Disposición E 154/2016

Anteproyecto De Demarcacion De Limites De Circuitos Electorales Del Distrito Neuquen

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior, Obras Publicas Y Vivienda
Anteproyecto De Demarcacion De Limites De Circuitos Electorales Del Distrito Neuquen

Notifiquese el inicio de las actuaciones relacionadas con el anteproyecto de demarcacion de limites de circuitos electorales del distrito neuquen, elaborado por el juzgado federal con competencia electoral de la provincia del neuquen en el marco de los autos caratulados “anteproyecto de demarcacion de limites de circuitos electorales distrito neuquen” (expte. n° 233 f° 217 año 2006).

Id norma: 271230 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33554

Fecha boletin: 27/01/2017 Fecha sancion: 29/12/2016 Numero de norma 154/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional Electoral Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL

Disposición 154 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2016

VISTO el Expediente Nº S02:0016581/2015 Cuerpos l y ll del registro deeste Ministerio, el inciso 2 del artículo 40 del Código ElectoralNacional aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18de agosto de 1983) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto dedemarcación de límites de circuitos electorales del distrito Neuquén,elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de laProvincia del Neuquén en el marco de los autos caratulados“Anteproyecto de Demarcación de límites de circuitos electoralesDistrito Neuquén” (Expte. N° 233 F° 217 Año 2006).

Que en los presentes actuados obran las actuaciones enviadas por dichaJudicatura a la Excma. CÁMARA NACIONAL ELECTORAL con la detalladadescripción de los límites territoriales resultantes de lasdemarcaciones propuestas.

Que, además, consta la Resolución de dicha Cámara donde decide aprobarel anteproyecto y remitir a esta dependencia los antecedentes del mismo.

Que corresponde a esta instancia, una vez recibido el anteproyecto,notificar el inicio de las actuaciones a las agrupaciones políticasregistradas en el distrito de que se trata y producir informe técnicodescriptivo de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinentedel mismo a los partidos políticos inscriptos en el distrito yremitirla para su publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2)días.

Que resulta conveniente abreviar el procedimiento y proceder en unmismo acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto delinforme técnico de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoraldependiente de esta Dirección Nacional, IF-2016-03320543-APN-DEYCE#MI,así como disponer la publicación pertinente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida alsuscripto por el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso2 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y susmodificatorias.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas conel anteproyecto de demarcación de límites de circuitos electorales deldistrito Neuquén, elaborado por el Juzgado Federal con CompetenciaElectoral de la Provincia del Neuquén en el marco de los autoscaratulados “Anteproyecto de Demarcación de límites de circuitoselectorales Distrito Neuquén” (Expte. N° 233 F° 217 Año 2006).

ARTÍCULO 2° — Apruébase el extracto del Informe TécnicoIF-2016-03320543-APN-DEYCE#MI, el que como Anexo l, forma parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el distrito electoral Neuquén, del Anexo l de la presente.

ARTÍCULO 4° — Requiérase del Juzgado Federal con Competencia Electoralde la Provincia del Neuquén, se cursen las notificaciones dispuestas enlos artículos 1º y 3º de la presente.

ARTÍCULO 5° — Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de DOS (2) días.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Fernando Diego Álvarez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 27/01/2017 N° 4173/17 v. 30/01/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica