Resolución E 16/2017

Modulo Expediente Electronico (Ee)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Modulo Expediente Electronico (Ee)

Instruyese a los siguientes organismos para que a partir del 2 de febrero de 2017 cierren la caratulacion de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a traves del modulo expediente electronico (ee) del sistema de gestion documental electronica - gde: a) ministerio de ambiente y desarrollo sustentable. b) instituto nacional de promocion turistica - inprotur, entidad descentralizada actuante en la orbita del ministerio de turismo.

Id norma: 271371 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33556

Fecha boletin: 31/01/2017 Fecha sancion: 30/01/2017 Numero de norma 16/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Modernizacion Administrativa Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 16 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2017

VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2017-01199132- -APN-ONC#MM; laLey de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzode 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016 y 1063 del 4 deoctubre de 2016; las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101del 26 de mayo de 2016, 171-E del 19 de julio de 2016, 277-E del 22 deagosto de 2016, 355-E del 14 de septiembre de 2016, 400-E del 5 deoctubre de 2016, 432-E del 26 de octubre de 2016, 466-E del 11 denoviembre de 2016 y 508-E del 22 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN; la Resolución Nº 3 del 21 de abril de 2016 de laSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba elPLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA YGOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontalinformática de generación de documentos y expedientes electrónicos,registros y otros contenedores que sea utilizada por toda laadministración a los fines de facilitar la gestión documental, elacceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de losplazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictarlas normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias parala implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) yel funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba laimplementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 demayo de 2016, 171-E del 19 de julio de 2016, 277-E del 22 de agosto de2016, 355-E del 14 de septiembre de 2016, 400-E del 5 de octubre de2016, 432-E del 26 de octubre de 2016, 466-E del 11 de noviembre de2016 y 508-E del 22 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN establecen los cronogramas de implementación de losmódulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador de DocumentosElectrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico” (EE), todosdel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que en consecuencia resulta necesario instruir al MINISTERIO DEAMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y al INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓNTURÍSTICA – INPROTUR, entidad descentralizada actuante en la órbita delMINISTERIO DE TURISMO, para que a partir del 2 de febrero de 2017cierren la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendohacerlo a través del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistemade Gestión Documental Electrónica - GDE.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Instrúyese a los siguientes organismos para que a partirdel 2 de febrero de 2017 cierren la caratulación de expedientes ensoporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del móduloExpediente Electrónico (EE) del sistema de Gestión DocumentalElectrónica - GDE:

a) MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

b) INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA - INPROTUR, entidaddescentralizada actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.

e. 31/01/2017 N° 5117/17 v. 31/01/2017

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