Resolución E 17/2017

Programa Escuela De Formacion De Las Casas De Atencion Y Acompañamiento Comunitario

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Secretaria De Politicas Integrales Sobre Drogas
Programa Escuela De Formacion De Las Casas De Atencion Y Acompañamiento Comunitario

Apruebase el programa escuela de formacion de las casas de atencion y acompañamiento comunitario, que como anexo i (if-2017-00900043-apnsedronar) forma parte de la presente resolucion.

Id norma: 271214 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33553

Fecha boletin: 26/01/2017 Fecha sancion: 20/01/2017 Numero de norma 17/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Politicas Integrales Sobre Drogas De La Nacion Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Resolución 17 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2017

VISTO el Expediente EX 2017-00780733-APN-DDME#SEDRONAR, los Decretos N°48 del 14 de enero de 2014, Nº 1249 del 12 de diciembre de 2016 y Nº 33del 12 de enero de 2017, las Resoluciones SEDRONAR N° 172 del 14 deabril de 2014, Nº 266 del 26 de junio de 2014 y RESOL-2017-15-APN-SEDRONAR del 20 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO,

Que en el Apartado VI del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N°357/02, según las modificaciones establecidas por el Decreto Nº 48/14,esta Secretaría tiene entre sus objetivos la elaboración de políticas yplanificación de estrategias nacionales para la prevención ycapacitación sobre el uso indebido de estupefacientes y sustanciaspsicotrópicas, velando por el cumplimiento de la legislación nacional einternacional sobre la materia (Objetivo 1, Anexo VI).

Que en el marco de estructuración administrativa antes mencionada, elDecreto Nº 33/17 ha determinado como objetivos de la SUBSECRETARÍA DEESTRATEGIAS DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN de esta Secretaría de Estado“diseñar planes y programas de carácter nacional, referentes a laprevención, capacitación y tratamiento por consumo de sustanciaspsicoactivas, brindando la asistencia técnica pertinente” (Objetivo 3,Planilla Anexa al Artículo 4°).

Que en virtud de dicho Decreto, bajo la dependencia de la SUBSECRETARÍADE ESTRATEGIAS DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN, se encuentran la DIRECCIÓNNACIONAL DEL OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DEESTRATEGIAS DE TRATAMIENTO E INTEGRACIÓN SOCIO-LABORAL, la DIRECCIÓNNACIONAL DE CAPACITACIÓN EN MATERIA DE DROGAS y la DIRECCIÓN NACIONALDE PREVENCIÓN EN MATERIA DE DROGAS.

Que mediante Resolución SEDRONAR N° RESOL-2017-15-APN-SEDRONAR del 20de enero de 2017 se dispuso la creación del CONSEJO PARA EL ABORDAJEINTEGRAL DE LAS POLITICAS PÚBLICAS DE ADICCIONES EN CONTEXTOS DE ALTAVULNERABILIDAD en el marco de la profundización de la articulación conlas Organizaciones No Gubernamentales con trabajo en el abordajecomunitario en contextos de alta vulnerabilidad social.

Que dicho Consejo se encuentra integrado por Organizaciones NoGubernamentales que tienen a su cargo la gestión de Casas de Atención yAcompañamiento Comunitario en el marco del Programa aprobado porResolución SEDRONAR N° 266/14.

Que en la Resolución Nº RESOL-2017-15-APN-SEDRONAR se reconoce lanecesidad de implementación de acciones de formación para los efectoresdel Programa aprobado por la Resolución SEDRONAR N° 266/14.

Que en esta línea resulta necesaria la implementación del Programa“Escuela de Formación de Casas de Atención y AcompañamientoComunitario”, para posibilitar la capacitación y formación de susefectores y el fortalecimiento de las Casas de Atención yAcompañamiento Comunitario, por medio de la concesión de subsidios alas Organizaciones No Gubernamentales cuyos proyectos reciban la debidaaprobación.

Que por Resolución SEDRONAR N° 172/14 se creó el Programa Nacional deAbordaje Integral para la Prevención, Capacitación y Asistencia de lasAdicciones (artículo 1°), se aprobaron sus lineamientos (artículo 2°),la guía de procedimientos y requisitos para el otorgamiento desubsidios (artículo 3°), el mecanismo para la rendición de cuentas delos subsidios (artículo 4°) y el circuito administrativo para eltrámite, otorgamiento, seguimiento y control de los subsidios (artículo5°).

Que la presente iniciativa guarda expreso correlato con loslineamientos del Programa Nacional de Abordaje Integral para laPrevención, Capacitación y Asistencia de las Adicciones aprobado porResolución SEDRONAR N° 172/14.

Que en función de lo antedicho la presentación de los proyectos, suaprobación, financiamiento, rendición de cuentas, seguimiento y controlse llevará a cabo por las disposiciones contenidas en la ResoluciónSEDRONAR N° 172/14.

Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS DE TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN ha propiciado el dictado de la presente.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de sus facultadesconferidas por los Decretos N° 101/85, Nº 48/14, Nº 1249/16 y Nº 33/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el PROGRAMA ESCUELA DE FORMACIÓN DE LAS CASASDE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO, que como Anexo I(IF-2017-00900043-APN- SEDRONAR) forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande la implementación del Programa seráautorizado en la medida de la disponibilidad presupuestaria pertinentepara el ejercicio correspondiente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Moro.

ANEXO I

PROGRAMA ESCUELA DE FORMACIÓN DE LAS CASAS DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO

OBJETIVO GENERAL: Desarrollo de líneas, enfoques y herramientas deformación que propicien la mejora continua de las prácticas de las CAACrespecto de la prevención y el abordaje de la problemática del consumode sustancias psicoactivas en contextos de alta vulnerabilidad social.

MODALIDAD DE FINANCIAMIENTO: Subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas documentada.

ENTIDAD EJECUTORA: Organizaciones No Gubernamentales —ONG—. Una o varias según la modalidad que el proyecto prevea.EJECUCIÓN: En etapa única o múltiple. Y en ambos casos por una o variasONG en forma simultánea o sucesiva. En caso de resultar etapa múltipleo etapa única de ONG que actúan sucesivamente, se exigirá rendición decuentas documentada por el parcial ejecutado para recibir la asignaciónsubsiguiente (si se trata de etapa múltiple) o la autorización paraseguir adelante la ejecución si se trata de etapa única pero deejecución por efectores sucesivos distintos.

PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO: En lo concerniente a ladocumentación a presentar por las Entidades Ejecutoras, lafundamentación, plan de trabajo y presupuesto del proyecto, el circuitoadministrativo para trámite, otorgamiento, seguimiento y control delsubsidio y el procedimiento para la rendición de cuentas, el Programase regirá, en lo pertinente, por las disposiciones de la ResoluciónSE.DRO.NAR. Nº 172/2014.

IF-2017-00900043-APN-SEDRONAR

e. 26/01/2017 N° 4043/17 v. 26/01/2017

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