Disposición E 35/2017

Sistema De Liquidacion Y Percepcion Del Impuesto De Radicacion De Los Automotores Y Motovehiculos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Sistema De Liquidacion Y Percepcion Del Impuesto De Radicacion De Los Automotores Y Motovehiculos

Establecese el dia 30 de enero de 2017 como fecha de entrada en vigencia del sistema de liquidacion y percepcion del impuesto de radicacion de los automotores y motovehiculos (patentes) dispuesto por el convenio de complementacion de servicios celebrado con fecha 29 de julio de 2016 entre el mjydh y la municipalidad de jovita, provincia de cordoba, el que se implementara respecto de los tramites que se realicen ante los registros seccionales de la propiedad del automotor y los registros seccionales de la propiedad del automotor con competencia exclusiva en motovehiculos de la ciudad de jovita.

Id norma: 271475 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33558

Fecha boletin: 02/02/2017 Fecha sancion: 26/01/2017 Numero de norma 35/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nac.De La Prop.Automotor Y Cred.Prendario Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 3 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 35 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/01/2017

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 29 dejulio de 2016 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y laMunicipalidad de JOVITA, provincia de CÓRDOBA, registrado bajo elnúmero CONVE-2016-00487426-APN-DDMIP#, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mencionado Convenio se instrumentó un sistemainformático para proceder a la liquidación y percepción del Impuesto ala Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes), a travésde los Registros Seccionales con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DEJOVITA, provincia de CÓRDOBA, aplicable respecto de los trámitesregistrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio deRadicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio deDenominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.

Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de esa ciudad ha dictado laOrdenanza Municipal Nº 41bis/2016 de fecha 16 de agosto de 2016,mediante la cual autoriza al intendente municipal a celebrar elConvenio mencionado en el Visto.

Que con fecha 17 de agosto de 2016 el Poder Ejecutivo de laMunicipalidad de JOVITA promulgó la mencionada Ordenanza Municipal Nº41bis/2016 mediante el Decreto Municipal Nº 095/2016.

Que por conducto del Decreto Municipal N° 03/2017 del 18 de enero de2017 se designó a los Encargados de los Registros Seccionales de todoel país como agentes de percepción del Impuesto a la Radicación deAutomotores y Motovehículos de esa jurisdicción.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 276 de fecha 24 de julio de 2014 seaprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única), que será utilizada porlos Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por anteel organismo tributario municipal, los informes de deuda, altas y bajasdel Impuesto a los Automotores, al tiempo que documentará los pagos dedeudas que informadas, se efectivicen por ante los Encargados de esosRegistros Seccionales. Asimismo, ese instrumento reviste el carácter decertificado válido de las eximiciones solicitadas, de la liberación dedeudas por exhibición de comprobantes de pago o de su negativa de pago.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 3 de junio de 2016 seimplementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.

Que los Encargados de los Registros Seccionales alcanzados por lapresente utilizarán para la consecución de las tareas impositivas aquíencomendadas el sistema informático de interconexión “en línea”mencionado en el Convenio de Complementación de Servicios citado en elVisto.

Que, encontrándose reunidas todas las condiciones que posibilitan lapuesta en marcha de la operatoria, resulta menester disponer lavigencia del nuevo sistema para ser aplicado en los trámitesanteriormente enunciados en los Registros Seccionales de la ciudad deJOVITA, provincia de CÓRDOBA, estableciendo el uso de la Solicitud Tipo“13” (Única).

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Establécese el día 30 de enero de 2017 como fecha deentrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción delImpuesto de Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes)dispuesto por el Convenio de Complementación de Servicios celebrado confecha 29 de julio de 2016 entre el MJyDH y la Municipalidad de JOVITA,provincia de CÓRDOBA, el que se implementará respecto de los trámitesque se realicen ante los Registros Seccionales de la Propiedad delAutomotor y los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor conCompetencia Exclusiva en Motovehículos de la ciudad de JOVITA.

ARTÍCULO 2° — En ese marco, establécese a partir de esa fecha laobligatoriedad del uso de la Solicitud Tipo 13 (Única) respecto de lostrámites registrales de Inscripción Inicial, Transferencia, Cambio deRadicación, Baja del Automotor, Denuncia de Robo o Hurto, Cambio deDenominación Social, Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia.

ARTÍCULO 3° — Difiérese la puesta en vigencia del presente Convenio deComplementación de Servicios en el resto de los Registros Seccionalesdel país hasta tanto se encuentren dadas las condiciones necesariaspara el correcto funcionamiento de la operatoria.

ARTÍCULO 4° — Incorpórase, a partir de la entrada en vigencia de lapresente, a la Municipalidad de JOVITA, provincia de CÓRDOBA, en laoperatoria de Altas y Bajas interjurisdiccionales, conforme a lasprescripciones de la Disposición DN N°127/2016 y normas complementarias.

ARTÍCULO 5° — El Departamento Tributos y Rentas dictará un instructivoa los fines de implementar la presente operatoria en los RegistrosSeccionales alcanzados.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese atento a su carácter de interésgeneral dése para su publicación a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.

e. 02/02/2017 N° 5214/17 v. 02/02/2017

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica