivos de política económicay elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración ynegociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacionalen el ámbito de su competencia.

6. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo enel ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacioseconómicos integrados, en los temas vinculados con su competenciaespecífica.

7. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundialy publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar eldesempeño de la economía.

8. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida y de pobreza de la población.

9. Realizar diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.

10. Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

11. Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan debase para la programación fiscal en el marco de la política económicavigente.

12. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para lafijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales,desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de losmismos.

13. Entender en la programación regional y sectorial de la políticaeconómica nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones delESTADO NACIONAL involucradas en la materia.

14. Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados aorganismos ejecutores de nivel nacional, provincial, municipal y de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de su competencia.

15. Coordinar con las jurisdicciones del ESTADO NACIONAL concompetencia en la materia las acciones a fin de establecer loslineamientos para el desarrollo de largo plazo.

16. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal.

17. Coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias ypolíticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusiónsocial.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO

OBJETIVOS:

1. Proponer y asistir al Secretario en el diseño de políticas estratégicas para promover el desarrollo económico nacional.

2. Asistir al Secretario en la articulación de las relaciones que seestablezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, paraestablecer la coherencia y fortalecimiento de la política de desarrolloeconómico.

3. Diseñar las estrategias e instrumentos necesarios para laimplementación de las políticas tributarias, reforma tributaria yevaluación de su impacto en el crecimiento y desarrollo económico, encoordinación con la SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA.

4. Proponer y alinear la integración de políticas de desarrollo humanocon políticas macro y microeconómicas en relación con la estrategia decrecimiento económico con inclusión social.

5. Diseñar las herramientas e instrumentos necesarios para implementaruna estrategia de evaluación del gasto público que permita supriorización en función del impacto en el desarrollo económico.

6. Desarrollar y fortalecer las capacidades necesarias en el SectorPúblico Nacional para avanzar en la implementación de la estrategia deevaluación del gasto público del ESTADO NACIONAL.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS:

1. Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al seguimiento de la economía nacional e internacional.

2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programaciónmacroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de las políticasmacroeconómicas.

3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y laelaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluarel desempeño de la economía.

4. Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas quesirvan de base para la programación fiscal en el marco de la políticaeconómica vigente.

5. Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.

6. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largoplazo basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos decoordinación de políticas macroeconómicas.

7. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la determinación delos objetivos y pautas generales de la política económica.

8. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías deacción para su mejoramiento.

9. Participar en el análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto internacional sobre la economía nacional.

10. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA en la elaboración ypropuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia derecursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidade impacto económico.

11. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas delbalance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer eldesempeño del sector externo.

12. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA y al MINISTERIO DEHACIENDA en la representación en los grupos y comisiones de trabajo enel marco del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacioseconómicos integrados, en los temas vinculados con su competenciaespecífica.

13. Asistir a la Secretaría en la coordinación del diseño deestrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económicocon inclusión social.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en el diseño y análisis de la políticaeconómica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios ytributarios en el desarrollo productivo a nivel regional y sectorial.

2. Asistir al Secretario en el diseño de la programación microeconómicaregional y sectorial, coordinando su accionar con las Jurisdiccionescon competencia en la materia.

3. Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos deseguimiento y análisis del impacto presupuestario de las iniciativasproductivas a nivel regional y sectorial.

4. Evaluar los efectos de las iniciativas productivas a nivel regionaly sectorial sobre los resultados fiscales, en coordinación con lasáreas con competencia en la materia del ESTADO NACIONAL.

5. Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y enel análisis de impacto de las medidas presupuestarias y tributarias enla microeconomía.

6. Realizar el análisis de rentabilidad, estructura de costos eincidencia de los impuestos nacionales o locales en la actividadmicroeconómica, como insumo para la definición de la políticatributaria.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS:

1. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería yContabilidad, y ejercer, en el ámbito de su competencia, las funcionesde Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas deAdministración Financiera del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3. Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento delSector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligacionesde pago.

4. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondosfiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a travésde las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración PúblicaNacional.

5. Participar en el control y análisis presupuestario del gasto enpersonal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreascorrespondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL concompetencia en la materia.

6. Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, losGobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires.

7. Intervenir en los procesos de reforma y transformación del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

8. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9. Entender en todo lo vinculado a los aspectos fiscales y económicos,en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales yel Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

10. Elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de lasprovincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el ESTADONACIONAL.

11. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a lasprovincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de anticiposa cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionalescoparticipables.

12. Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDAel desarrollo de las políticas y programas de asistencia a lasprovincias en lo que es materia de su competencia.

13. Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector PúblicoNo Financiero Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires yMunicipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil desu endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

14. Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del SectorPúblico Argentino a través de la instrumentación de un sistema deinformación del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

15. Entender en el diseño de la política impositiva aduanera y de los recursos de la seguridad social.

16. Intervenir en el diseño de regímenes de promoción económica, en loatinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales quese persigan a través de ellos.

17. Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

18. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

19. Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.

20. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS:

1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera.

5. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativosdel Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires.

6. Asistir a la SECRETARÍA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

7. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisispresupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, encoordinación con las Jurisdicciones con competencia del ESTADO NACIONAL.

MINISTERIO DE HACIENDA

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS:

1. Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de losrecursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de ordeneconómico y social.

2. Verificar la correcta interpretación de las normas tributarias.

3. Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica conresponsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los finesextra fiscales que se persigan a través de éstos.

4. Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materiaimpositiva y aduanera aplicando las normas nacionales en relación conlas vigentes internacionalmente e intervenir en aquellos que afectenrecursos de la seguridad social.

5. Coordinar los aspectos impositivos aduaneros referidos al equilibrio tributario en procesos de integración regional.

6. Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

IF-2017-00991316-APN-SECH#MH

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º

XV. MINISTERIO DE HACIENDA

ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA Y DESCONCENTRADOS

- INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

- ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

- TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

- SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA

- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

IF-2017-00991347-APN-SECH#MH

ANEXO I

IF-2017-00991297-APN-SECH#MH

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica