Resolución E 1/2017

Protocolo De Calidad Para Jamon Cocido - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agroindustria
Protocolo De Calidad Para Jamon Cocido - Aprobacion

Apruebase el protocolo de calidad para jamon cocido que, como anexo gde if-2017-00838256-apn-ssayb#ma, forma parte integrante de la presente medida.

Id norma: 271237 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33554

Fecha boletin: 27/01/2017 Fecha sancion: 25/01/2017 Numero de norma 1/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agregado De Valor Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR

Resolución 1 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2017

VISTO el Expediente N° S05:0035721/2016 del Registro del MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.967 y la Resolución N° 392 de fecha 19 demayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA YALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que en el mercado global, el grado de exigencia de clientes yconsumidores respecto a la calidad de los alimentos se ha elevado, envirtud del aumento de la información disponible, así como la notablevariedad y diversificación de la oferta.

Que se debe ponderar la calidad del Jamón Cocido obtenido en nuestropaís, con atributos y cualidades propias de las condiciones deproducción, elaboración y los sistemas de aseguramiento de su calidad.

Que a efectos de garantizar a clientes y consumidores que el JamónCocido de nuestro país, conserve efectivamente los atributosdiferenciadores de valor, es necesario contar con sistemas eficaces degestión e identificación.

Que en las tendencias actuales, se puede observar claramente que elcamino de la calidad en los productos, es al que se deben orientartodas las acciones y propuestas vinculadas con la elaboración de JamónCocido.

Que en dicho orden, los sistemas de certificación voluntaria de lacalidad, prestados por entidades independientes, han probado ser aptosa esa finalidad, cuando los atributos diferenciales de valor no sonfactibles de ser comprobados directamente por clientes y consumidores.

Que conforme a lo establecido por la Ley N° 26.967 y por la ResoluciónN° 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA YPRODUCCIÓN, resulta un requisito esencial cumplir con un Protocolo deCalidad, como así también, brindar garantía que los productos han sidoproducidos y/o elaborados de conformidad a las característicasespecíficas y condiciones especialmente establecidas.

Que en virtud de lo señalado, se ha dispuesto elaborar un Protocolo deCalidad para Jamón Cocido que como Anexo forma parte integrante de lapresente medida, habiendo tomado intervención y manifestado su acuerdocon el mismo, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA(SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA, y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI),organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, eintegrantes de la COMISIÓN ASESORA DE LOS ALIMENTOS ARGENTINOS, creadapor la mencionada Resolución N° 392/05.

Que la diferenciación por calidad, es un componente estratégico para eldesarrollo competitivo de las producciones alimenticias y un factordiferencial para el ingreso a nuevos mercados, verificando que unProtocolo de Calidad para Jamón Cocido resulta ser un patrón o medidapara todos los productores que deseen diferenciar su producto comoestrategia competitiva.

Que la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,tiene entre sus objetivos asistir en la ejecución de planes, programasy políticas de producción, transformación y agregado de valor,comercialización, tecnología, calidad, diferenciación y sanidad en laproducción agroalimentaria y agroindustrial, ante lo cual, la citadaSecretaría tiene interés en la aprobación de un Protocolo de Calidad decarácter no obligatorio y de adhesión e implementación voluntaria, queidentifique los atributos diferenciales del Jamón Cocido para facilitarel posicionamiento de nuestra producción en los mercados extranjeros,con valor agregado y calidad diferenciada.

Que debido a las directivas del Gobierno Nacional en materia decontención del gasto público, la presente medida no implicará costofiscal alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia deacuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGREGADO DE VALOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Apruébase el Protocolo de Calidad para Jamón Cocido que,como Anexo GDE IF-2017-00838256-APN-SSAYB#MA, forma parte integrante dela presente medida.

ARTÍCULO 2° — Invítase a las personas humanas y jurídicas que conformanla cadena productiva a adoptar e implementar las normas técnicas y decalidad contenidas en el Protocolo aprobado por el Artículo 1º de lapresente medida.

ARTÍCULO 3º — Invítase a todas las provincias de la REPÚBLICA ARGENTINAa difundir, en sus respectivas jurisdicciones, el Protocolo de Calidadpara Jamón Cocido, aprobado por esta medida.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nestor Eduardo Roulet.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 27/01/2017 N° 4340/17 v. 27/01/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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