Resolución E 5/2017

Reglamento De Organizacion Interna De La Acumar

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Autoridad De Cuenca Matanza Riachuelo
Reglamento De Organizacion Interna De La Acumar

Apruebase el reglamento de organizacion interna de la acumar y su estructura organizativa los cuales como anexos i y ii forman parte integrante de la presente. derogase la resolucion acumar n° 79/2016 y la resolucion acumar n° 3/2017.

Id norma: 271485 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33558

Fecha boletin: 02/02/2017 Fecha sancion: 01/02/2017 Numero de norma 5/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Autoridad De Cuenca Matanza Riachuelo Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION ACUMAR N° 3/2017 - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 5 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2017

VISTO la Ley N° 26.168, la Resolución ACUMAR N° 79/2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO comoente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en elárea de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónomade Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora,Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown,Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y General LasHeras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine quela ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y deoperación.

Que el artículo 5° de la mencionada ley otorga al organismo facultadesde regulación, control y fomento respecto de las actividadesindustriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otraactividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo interveniradministrativamente en materia de prevención, saneamiento,recomposición y utilización racional de los recursos naturales.

Que a su vez, la precitada Ley dispone que las facultades, poderes ycompetencias de la ACUMAR en materia ambiental prevalecen sobrecualquier otra concurrente en el ámbito de la Cuenca, debiendoestablecerse su articulación y armonización con las competenciaslocales.

Que en uso de sus facultades la ACUMAR dictó la Resolución N° 79/2016mediante la cual aprobó como ANEXO I el Reglamento de OrganizaciónInterna.

Que el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 2 de MORÓNordenó a la ACUMAR mediante resoluciones de fecha 23 de septiembre de2015 y 29 de febrero de 2016, realizar la actualización del PlanIntegral de Saneamiento Ambiental (PISA) de acuerdo a los objetivosestablecidos por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en susentencia del 8 de julio de 2008 dictada en la causa “Mendoza, BeatrizSilvia y otros c/Estado Nacional y otros s/Daños y Perjuicios (dañosderivados de la contaminación ambiental del Río Matanza Riachuelo)”.

Que la mencionada actualización fue presentada al Juzgado Federal confecha 07 de julio de 2016, conforme lo ordenado oportunamente.

Que dicha actualización requiere de una nueva modificación delreglamento de organización interna de ACUMAR a los efectos de optimizary eficientizar el funcionamiento del organismo en miras al saneamientode la cuenca y de su población.

Que con fecha 30 de enero de 2017, el CONSEJO DIRECTIVO aprobó el nuevo reglamento de organización interna.

Que los principios de transparencia en la gestión pública y publicidadde los actos de gobierno, tornan aconsejable la publicación de lapresente norma.

Que en ese sentido el CONSEJO DIRECTIVO aprobó la presente Resolucióncon la consecuente derogación del Reglamento vigente aprobado mediantela Resolución N° 79/2016 e instruyó a esta PRESIDENCIA a proceder a lasuscripción del acto administrativo correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Reglamento de Organización Interna de laACUMAR y su Estructura Organizativa los cuales como ANEXOS I y IIforman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Derógase la Resolución ACUMAR N° 79/2016 y la Resolución ACUMAR N° 3/2017.

ARTÍCULO 3° — Deléganse al Director General Ambiental de la ACUMAR lasfacultades previstas en el artículo 7° de la Ley N° 26.168.

ARTÍCULO 4° — La presente Resolución se encuentra vigente a partir de su publicación en el boletín oficial.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Gladys Gonzalez.

ANEXO I

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA ACUMAR

ARTÍCULO 1°.- La estructura organizativa de la AUTORIDAD DE CUENCAMATANZA RIACHUELO, en adelante “ACUMAR”, se conforma de la siguientemanera:

a) Consejo Directivo

a.1) Comisión de Participación Social

a.2) Consejo Municipal

a.3) Unidad de Planificación Estratégica

b) Presidencia de la ACUMAR

b.1) Secretaría General

b.1.1) Mesa General de Entradas y Archivo

b.1.2) Coordinación de Documentación y Acceso a la Información Pública

b.2) Dirección de Comunicación

b.2.1) Coordinación de Comunicación y Prensa

b.3) Dirección de Planificación, Coordinación y Modernización

b.3.1) Coordinación de Gestión y Planificación

b.3.2) Coordinación de Modernización e Informática

b.4) Dirección de Asuntos Jurídicos

b.4.1) Coordinación de Dictámenes y Procedimientos Sancionatorios

b.4.2) Coordinación de Gestión y Control Judicial

b.4.3) Coordinación de Asuntos Laborales y Contractuales

b.4.4) Coordinación Normativa

b.5) Dirección General Administrativa

b.5.1) Dirección de Administración

b.5.1.1) Coordinación de Patrimonio y Compras y Contrataciones

b.5.1.2) Coordinación de Servicios Auxiliares

b.5.2) Dirección de Finanzas

b.5.2.1) Coordinación de Contabilidad

b.5.2.2) Coordinación de Presupuesto, Planificación Financiera y Tesorería

b.5.3) Dirección de Recursos Humanos

b.5.3.1) Coordinación de Administración de Personal

b.5.3.2) Coordinación de Desarrollo Profesional

b.6) Dirección General Ambiental

b.6.1) Dirección Técnica

b.6.1.1) Coordinación de Calidad Ambiental

b.6.1.2) Coordinación de Plan de Manejo Hídrico de la Cuenca Matanza Riachuelo

b.6.1.3) Coordinación de Infraestructura

b.6.2) Dirección de Gestión Integral de Residuos Sólidos

b.6.2.1) Coordinación de Gestión de Residuos Sólidos

b.6.2.2) Coordinación de Proyectos de Residuos Sólidos

b.6.3) Dirección de Fiscalización y Adecuación Ambiental

b.6.3.1) Coordinación de Fiscalización

b.6.3.2) Coordinación de Adecuación Ambiental

b.6.4) Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental y Social

b.6.4.1) Coordinación de Impacto Ambiental

b.6.4.2) Coordinación de Impacto Socioeconómico

b.7) Dirección General de Gestión Política y Social

b.7.1) Dirección de Fortalecimiento Comunitario e Institucional

b.7.2) Dirección de Salud y Educación Ambiental

d.7.2.1) Coordinación de Salud Ambiental

d.7.2.2) Coordinación de Patrimonio, Cultura y Educación Socioambiental

b.7.3) Dirección de Ordenamiento Territorial

b.7.3.1) Coordinación de Hábitat y Planeamiento Urbano

b.7.3.2) Coordinación de Intervención Social

b.8) Unidad de Sumarios Administrativos

c) Unidad de Auditoría Interna

c.1) Unidad de Auditoría Interna Adjunta

CONSEJO DIRECTIVO

ARTÍCULO 2°.- El CONSEJO DIRECTIVO es el órgano superior de la ACUMARcon facultad de decisión, encargado de fijar la política general y laacción que esta autoridad debe seguir.

ARTÍCULO 3°.- El CONSEJO DIRECTIVO se integra con los representantesindicados en el Artículo 2° de la Ley N° 26.168 y el Decreto N° 2/2017y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- El cargo y función de representante en el CONSEJO DIRECTIVO es indelegable.

ARTÍCULO 5°.- Son funciones del CONSEJO DIRECTIVO:

a) Aprobar el Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la CuencaHídrica Matanza Riachuelo y participar en la formulación de losproyectos que se encuentran comprendidos en el mismo.

b) Aprobar, a propuesta de la Presidencia, el presupuesto anual yplurianual de la ACUMAR, teniendo en consideración los recursospropios, los aportes efectuados por cada jurisdicción y todo aquelrecurso contemplado en el Fondo de Compensación Ambiental.

c) Realizar el seguimiento de las acciones llevadas a cabo por el organismo respecto del cumplimiento de las mandas judiciales.

d) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectivaaplicación de medidas preventivas por parte de la Presidencia.

e) Refrendar los procedimientos de organización interna y de operación elaborados por la Presidencia.

f) Articular y armonizar con las competencias de las distintas jurisdicciones involucradas.

g) Aprobar los convenios, acuerdos y los protocolos o adendas a los mismos.

h) Aprobar a propuesta de la Presidencia el informe anual al HonorableCongreso de la Nación, previsto en el artículo 8 de la Ley 26.168.

ARTÍCULO 6°.- El CONSEJO DIRECTIVO de la ACUMAR se reunirá en sesiónordinaria con la frecuencia que sea establecida en cada reunión, que nopodrá ser mayor a DOS (2) meses. De cada sesión se labrará el actacorrespondiente, que será enviada a los miembros del CONSEJO DIRECTIVOen el plazo máximo de CINCO (5) días hábiles. Podrá reunirse ensesiones extraordinarias, siempre que lo convoque su Presidente, poriniciativa propia o a petición fundada de al menos DOS (2) de losmiembros del CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 7°.- Las convocatorias deberán notificarse a los miembros delCONSEJO DIRECTIVO con una anticipación no menor a los CINCO (5) díashábiles anteriores a la fecha determinada para llevar a cabo lasmismas. A tal fin los miembros del CONSEJO deberán informar a laSECRETARÍA GENERAL la o las direcciones de correo postal oelectrónicas, donde serán válidas las notificaciones efectuadas.

En las convocatorias deberán figurar los siguientes aspectos:

a) Día, lugar y hora de la reunión convocada.

b) Orden del día.

c) Documentación adecuada para su estudio previo por los miembros delCONSEJO DIRECTIVO, o en su defecto, indicación del lugar donde seencuentra a disposición para su consulta.

A requerimiento de un miembro del CONSEJO DIRECTIVO, y dentro delprimer día hábil de los CINCO (5) días hábiles anteriores a la fecha dela convocatoria, se le acompañarán las copias certificadas de lasactuaciones y/o expedientes que serán objeto de tratamiento en el ordendel día, o en caso de que el volumen de aquellas impida su copia, seles indicará el lugar en el cual podrán proceder a su estudio.

ARTÍCULO 8°.- No podrá ser objeto de deliberación en las sesionesordinarias, ningún asunto que no figure incluido en el orden del día,salvo que estén representadas todas las jurisdicciones y se decida porel voto favorable de la mayoría simple de los miembros presentes.Asimismo, los miembros del CONSEJO DIRECTIVO podrán desde que senotifican de la orden del día y hasta la realización de la sesiónsolicitar al Presidente la incorporación de nuevos puntos al orden deldía remitido.

ARTÍCULO 9°.- Las convocatorias a reuniones en sesiones extraordinariasno requerirán ser notificadas con la anticipación dispuesta en elartículo 7.

ARTÍCULO 10°.- La sesión del CONSEJO DIRECTIVO se entenderá constituidaválidamente cuando se integre con la mayoría simple de los OCHO (8)miembros que integran dicho CONSEJO DIRECTIVO, conforme lo establecidoen la Ley N° 26.168.

ARTÍCULO 11.- En caso de no obtenerse el quórum y mediandocircunstancias de urgencia reconocida a nivel interjurisdiccional, elCONSEJO DIRECTIVO podrá sesionar con la participación de al menos UN(1) miembro de cada jurisdicción junto con el Presidente.

ARTÍCULO 12.- En caso que el Presidente no pueda concurrir a la sesiónconvocada, por imposibilidad o ausencia justificada, la Presidencia dela reunión recaerá en el representante del Poder Ejecutivo Nacionalante la ACUMAR, que el Presidente designe.

ARTÍCULO 13.- Los acuerdos serán logrados a través del consenso. Encaso contrario, deberá someterse la cuestión propuesta a votación. Atal efecto, cada miembro tendrá derecho a un voto. Las decisiones seránadoptadas por mayoría simple de los miembros presentes.

ARTÍCULO 14.- En caso de empate en la votación, el ejercicio delderecho a doble voto corresponde a los miembros de la jurisdicciónterritorial donde se aplicará la medida a adoptarse por la ACUMAR. Encaso que la medida adoptada se refiera a materias que sean objeto deaplicación en más de una jurisdicción, el ejercicio del derecho a doblevoto corresponderá a la PRESIDENCIA.

ARTÍCULO 15.- La ACUMAR se expedirá mediante el dictado de actos administrativos. Al respecto se entenderá por:

a) RESOLUCIONES: aquellos actos administrativos dictados por elPRESIDENTE de la ACUMAR en uso de facultades propias o delegadas por elCONSEJO DIRECTIVO.

b) DISPOSICIONES: aquellos actos administrativos dictados por losDirectores Generales de la ACUMAR, sobre cuestiones o asuntos de sucompetencia, o aquellos que le fueran delegados, conforme loestablecido en las normas vigentes de la ACUMAR.

COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

ARTÍCULO 16.- La COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL depende del CONSEJODIRECTIVO y estará integrada por todas aquellas organizaciones conintereses en el área, que se registren ante la ACUMAR.

ARTÍCULO 17.- La COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL tendrá como objetointegrar a la gestión de la ACUMAR la visión de las organizaciones dela sociedad civil sobre el Plan Integral de Saneamiento Ambiental de laCuenca Matanza Riachuelo (PISA). Tendrá funciones consultivas, novinculantes y de seguimiento del avance de las acciones comprendidaspor el PISA.

ARTÍCULO 18.- El responsable de la COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIALefectuará las convocatorias a las reuniones, a solicitud de laPRESIDENCIA y/o de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO. De las reunionesrealizadas deberán confeccionarse actas y llevar un Registro de lasmismas.

CONSEJO MUNICIPAL

ARTÍCULO 19.- El CONSEJO MUNICIPAL de la ACUMAR depende del CONSEJODIRECTIVO, estará integrado por UN (1) representante de cada uno de losMunicipios citados en el artículo 1° de la Ley N° 26.168.

ARTÍCULO 20.- La designación del representante tendrá vigencia mientrasel Intendente se mantenga en ejercicio de su cargo, o bien designe unodistinto. A partir del cese de funciones del Intendente de cadaMunicipio representado, el representante ejercerá su funcióninterinamente hasta que el nuevo Intendente convalide la designación odisponga una nueva de manera oficial o a requerimiento de la ACUMAR.

ARTÍCULO 21.- El CONSEJO MUNICIPAL ejercerá funciones consultivas, decooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes órganos de laACUMAR en cuestiones inherentes a la Cuenca hidrográfica en su conjuntoo en una subregión de la misma, para lo cual podrán convocarsereuniones plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan caráctervinculante para la ACUMAR.

ARTÍCULO 22.- El CONSEJO MUNICIPAL se reunirá con una frecuencia nomayor a DOS (2) meses, a convocatoria de la PRESIDENCIA de la ACUMARy/o de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO. El CONSEJO MUNICIPAL deberáelaborar informes semestrales, detallando la ejecución y el avance delas acciones implementadas por la ACUMAR en el ámbito de la Cuenca.Dicho informe será remitido al CONSEJO DIRECTIVO para su conocimiento.

ARTÍCULO 23.- El responsable del CONSEJO MUNICIPAL efectuará lasconvocatorias a las reuniones, por orden de la PRESIDENCIA de la ACUMARy/o de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO. Los temas a tratar seránpuestos a consideración a instancia de la PRESIDENCIA de la ACUMAR, delCONSEJO DIRECTIVO o de cada Municipio. De las reuniones realizadasdeberán confeccionarse actas y llevar un registro de las mismas. Podrántratarse temas no incluidos en la convocatoria, si lo aprueba lamayoría de los representantes presentes. Se deberá poner enconocimiento de lo actuado al CONSEJO DIRECTIVO, en la reunióninmediata posterior a su realización.

ARTÍCULO 24.- El CONSEJO MUNICIPAL deberá aprobar su reglamento de funcionamiento a propuesta de la PRESIDENCIA de la ACUMAR.

UNIDAD DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA

ARTÍCULO 25.- La UNIDAD DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA depende del Consejo Directivo y tiene las siguientes funciones:

a) Proponer y sugerir los lineamientos estratégicos a ser implementadospor el Organismo, relacionados con el desarrollo del territorio de laCuenca y la reconversión de las actividades que se llevan a cabo en suámbito.

b) Participar en la elaboración de las propuestas de políticas, proyectos y actividades en la materia.

c) Coordinar la implementación de los lineamientos estratégicosestablecidos en las acciones llevadas a cabo por la ACUMAR y aquellasque se proyecten para el futuro.

PRESIDENCIA DE LA ACUMAR

ARTÍCULO 26.- El Presidente de la ACUMAR tiene a su cargo, además depresidir el Consejo Directivo, la coordinación y administración generalde la gestión técnica, legal, ambiental, política y social de la ACUMARy tiene las siguientes funciones:

a) Representar a la ACUMAR, en las relaciones con el Poder Ejecutivo,Poder Legislativo y Poder Judicial, sin perjuicio de dar intervenciónal representante de cada Jurisdicción.

b) Ejercer la representación legal de la ACUMAR, pudiendo absolverposiciones en sede judicial, administrativa o arbitral; ello, sinperjuicio de la facultad de autorizar para tales actos a otraspersonas, con la asistencia y asesoramiento de la DIRECCIÓN DE ASUNTOSJURÍDICOS.

c) Convocar y presidir las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO, estableciendo el Orden del Día correspondiente.

d) Emitir resoluciones en virtud de sus facultades propias o delegadas con arreglo a los reglamentos vigentes.

e) Suscribir convenios, acuerdos o cualquier otro tipo de instrumentosimilar con otras áreas del Estado Nacional, Provincial, de la CiudadAutónoma de Buenos Aires, Municipal o cualquier otra Institución enrepresentación del Organismo, previa aprobación del CONSEJO DIRECTIVO.

f) Proponer al Consejo Directivo para su consideración, el Plan Ejecutivo y el presupuesto anual y plurianual de la ACUMAR.

g) Poner a consideración del Consejo Directivo el informe anual alHonorable Congreso de la Nación, previsto en el artículo 8 de la Ley26.168.

h) Convocar a reuniones del CONSEJO MUNICIPAL y de la COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

i) Presidir o delegar en las Directores Generales según la temática delorden del día a tratar, las reuniones del CONSEJO MUNICIPAL y de laCOMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

j) Poner en conocimiento del CONSEJO DIRECTIVO los informes elaboradospor la Unidad de Auditoría Interna, así como los estados contables y elcierre anual del ejercicio económico.

k) Designar, remover y suscribir los actos administrativos dedesignación o remoción del personal jerárquico o de los responsables deárea contratos de personal, conforme las modalidades vigentes decontratación.

l) Realizar un informe anual de gestión.

ll) Realizar todos los demás actos administrativos necesarios para el cumplimiento de su función.

SECRETARIA GENERAL

ARTÍCULO 27.- La SECRETARÍA GENERAL depende de la PRESIDENCIA y tiene las siguientes funciones:

a) Atender el despacho de la Presidencia y del organismo.

b) Asistir en forma directa a la PRESIDENCIA en lo relativo a las actividades de su competencia.

c) Efectuar el seguimiento de los temas que sean consideradosprioritarios por la PRESIDENCIA, informando su desarrollo y resultado.

d) Efectuar las convocatorias de las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO porindicación de la PRESIDENCIA, adjuntando el correspondiente orden deldía.

e) Confeccionar las actas de las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO y llevar su registro.

f) Recibir las comunicaciones de cualquier índole e imprimirles el trámite que corresponda.

g) Elaborar informes de gestión a solicitud de la PRESIDENCIA.

h) Llevar el Registro de actos administrativos dictados por la ACUMAR.

i) Expedir certificaciones de las consultas, resoluciones, acuerdos aprobados y disensos.

j) Organizar y mantener actualizado un registro de los Conveniosfirmados por la ACUMAR, debiendo contemplar en el mismo sus respectivosvencimientos, los que deberá notificar con antelación de por lo menosNOVENTA (90) días corridos, mediante informe a la PRESIDENCIA de laACUMAR.

k) Dirigir y supervisar las tareas de la MESA GENERAL DE ENTRADAS YARCHIVO y del Cuerpo de Oficiales Notificadores, el registro de lasactuaciones que ingresan y egresan de la Autoridad de Cuenca, elmovimiento interno de las mismas.

l) Garantizar el cumplimiento íntegro de la Ley N° 25.831 de Acceso ala Información Pública Ambiental en el ámbito de la ACUMAR.

ll) Recopilar, sistematizar y archivar la documentación actual e histórica generada por las diferentes áreas de la ACUMAR.

m) Poner a disposición de los integrantes del CONSEJO DIRECTIVO de laACUMAR y de los funcionarios del Organismo con rango no inferior aDirector, toda la información o documentación que sea requerida por losmismos. Asimismo podrá, en caso que así se solicite, generar informesen relación a la documentación o información requerida.

n) Ejercer otras funciones que sean inherentes a la SECRETARÍA GENERAL.

MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO

ARTÍCULO 28.- La MESA GENERAL DE ENTRADAS Y ARCHIVO depende de la SECRETARÍA GENERAL y tiene las siguientes funciones:

a) Gestionar el registro de las actuaciones que ingresan y egresan delOrganismo, determinando su trámite interno en el caso de las primeras.

b) Organizar el movimiento interno de las actuaciones que tramiten en el Organismo.

c) Realizar la apertura de actuaciones a solicitud de las Coordinaciones de la ACUMAR o áreas de nivel superior.

d) Dirigir la reconstrucción de expedientes, acumulando las actuacionesremitidas por las áreas en que haya tramitado, y elaborando el proyectode acto administrativo correspondiente.

e) Organizar y resguardar el archivo de los expedientes de la ACUMAR.

COORDINACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO 29.- La COORDINACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y ACCESO A LAINFORMACIÓN PÚBLICA depende de la SECRETARÍA GENERAL y tiene lassiguientes funciones:

a) Implementar un sistema de información pública de modo concentrado,claro y accesible al público en coordinación con la Dirección deComunicación.

b) Diseñar e implementar mecanismos ágiles y coordinados, instruccionesy/o protocolos para el cumplimiento íntegro de la Ley N° 25.831 deAcceso a la Información Pública Ambiental en el ámbito de la ACUMAR.

c) Recopilar, sistematizar y archivar la documentación actual e histórica generada por las diferentes áreas de la ACUMAR.

d) Compilar los informes de las distintas áreas de la ACUMAR a fin deelaborar el Informe Anual a que hace mención el artículo 8° de la LeyN° 26.168.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 30.- La DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN depende de la PRESIDENCIA y tiene las siguientes funciones:

a) Proponer a la Presidencia y ejecutar el plan estratégico y ejecutivo de comunicación interna y externa.

b) Hacer el seguimiento de las acciones contenidas en el plan estratégico de comunicación de la ACUMAR.

c) Elaborar un plan de trabajo coordinado con las áreas de comunicacióndel Poder Ejecutivo Nacional, Provincial, de la Ciudad de Buenos Airesy de los catorce municipios.

d) Gestionar la relación con los medios de comunicación y los servicios de monitoreo de medios.

e) Desarrollar y mantener actualizado un sistema de información públicadigital vía internet en conjunto con la Coordinación de Documentación yAcceso a la Información Pública.

f) Supervisar el desarrollo de todos los contenidos de comunicación ensus distintas modalidades, audiovisual, gráfico y digital,recepcionando las necesidades de las diferentes áreas.

g) Implementar y mantener el registro único de material fotográfico y audiovisual relacionado a las actividades de la ACUMAR.

h) Organizar una agenda de eventos internos y acciones comunicables a la comunidad de la ACUMAR.

i) Gestionar el Manual de Marca Institucional de la ACUMAR.

j) Producir los informes y respuestas destinados a los medios de comunicación.

k) Asistir a la PRESIDENCIA en todo lo relacionado en materia a su competencia.

l) Realizar un informe anual de gestión.

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

ARTÍCULO 31.- La COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA depende de la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN y tiene las siguientes funciones:

a) Asistir a los medios de comunicación en los actos de la ACUMAR.

b) Asistir a la PRESIDENCIA y a las Direcciones en lo atinente a sus relaciones con los medios de comunicación.

c) Ejecutar las políticas de difusión e información que permitanpotenciar la presencia de la ACUMAR y sus acciones contenidas en elplan estratégico de comunicación.

d) Intervenir en el desarrollo y producción de los contenidos de todos los canales de comunicación de la ACUMAR.

e) Propiciar la utilización de redes sociales y de nuevos canales a finde lograr una mayor interacción tanto dentro de la ACUMAR como con losdistintos actores sociales.

f) Hacer un seguimiento sistemático de opinión de los medios decomunicación masiva y redes sociales que permita monitorear la imagende la ACUMAR y conocer las demandas de la población.

g) Incorporar y desarrollar el uso de mediciones, comparaciones yanálisis de las redes sociales, con el objeto de recabar datos sobre sucrecimiento y evolución.

h) Establecer métodos para garantizar una comunicación internaascendente y descendente desarrollando diferentes canales decomunicación para los diferentes grupos de interés.

i) Diseñar, proponer e implementar todo tipo de impresos, campañas ypublicidad institucional que se realicen a solicitud de la Dirección decomunicación.

j) Supervisar el uso adecuado del Manual de Marca Institucional de la ACUMAR.

k) Ejecutar las acciones de comunicación de eventos y convocatorias internas y externas.

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN Y MODERNIZACIÓN

ARTÍCULO 32.- La DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN YMODERNIZACIÓN depende de la PRESIDENCIA y tiene las siguientesfunciones:

a) Asistir a la PRESIDENCIA en la planificación anual y plurianual dela gestión de la ACUMAR según los objetivos estratégicos y losproyectos de las DIRECCIONES GENERALES y otros actores de la Cuenca, enel marco del Plan Integral de Saneamiento Ambiental.

b) Controlar el avance de los proyectos desarrollados por la ACUMARmediante el uso de las herramientas de gestión adecuadas quecontribuyan al cumplimiento de la planificación anual y garanticen lacoordinación efectiva de los mismos.

c) Diagnosticar posibles sinergias coordinando, con los diversosorganismos de la Administración Pública, la incorporación ymejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informáticay sistemas de gestión de la administración pública.

d) Desarrollar e implementar el uso de indicadores de gestión dentro dela ACUMAR, complementando con otras herramientas de medición ycumplimiento de metas físicas y presupuestarias, en el marco de la“Gestión por Objetivos y Resultados”.

e) Proponer políticas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para la ACUMAR.

f) Realizar un informe anual de gestión.

COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN

ARTÍCULO 33.- La COORDINACIÓN DE GESTIÓN y PLANIFICACIÓN depende de laDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN Y MODERNIZACIÓN y tiene lassiguientes funciones:

a) Asistir al DIRECTOR en la planificación anual de todas las áreas dela ACUMAR, verificando la coherencia de los mismos entre sí, y enrelación al plan plurianual.

b) Evaluar las iniciativas surgidas de la Unidad de PlaneamientoEstratégico referidas a la mejora de los mecanismos de gestión,ponderando la importancia y pertinencia de las mismas, a fin derecomendar o no su inclusión en el plan anual de la ACUMAR.

c) Diseñar e implementar los instrumentos para el monitoreo de losplanes, programas, proyectos y obras que aseguren el cumplimiento delos objetivos fijados en el plan anual de la ACUMAR.

d) Coordinar la evaluación y seguimiento de los resultados de laimplementación del plan anual y plurianual a través de un sistema deindicadores.

e) Verificar la oportunidad, confiabilidad y consistencia de lainformación recibida de las distintas áreas, mediante la implementaciónde un sistema de verificación continua de la calidad de los datos.

f) Compilar la información de gestión del Presupuesto del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA).

COORDINACIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA

ARTÍCULO 34.- La COORDINACIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA depende dela DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN Y MODERNIZACIÓN y tiene lassiguientes funciones:

a) Proponer iniciativas y políticas públicas fomentando la innovaciónen la gestión para la resolución de problemas de la ACUMAR.

b) Realizar y mantener actualizado el mapa de procesos internos yexternos que permita diagnosticar posibles mejoras e interferenciasasegurando la efectividad y dinamismo de la organización.

c) Optimizar los procesos internos de la ACUMAR diseñando eimplementando un Sistema de Control Interno, mediante lasistematización y documentación de los procesos y procedimientosadministrativos.

d) Articular con los organismos de Modernización de Nación, Provincia yCiudad el diseño y coordinación de las políticas de transformación ymodernización del Estado en las distintas áreas de la ACUMAR.

e) Implementar las políticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para la ACUMAR.

f) Diseñar las redes informáticas necesarias en el ámbito de la ACUMAR,definir los requisitos técnicos y gestionar la provisión del hardwarenecesario para la implementación y el uso de las mismas.

g) Dirigir el diseño, desarrollo e implementación de los sistemas deinformación de la ACUMAR, así como la definición de metodologíasinformáticas, normas de ingeniería de sistemas, documentación,selección de plataformas informáticas, ambientes de desarrollo yejecución de aplicativos. Controlar la prestación y la calidad de losservicios realizados por proveedores externos o terceros.

h) Asegurar el mantenimiento y actualización de licencias de los sistemas informáticos.

i) Promover la digitalización de todos los documentos vinculados a losplanes, proyectos, y obras aprobadas en el ámbito de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

j) Posibilitar la gestión de la información pública de forma tal quepermita el acceso por parte de la ciudadanía y que sirva de apoyo alproceso de toma de decisiones.

k) Coordinar, planificar y supervisar la implementación y desarrollo debases de datos, y aplicaciones informáticas en cuanto a requerimientosde equipos como de programas y utilitarios.

l) Proveer de las herramientas y gestionar la provisión de los equiposnecesarios para el desarrollo de las actividades de cada una de lasáreas.

ll) Proveer y dirigir un servicio integral de soporte y ayuda paratodos los usuarios de la ACUMAR, mediante el cual se puedan canalizar ysolucionar la totalidad de las inquietudes y dificultades que pudieransurgir en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

m) Diseñar y establecer con las herramientas de última generación informática la página web de la ACUMAR.

n) Revisar y ayudar en la implementación de los distintos procesos de la ACUMAR.

ñ) Administrar la seguridad informática del Organismo.

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

ARTÍCULO 35.- La DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS depende de la PRESIDENCIA y tiene las siguientes funciones:

a) Ejercer el patrocinio letrado a la ACUMAR en causas judiciales y representarla en sede judicial.

b) Designar a los letrados que asuman la representación del Organismo, como patrocinantes o apoderados.

c) Controlar la legalidad y legitimidad de todos los actos administrativos.

d) Entender en el estudio, análisis, asistencia y ejecución en cuestiones legales.

e) Emitir opiniones jurídicas sobre los asuntos que se sometan a su análisis.

f) Realizar un informe anual de gestión.

COORDINACIÓN DE DICTÁMENES Y PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS

ARTÍCULO 36.- La COORDINACIÓN DE DICTÁMENES Y PROCEDIMIENTOSSANCIONATORIOS depende de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y tiene lassiguientes funciones:

a) Evaluar y dictaminar respecto de los aspectos técnico-legales de losactos administrativos o sus proyectos que se propicien o se sometan asu consideración en relación a las actividades de fiscalización,control y adecuación ambiental realizadas por la ACUMAR.

b) Evaluar y dictaminar respecto de los aspectos técnico-legales de losactos administrativos o sus proyectos que se propicien o se sometan asu consideración, relacionados con incumplimientos a las obligacionesestablecidas en las normas aplicables por la ACUMAR, para losestablecimientos radicados en jurisdicción de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

c) Intervenir en los recursos administrativos, reclamos y denuncias,contra actos emanados del Organismo, relacionados con su actividad defiscalización, control, adecuación ambiental y con su facultadsancionatoria.

COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL JUDICIAL

ARTÍCULO 37.- La COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL JUDICIAL depende dela DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar y supervisar la representación de la ACUMAR en las acciones judiciales en que sea parte.

b) Coordinar las tareas de los letrados que asuman la representación del Organismo.

c) Intervenir con responsabilidad primaria en la representación judicial de la ACUMAR.

d) Ejecutar judicialmente las medidas administrativas adoptadas enprevención, saneamiento, recomposición y utilización racional derecursos naturales, necesarios para llevar a cabo el Plan Integral deSaneamiento Ambiental.

e) Interponer las medidas cautelares necesarias ante situaciones de peligro para el ambiente.

f) Mantener actualizada la base de resoluciones judiciales dictadas en el marco de las causas en las que la ACUMAR sea parte.

g) Elaborar y mantener actualizado el registro de juicios en que sea parte ACUMAR.

h) Efectuar la contestación de los oficios judiciales que se le dirijan al Organismo.

i) Promover el inicio de acciones judiciales para el cese o reparaciónde los daños ambientales producidos en jurisdicción de la CuencaMatanza Riachuelo, conforme a las instrucciones que imparta elPresidente de la ACUMAR.

COORDINACIÓN DE ASUNTOS LABORALES Y CONTRACTUALES

ARTÍCULO 38.- La COORDINACIÓN DE ASUNTOS LABORALES Y CONTRACTUALESdepende de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y tiene las siguientesfunciones:

a) Dictaminar respecto a los procedimientos de contrataciones en susaspectos jurídicos, analizando su adecuación a las normas legales ycontractuales aplicables.

b) Dictaminar respecto de la elaboración, modificación y rescisión delos contratos, re determinación de precios o convenios de cualquiernaturaleza.

c) Asesorar jurídicamente a las autoridades de la ACUMAR y dictaminaren los temas referidos a las relaciones laborales, en los aspectostécnicos-legales de las cuestiones planteadas en dicho ámbito y en lasdistintas alternativas en que se requiera apoyo.

COORDINACIÓN NORMATIVA

ARTÍCULO 39.- La COORDINACIÓN DE NORMATIVA depende de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS y tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar la recopilación, sistematización y actualización de las normas dictadas por la ACUMAR.

b) Participar en la elaboración de todo acto normativo de la ACUMAR yasistir en la elaboración de los mismos a aquellas áreas de la ACUMARque así lo soliciten.

c) Coordinar la identificación y recopilación de normas de lasjurisdicciones integrantes de la ACUMAR aplicables en el ámbito de laCuenca.

d) Asesorar jurídicamente sobre la aplicación de las normas de la ACUMAR.

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

ARTÍCULO 40.- La DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA depende de la PRESIDENCIA y tiene las siguientes funciones:

a) Planificar y supervisar los procedimientos administrativosvinculados con la gestión contable, económica, financiera y operativade la ACUMAR

b) Entender en las actividades relativas a la administración, el manejoy la custodia de fondos y valores, como así también todo lo relacionadocon las registraciones contables y presupuestarias, la preparación debalances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.

c) Entender y supervisar la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento del presupuesto de la ACUMAR.

d) Supervisar la formulación del anteproyecto de presupuesto.

e) Supervisar la elaboración del proyecto de plan anual de contrataciones de las distintas dependencias del Organismo.

f) Planificar y establecer mejoras e innovaciones relacionadas con la funcionalidad administrativa.

g) Organizar y supervisar las acciones relacionadas con losprocedimientos de registro y custodia de los bienes patrimoniales y conl organización, programación y prestación de los servicios auxiliaresnecesarios para el buen funcionamiento del Organismo.

h) Organizar y supervisar los procedimientos de compras y contrataciones.

i) Autorizar los procesos de compras y contrataciones y pagos de acuerdo con su competencia.

j) Elevar a la PRESIDENCIA los estados contables y el cierre anual del ejercicio económico.

k) Organizar y supervisar las actividades vinculadas a la administración de los recursos humanos asignados a la ACUMAR.

l) Entender en cualquier otro aspecto inherente a la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA.

ll) Realizar un informe anual de gestión.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 41.- La DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION depende de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA y tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar los procedimientos de las compras y contrataciones, servicios generales y mantenimiento.

b) Participar en la elaboración del proyecto de plan anual de contrataciones de las distintas áreas del Organismo.

c) Planificar, formular y establecer mejoras e innovaciones relacionadas con la funcionalidad administrativa.

d) Coordinar y supervisar los procedimientos de control del Inventario Patrimonial del Organismo.

e) Supervisar la prestación de los servicios generales y de mantenimiento.

COORDINACIÓN DE PATRIMONIO Y COMPRAS Y CONTRATACIONES

ARTÍCULO 42.- La COORDINACIÓN DE PATRIMONIO Y COMPRAS Y CONTRATACIONESdepende de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN y tiene las siguientesfunciones:

a) Planificar con las distintas áreas del Organismo la coordinación yorganización de la recepción de sus necesidades, con susespecificaciones técnicas, previendo los tiempos críticos para surealización.

b) Elaborar el proyecto de plan anual de contrataciones de las distintas dependencias del Organismo.

c) Ejecutar los procedimientos de compras y contrataciones, determinarla modalidad de contratación, elaborar los pliegos, efectuar losllamados correspondientes. Emitir órdenes de compras y demásactividades vinculadas a su competencia.

d) Gestionar la constitución de las garantías necesarias en los procedimientos de compras y contrataciones.

e) Dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Compras y Contrataciones de la ACUMAR.

f) Elaborar el inventario de bienes de la ACUMAR, relevamiento, codificación y su permanente actualización.

g) Contratación, control (en cuanto se refiere a la vigencia de lasmismas), seguimiento del pago de las pólizas de seguros necesarias parala cobertura de todos los riesgos que implican la adquisición y el usode todos los bienes muebles (máquinas y equipos técnicos; muebles yútiles; instalaciones; rodados; etc.) e Inmuebles de la ACUMAR.

h) Intervenir en forma directa en la acción previa y el desarrollo de toda gestión de compra o venta.

i) Informar de las actividades de la Coordinación a la COORDINACIÓN DECONTABILIDAD para su debida registración, brindando la colaboraciónnecesaria para el cumplimiento de sus fines.

COORDINACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES

ARTÍCULO 43.- La COORDINACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES depende de laDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN y tiene las siguientes funciones:

a) Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación deservicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de lasáreas y dependencias de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Ejercer acciones de apoyo técnico, en lo referente a los serviciosgenerales y al mantenimiento de los edificios y vehículospertenecientes a la ACUMAR.

c) Coordinar el servicio de seguridad de los edificios en los quedesarrolle su actividad la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo yorganizar el resguardo patrimonial de los bienes del Organismo.

d) Asegurar la adecuada aplicación en la legislación en materia de higiene y seguridad en el trabajo.

e) Planificar, organizar y dictar cursos de capacitación al personal dela ACUMAR en las disciplinas de control, prevención de riesgos deltrabajo y evacuación de edificios en coordinación con la DIRECCION DERECURSOS HUMANOS.

f) Participar en el asesoramiento, desde el punto de vista de la seguridad cuando sea requerido.

DIRECCIÓN DE FINANZAS

ARTÍCULO 44.- La DIRECCIÓN DE FINANZAS depende de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA y tiene las siguientes funciones:

a) Ejercer las competencias de carácter presupuestario, contable y financiero de la ACUMAR.

b) Intervenir y coordinar la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento del presupuesto de la ACUMAR.

c) Participar en la elaboración de proyectos normativos tendientes aasegurar la eficacia, transparencia y la eficiencia en la gestióneconómico financiera de la ACUMAR.

d) Supervisar e intervenir en todas las acciones inherentes a lascobranzas, pagos, depósitos y gestiones bancarias de la Entidad.

e) Ordenar y supervisar las registraciones contables y la posteriorelaboración de los balances contables, estados de ejecución yrendiciones de cuentas y gastos de la Entidad.

f) Elaborar informes periódicos de la gestión, formulando las observaciones y recomendaciones que considere necesarias.

g) Asistir al Director General en cualquier otro aspecto inherente a la DIRECCIÓN DE FINANZAS.

COORDINACIÓN DE CONTABILIDAD

ARTÍCULO 45.- La COORDINACIÓN DE CONTABILIDAD, depende de la DIRECCIÓN DE FINANZAS y tiene las siguientes funciones:

a) Organizar, coordinar y ejecutar las tareas administrativo-contablesnecesarias para la gestión económica - financiera de la ACUMAR.

b) Generar las órdenes de pago que respalden todos los egresos de la Entidad, previa autorización de la DIRECCIÓN DE FINANZAS.

c) Realizar el registro y contabilización de todas las operaciones dela ACUMAR (administración de cajas chicas, fondos rotarios; compras;pagos; débitos y créditos en cuentas corrientes bancarias; recaudación;etc.).

d) Realizar el registro y control de los movimientos de las cuentascorrientes bancarias de la ACUMAR a través de las conciliacionesbancarias.

e) Realizar el seguimiento de la apertura y rendiciones de las cajaschicas y fondos rotatorios existentes y remitirlas a la DIRECCIÓN DEFINANZAS para su aprobación.

f) Elaborar los estados contables y el cierre anual del ejercicioeconómico, para su posterior presentación ante los Organismos decontrol.

COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO, PLANIFICACIÓN FINANCIERA Y TESORERÍA

ARTÍCULO 46.- La COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO, PLANIFICACION FINANCIERAY TESORERIA depende de la DIRECCIÓN DE FINANZAS y tiene las siguientesfunciones:

a) Coordinar la planificación, elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto anual de la ACUMAR.

b) Asistir en el análisis de Ofertas de Financiamiento en Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales.

c) Asistir en el análisis de alternativas de financiamiento aplicables a Proyectos de Inversión de la ACUMAR.

d) Coordinar la instrumentación de alternativas de financiamiento, controlando su implementación.

e) Proponer y coordinar con las distintas áreas de la ACUMAR, laelaboración y ejecución del financiamiento de los proyectos deinversión.

f) Rendir cuentas documentadas de todas las erogaciones que se pagan por el Organismo.

g) Centralizar y registrar diariamente el movimiento de los ingresos defondos, títulos y valores que se hallen a su cargo y orden, y de losegresos que contra ellos se produzcan.

h) Ejecutar las órdenes de pago que respalden todos los egresos de laEntidad y emitir los cheques y las instrucciones de pago al Banco.

i) Realizar la proyecciones de flujos de fondos.

j) Efectuar las registraciones contables de ingreso y egreso de fondos y valores.

k) Asistir técnica y administrativamente a la DIRECCIÓN DE FINANZAS encuestiones destinadas a asegurar la eficacia y la eficiencia en lagestión económica financiera de la entidad.

l) Elaborar informes periódicos a solicitud de la DIRECCIÓN DE FINANZAS y de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

ARTÍCULO 47.- La DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, depende de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA y tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administraciónde los recursos humanos asignados a la Autoridad de Cuenca, de acuerdoa las normativas, reglamentación y disposiciones determinadas para elsector.

b) Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de lostemas laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos delpersonal con fundamento en la normativa aplicable, en todas lasactuaciones que se tramiten en el área, incluyendo los referentes a loscontratos de locación de servicios personales celebrados por elOrganismo.

c) Organizar el sistema de registración de antecedentes del personalmediante la elaboración de los legajos de cada agente y efectuar laguarda y custodia de estos.

d) Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento delplantel del Organismo, movimiento y asignación del personal,capacitación interna, de acuerdo a las pautas fijadas y criteriosestablecidos por la PRESIDENCIA.

e) Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin decontrolar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario yde las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar detrabajo por parte de los agentes, tomando intervención en elotorgamiento de permisos, comisiones y licencias.

f) Coordinar e implementar el Plan Anual de Capacitación y la Evaluación de Desempeño del personal.

g) Coordinar la aplicación del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO para elpersonal de la ACUMAR e intervenir en todas las cuestiones contenidasen dicho convenio.

h) Coordinar las funciones del servicio de higiene y seguridad en eltrabajo y medicina laboral, en cumplimiento de lo establecido por lasLeyes N° 19.587, N° 24.557, su reglamentación, y demás normascomplementarias en la materia.

COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

ARTÍCULO 48.- La COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL, depende dela DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y tiene las siguientes funciones:

a) Realizar la gestión administrativa y efectuar el control del régimende contrataciones del personal del Organismo, conforme la normativavigente.

b) Confeccionar y mantener actualizados los legajos únicos de personal,recibir e informar las novedades en relación con la situación de losagentes, realizar las certificaciones de servicios y trámitesnecesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.

c) Controlar y administrar la información referida al efectivocumplimiento y observación del régimen horario y de las normas deasistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por partede los agentes, gestionar el otorgamiento de permisos, comisiones ypedidos de licencias previstos por la normativa vigente.

d) Mantener el archivo de los antecedentes y contratos de prestadores de servicios personales.

e) Efectuar la liquidación de haberes de los agentes de la ACUMAR, laslocaciones de servicios y demás compensaciones que correspondan.

COORDINACIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL

ARTÍCULO 49.- La COORDINACIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL, depende de laDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar el Plan Anual de Capacitación y la Evaluación de Desempeño,a fin de promover el desarrollo de las competencias del personal alservicio de la ACUMAR, en el marco de la normativa vigente aplicable.

b) Realizar y promover actividades de capacitación y formación destinadas al personal del Organismo.

c) Promover la colaboración y asociación entre Instituciones yOrganismos gubernamentales y no gubernamentales para el intercambio desaberes y experiencias, así como para la difusión de las actividades decapacitación y el empleo mancomunado de recursos.

d) Certificar la asignación de créditos de capacitación, de acuerdo a la normativa vigente.

e) Desarrollar instrumentos para evaluar en forma periódica la calidady el impacto de la capacitación, a fin de dar cuenta de sucorrespondencia con las metas, objetivos y necesidades del Organismo yde la satisfacción de estándares y resultados.

DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL

ARTÍCULO 50.- La DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL depende de la PRESIDENCIAy tiene la misión de planificar la estrategia de las actividadesdestinadas al saneamiento ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo enlos aspectos relacionados con las obras de infraestructura, laadecuación ambiental, el control ambiental y la evaluación de impactoambiental de los establecimientos industriales, comerciales o deservicios y residenciales en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

ARTÍCULO 51.- La DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL tiene las siguientes funciones:

a) Entender en la planificación de los programas y proyectos de obras yservicios destinados al saneamiento ambiental de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

b) Elevar a consideración de la PRESIDENCIA los programas y proyectosdestinados al saneamiento ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo.

c) Impulsar la coordinación técnica de las distintas Direcciones en laimplementación del Plan Integral de Saneamiento Ambiental.

d) Entender en el Sistema de Indicadores de Gestión Ambiental del PlanIntegral de Saneamiento Ambiental y Proyecto de Desarrollo Sustentablede la Cuenca Matanza Riachuelo.

e) Entender en los programas, proyectos y actividades vinculados con lafiscalización y adecuación ambiental de los establecimientosindustriales, comerciales y de servicios en el ámbito de la CuencaMatanza Riachuelo.

f) Entender en los programas, proyectos y actividades vinculados en lagestión de residuos sólidos urbanos, residuos industriales, peligrososy especiales en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

g) Entender en la planificación de programas y proyectos del manejoracional de los recursos hídricos de la Cuenca Matanza Riachuelo.

h) Disponer las medidas preventivas del artículo 7° de la Ley N° 26.168.

i) Ordenar y supervisar las acciones desarrolladas por las áreas a su cargo.

j) Entender en los aspectos relacionados con la gestión administrativa y presupuestaria de las áreas a su cargo.

k) Asistir a la PRESIDENCIA de la ACUMAR en todo lo relacionado a su competencia.

l) Entender en la supervisión de los Estudio de Impacto Ambiental quese otorguen para todos los emprendimientos de relevancia que sedesarrollen en el ámbito de la Cuenca Matanza-Riachuelo.

ll) Realizar un informe anual de gestión.

DIRECCIÓN TÉCNICA

ARTÍCULO 52.- La DIRECCIÓN TÉCNICA depende de la DIRECCIÓN GENERALAMBIENTAL y tiene como misión dirigir los actos para un manejoambientalmente adecuado de los recursos hídricos en la Cuenca bajo unconcepto integral y un esquema que considere las distintas necesidadesde la sociedad, haciendo énfasis en aquellos sectores poblacionales quese encuentran en zonas de riesgo hídrico y de medición de calidad delagua, aire y suelo de la Cuenca Matanza Riachuelo así como ejecutar,intervenir y/o controlar obras de infraestructura y saneamientoambiental realizadas por la ACUMAR y las diferentes jurisdicciones oentidades en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene lassiguientes funciones:

a) Dirigir el sistema de medición de calidad del agua, suelo y aire de la Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Dirigir la labor de las Coordinaciones a su cargo con las diversasjurisdicciones y Organismos intervinientes en la Cuenca MatanzaRiachuelo en materia de calidad ambiental y manejo ambientalmenteadecuado de los recursos hídricos de la Cuenca.

c) Proponer y elevar a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL la actualización y modificación de estándares de emisión de contaminantes.

d) Organizar el sistema de indicadores de gestión ambiental del Plan Integral de Saneamiento Ambiental.

e) Desarrollar actividades de promoción del manejo racional de los recursos hídricos de la Cuenca.

f) Planificar y controlar la realización de los programas y proyectosde obras de infraestructura y de saneamiento ambiental en el ámbito dela Cuenca Matanza Riachuelo.

g) Intervenir en la planificación y seguimiento de los proyectos deobras de infraestructura y de saneamiento ambiental realizadas por lasdistintas jurisdicciones o entidades en el ámbito de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

h) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos, Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

i) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

j) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL

ARTÍCULO 53.- La COORDINACIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL depende de la DIRECCIÓN TÉCNICA y tiene las siguientes funciones:

a) Implementar y mantener en funcionamiento el sistema de medición decalidad del agua, suelo y aire en el ámbito de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

b) Producir y gestionar los informes provenientes del sistema demedición de calidad del agua, suelo, aire y biodiversidad en el ámbitode la Cuenca Matanza Riachuelo. Incorporar los resultados de losinformes mencionados en mapas georreferenciados.

c) Intervenir e informar fundadamente sobre proyectos y actividadesvinculadas con la medición de calidad del agua, aire y suelo que sedesarrollen en el ámbito de las distintas áreas de la ACUMAR referidasal Plan Integral de Saneamiento Ambiental o deotros proyectos ordenadospor la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL.

d) Evaluar y generar las propuestas de actualización y modificación deestándares de emisión de contaminantes y de aquellos no fijados por lasnormas para su elevación a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL.

e) Coordinar el sistema de indicadores de gestión ambiental del PlanIntegral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo.

f) Asistir a la Dirección en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE PLAN DE MANEJO HÍDRICO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO

ARTÍCULO 54.- La COORDINACIÓN DE PLAN DE MANEJO HÍDRICO DE LA CUENCAMATANZA RIACHUELO depende de la DIRECCIÓN TÉCNICA y tiene lassiguientes funciones:

a) Informar circunstanciada y fundadamente sobre todas las actividadesvinculadas al manejo hídrico de la Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Intervenir en los planes, programas o proyectos que involucren el manejo hídrico de la Cuenca Matanza Riachuelo.

c) Coordinar y participar en la elaboración de estudios en materiahídrica que aporten al mejor entendimiento funcional de la Cuenca.

d) Formular, gestionar y coordinar proyectos y actividades que aportena una concepción integral del manejo hídrico de la Cuenca.

e) Proponer y elevar propuestas de medidas no estructurales en la Cuenca Matanza Riachuelo en materia hídrica.

f) Implementar y mantener sistemas eficientes de generación de información y alerta temprana.

g) Colaborar en la elaboración de políticas o normas para la mejoradministración de los excedentes hídricos y la conservación de lasCuencas.

h) Contribuir en el monitoreo y evaluación de las acciones y proyectosdesarrollados por la ACUMAR, relacionados con las competencias propiasde esta Coordinación.

i) Asistir a la DIRECCIÓN en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA

ARTÍCULO 55.- La COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA depende de la DIRECCIÓN TÉCNICA y tiene las siguientes funciones:

a) Desarrollar los proyectos de obras de infraestructura y desaneamiento ambiental realizados por la ACUMAR en el ámbito de laCuenca Matanza Riachuelo.

b) Controlar la evolución de los proyectos de obras de infraestructuray de saneamiento ambiental realizados por la ACUMAR en el ámbito de laCuenca Matanza Riachuelo.

c) Efectuar el seguimiento de las obras de AySA, ABSA, de otrasempresas y Organismos de las distintas jurisdicciones, vinculadas a laCuenca Matanza Riachuelo.

d) Desarrollar propuestas de maximización de tratamiento de vertidos enlas obras proyectadas y en ejecución realizadas por AySA, ABSA, deotras empresas y Organismos de las distintas jurisdicciones.

e) Asistir a la DIRECCIÓN TÉCNICA en la materia de su competencia.

DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

ARTÍCULO 56.- La DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOSdepende de la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL y tiene la misión de promovere implementar estrategias comunes para la gestión integral de residuossólidos urbanos, residuos industriales, peligrosos, electrónicos yespeciales en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene lassiguientes funciones:

a) Diseñar estrategias comunes con las distintas jurisdicciones para lagestión integral de residuos sólidos urbanos, residuos industrialespeligrosos, electrónicos o especiales dentro del ámbito de la CuencaMatanza Riachuelo.

b) Diseñar, impulsar e implementar medidas que tiendan a la limpieza ypreservación de los espejos de agua del cauce principal y afluentes dela Cuenca Matanza Riachuelo.

c) Propiciar acciones de armonización normativa referida a la gestiónde residuos dentro del ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

d) Intervenir en la limpieza, remediación y puesta en valor de lossitios, el monitoreo ambiental y la rehabilitación del sitio para suuso como área verde, recreativa o comunitaria en el ámbito de la CuencaMatanza Riachuelo.

e) Impulsar la erradicación, limpieza y cierre de los basurales ilegales.

f) Impulsar medidas de prevención de formación de nuevos basurales y la reinserción de los ya intervenidos.

g) Desarrollar programas, proyectos y actividades de fortalecimiento delas capacidades técnicas de las jurisdicciones destinadas a laprestación eficiente de la gestión de residuos.

h) Desarrollar programas, proyectos y actividades, con lasjurisdicciones, destinados al aprovechamiento y/o reutilización de losrecursos contenidos en los residuos propiciando la incorporación almercado formal de las cooperativas de trabajo.

i) Desarrollar programas, proyectos y actividades que tiendan aminimizar la generación de residuos, su disposición inicial selectiva,la recolección diferenciada, la transferencia y tratamiento adecuado ysu disposición final residual y segura.

j) Participar en la elaboración de mecanismos de concientización en lapoblación de la Cuenca a efectos de la creación de ambientes saludablesy sustentables.

k) Supervisar la limpieza, recuperación y preservación de las márgenesde cursos de agua de la Cuenca Matanza Riachuelo, contribuyendo a larecomposición del ambiente y la mejora de la calidad de vida de sushabitantes.

l) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y Protocoloscelebrados por la ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

ll) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

m) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

ARTÍCULO 57.- La COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS depende dela DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS y tiene lassiguientes funciones:

a) Desarrollar e implementar estrategias comunes para la gestiónintegral de residuos domiciliarios, sólidos urbanos o equiparables aestos, en el territorio de la Cuenca Matanza Riachuelo, en el marco delPlan Integral de Saneamiento Ambiental.

b) Coordinar y participar en los proyectos y actividades vinculadas con el saneamiento ambiental de basurales.

c) Coordinar y participar en los proyectos y actividades destinadas a la erradicación y cierre de los basurales ilegales.

d) Implementar medidas para la prevención de formación de nuevos basurales y de reinserción de los ya intervenidos.

e) Intervenir en la implementación de programas, proyectos yactividades de fortalecimiento de las capacidades técnicas de lasjurisdicciones destinadas a la prestación eficiente de la gestión deresiduos.

f) Intervenir en la implementación de programas, proyectos yactividades, con las jurisdicciones, destinados al aprovechamiento y/oreutilización de los recursos contenidos en los residuos propendiendola incorporación al mercado formal de las cooperativas de trabajo.

g) Intervenir en la implementación de programas, proyectos yactividades que tiendan a minimizar la generación de residuos, sudisposición inicial selectiva, la recolección diferenciada, latransferencia y tratamiento adecuado y su disposición final residual ysegura.

h) Coordinar las acciones para la limpieza, recuperación y preservaciónde las márgenes de cursos de agua de la Cuenca Matanza Riachuelo,contribuyendo a la recomposición del ambiente y la mejora de la calidadde vida de sus habitantes.

i) Prevenir la formación de microbasurales y puntos de arrojo en lasorillas de cursos de agua de la Cuenca Matanza Riachuelo, así como eldesplazamiento de residuos hacia los espejos de agua, mediante lalimpieza y mantenimiento de las márgenes.

j) Fomentar el empleo local en el servicio de recolección formal deresiduos (en pasillos), a partir de un sistema que garantice larecolección y limpieza de los barrios no incluidos en la gestión dehigiene urbana, evitando la proliferación de basura y la formación depuntos de arrojo o microbasurales clandestinos.

k) Asistir a la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS en el ámbito de su competencia.

COORDINACIÓN DE PROYECTOS DE RESIDUOS SÓLIDOS

ARTÍCULO 58.- La COORDINACIÓN DE PROYECTOS DE RESIDUOS SÓLIDOS dependede la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS y tiene lassiguientes funciones:

a) Diseñar, proyectar y poner en marcha nuevos programas de gestiónpara resolver problemas vinculados a Residuos Sólidos Urbanos.

b) Coordinar operaciones de limpieza de basurales con Municipios, CEAMSE u otra entidad competente.

c) Proyectar, coordinar e inspeccionar las acciones promovidas por laCoordinación. Recopilar y compartir la información obtenida en lasmismas.

d) Diseñar, impulsar e implementar medidas que tiendan a la limpieza ypreservación de los espejos de agua del cauce principal y afluentes dela Cuenca Matanza Riachuelo.

e) Articular nuevos proyectos con la COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA.

f) Asistir a la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS en el ámbito de su competencia.

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 59.- La DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTALdepende de la DIRECCIÓN GENERA AMBIENTAL y tiene la misión de dirigirlos actos vinculados con la fiscalización, planes de adecuaciónambiental y control de los mismos, e instar el procedimientosancionatorio de los establecimientos industriales, comerciales y deservicios del ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene lassiguientes funciones:

a) Entender en el empadronamiento de los establecimientos industriales,comerciales o de servicios en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachueloy su clasificación de acuerdo a la tipificación establecida en lareglamentación correspondiente.

b) Desarrollar las acciones tendientes a la utilización racional de losrecursos naturales, a la preservación y restauración del equilibrioecológico, así como al desarrollo de las actividades de losestablecimientos industriales, comerciales o de servicios en el ámbitode la Cuenca Matanza Riachuelo.

c) Entender en las acciones de fiscalización y adecuación ambiental delos establecimientos industriales, comerciales o de servicios en elámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo, instando el procedimientosancionatorio en los casos que corresponda.

d) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.e) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

f) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN

ARTÍCULO 60.- La COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN depende de la DIRECCIÓNDE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL y tiene las siguientesfunciones:

a) Adoptar y coordinar todas las acciones de fiscalización y control delos establecimientos industriales, comerciales y de servicios o cuyasactividades produzcan efluentes líquidos, residuos sólidos o emisionesgaseosas que se encuentren radicados en el ámbito de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

b) Realizar e impulsar informes, recomendaciones y todas las gestionesadministrativas, tendientes al efectivo y acabado cumplimiento de losprocedimientos de fiscalización y control, así como de aquellostrámites administrativos relacionados con las funciones a su cargo; einstar el procedimiento sancionatorio en los casos que corresponda.

c) Proponer los procedimientos a utilizar para el efectivo control dela normativa vigente en materia de prevención de la contaminación.

d) Participar en la determinación y aplicación de las medidas preventivas que la ACUMAR adopte.

e) Planificar y realizar inspecciones, teniendo en cuenta prioridadesde acción, en función de situaciones de peligro para el ambiente o loshabitantes de la Cuenca.

f) Entender en las medidas que la ACUMAR lleve a cabo a fin deidentificar la totalidad de los establecimientos industriales,comerciales o de servicios radicados en la Cuenca.

g) Mantener actualizado en el sistema de gestión de fiscalización, lainformación referida a los establecimientos industriales, comerciales ode servicios.

h) Adoptar las acciones necesarias para la identificación de pasivos ambientales en la Cuenca.

i) Supervisar el funcionamiento del equipo de inspectores a su cargo.

j) Asistir a la DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE ADECUACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 61.- La COORDINACIÓN DE ADECUACIÓN AMBIENTAL depende de laDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL y tiene lassiguientes funciones:

a) Promover las acciones tendientes a contribuir con el desarrollosustentable por parte de establecimientos industriales, comerciales o dservicios, a través del uso racional de los recursos naturales yenergéticos, así como de las materias primas.

b) Adoptar y coordinar todas las acciones relacionadas con elprocedimiento de evaluación, aprobación y control de los Planes deAdecuación Ambiental presentados e instar el procedimientosancionatorio en los casos que corresponda.

c) Instar a los establecimientos para la adopción de medidasencaminadas a la prevención, reducción, eliminación de la contaminacióny de los riesgos ambientales, procedentes de las actividadesindustriales, comerciales o de servicios.

d) Incentivar la mejora del desempeño ambiental de los establecimientosindustriales, comerciales o de servicios teniendo en cuenta susaspectos técnicos, sociales y económicos.

e) Efectuar el seguimiento y control del cumplimiento de los objetivosy plazos de los planes integrales de actividades presentados de acuerdoa la normativa vigente.

f) Producir informes, recomendaciones y todo otro acto conducente parala prosecución de los Planes de Adecuación Ambiental, incluyendoaquellos que versen sobre el incumplimiento por parte de losestablecimientos industriales, comerciales o de servicios de los planesde actividades presentados.

g) Aprobar los Planes para el saneamiento de los pasivos ambientalesdetectados así como los monitoreos periódicos a ser implementados.

h) Controlar el cumplimiento de los planes de saneamiento y monitoreos aprobados.

i) Controlar la ejecución de las medidas que la ACUMAR determineadoptar como consecuencia de los incumplimientos en que incurran lossujetos obligados.

j) Intervenir en la tramitación del otorgamiento de aportes noreembolsables o incentivos económicos de conformidad con lo establecidopor la normativa vigente.

k) Mantener actualizado en el sistema de gestión de adecuaciónambiental la información referida a los establecimientos industriales,comerciales o de servicios.

l) Asistir a la DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y ADECUACIÓN AMBIENTAL en la materia de su competencia.

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL

ARTÍCULO 62.- La DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIALdepende de la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL y tiene la misión de prevenire identificar los efectos ambientales y sociales que puede ocasionar unproyecto, actividad, obra o emprendimiento público o privado, en elámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene las siguientes funciones:

a) Establecer los procedimientos técnicos - administrativos destinadosa identificar, interpretar, prevenir o recomponer los efectos de corto,mediano y largo plazo sobre componentes de los medios físico,biológico, cultural y social que puedan ocasionar un proyecto,actividad, obra o emprendimiento público o privado.

b) Evaluar y opinar sobre los estudios de impacto ambiental y social enel marco de las solicitudes de Certificados de Aptitud Ambiental, endiálogo con las Autoridades de Aplicación con competencia en provinciade Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda.

c) Participar en el desarrollo y seguimiento de los planes de manejo deáreas protegidas fomentando el manejo sostenible de los recursosnaturales vivos y los servicios ecosistémicos mediante la adopción deprácticas que integren las necesidades de la conservación. Proteger elpatrimonio histórico y cultural de los impactos adversos de lasactividades del proyecto y apoyar su conservación.

d) Impulsar procedimientos de consultas o audiencias públicas, cuandosea oportuno, para la autorización de aquellos proyectos y/oactividades que puedan generar efectos significativos negativos sobreel ambiente y la salud de la población.

e) Colaborar en la integración de la información de base y diagnósticode los componentes de la Cuenca, de manera de contar con unacomprensión abarcativa de la interacción entre los factores bióticos yabióticos, sociales y culturales involucrados, identificando áreaambientalmente sensibles y/o socialmente vulnerables.

f) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

g) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

h) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL AMBIENTAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

ARTÍCULO 63.- La COORDINACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL depende de laDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL y tiene lassiguientes funciones:

a) Revisar Estudios de Impacto Ambiental y Social, en el marco delproceso de licenciamiento, elaborando opiniones e informes técnicosambientales respecto a calidad de la información, revisión devaloración de impactos y, si fuera necesario, propuesta de medidas demanejo complementarias y/o necesidad de buscar alternativas de proyecto.

b) Colaborar en la integración de información de base de ACUMAR (consolidación de información de líneas de base y mapeo).

c) Identificar áreas sensibles en base a componentes ambientales(humedales, recursos hídricos, biodiversidad, servicios ecosistémicos,áreas protegidas y otros).

d) Participar en la definición de planes de manejo de áreas protegidas y/o sensibles.

e) Dar apoyo y asistencia a otras Direcciones y Coordinaciones que lo necesiten, en materia de gestión de impactos ambientales.

f) Asistir a la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE IMPACTO SOCIOECONÓMICO

ARTÍCULO 64.- La COORDINACIÓN DE IMPACTO SOCIOECONÓMICO depende de laDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL y tiene lassiguientes funciones:

a) Revisar Estudios de Impacto Ambiental y Social, en el marco delproceso de licenciamiento, elaborando opiniones e informes técnicossociales respecto a calidad de la información, revisión de valoraciónde impactos y, si fuera necesario, propuesta de medidas de manejocomplementarias y/o necesidad de buscar alternativas de proyecto.

b) Promover la participación de las partes interesadas, con especial foco en las comunidades afectadas.

c) Participar en la integración de información de base de ACUMAR (consolidación de información de líneas de base y mapeo).

d) Identificar áreas sensibles en base a componentes sociales (grupos vulnerables, riesgos a la salud y otros).

e) Dar apoyo y asistencia a otras Direcciones y Coordinaciones deACUMAR que lo necesiten, en materia de gestión de impactossocioeconómicos.

f) Asistir a la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL en la materia de su competencia.

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL

ARTÍCULO 65.- La DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL dependede la PRESIDENCIA y tiene la misión de impulsar el desarrollo urbanointegral y sostenible mediante un sistema armónico de ordenamientoterritorial, la promoción de mecanismos sustentables orientados alograr la mejora de la salud ambiental, el desarrollo de herramientasde participación social y fortalecimiento comunitario e institucional,y la promoción de actividades de concientización y educación ambientalen el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

ARTÍCULO 66.- La DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL tiene las siguientes funciones:

a) Intervenir en la planificación de todos los aspectos vinculados alordenamiento territorial con la colaboración de áreas técnicas deimpacto ambiental, social y sanitario.

b) Fomentar la implementación de marcos normativos armónicos entre lasdistintas jurisdicciones en materia de uso de suelo en el territorio dela Cuenca Matanza Riachuelo.

c) Contribuir a una estructura de funcionamiento global de la CuencaMatanza Riachuelo, procurando generar la coordinacióninterjurisdiccional entre la Nación, la Provincia de Buenos Aires, laCiudad Autónoma de Buenos Aires y los Municipios actuandoarticuladamente con el CONSEJO MUNICIPAL.

d) Planificar y formular los programas, proyectos y planes destinados ala mejora de la salud de los habitantes de la Cuenca Matanza Riachueloen situación de vulnerabilidad.

e) Promover —en interacción con la COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL— elfortalecimiento social a nivel territorial de todas las organizacionesy, principalmente, de aquellas vinculadas a la causa medioambientalpara acompañar la planificación, la formulación e implementación de losprogramas, proyectos, actividades y acciones de ordenamientoterritorial.

f) Planificar y formular los programas, proyectos y actividades deinformación, concientización y educación ambiental dirigidos a loshabitantes de la Cuenca Matanza Riachuelo.

g) Supervisar las acciones necesarias en relación a la seguridad yprevención en el trabajo de campo de esta dirección, coordinándose conlas distintas fuerzas de Seguridad y organismos oficiales conincumbencias en el ámbito de la cuenca Matanza Riachuelo.

h) Asistir a la PRESIDENCIA en todo lo relacionado a su competencia.

i) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

j) Gestionar el sistema de información geográfico de la Cuenca Matanza Riachuelo.

k) Articular las acciones necesarias en relación a la seguridad yprevención en el trabajo de campo de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓNPOLÍTICA Y SOCIAL, coordinándose con las distintas fuerzas de Seguridady organismos oficiales con incumbencias en el ámbito de la cuencaMatanza Riachuelo.

l) Instar acciones de formación, información, difusión y cooperación que coadyuven al cumplimiento de sus funciones.

ll) Realizar un informe anual de gestión.

DIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO E INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 67.- La DIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO EINSTITUCIONAL depende de la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA YSOCIAL y tiene la misión de favorecer el desarrollo urbano sosteniblemediante estrategias que contemplen los criterios subjetivos de loshabitantes de la Cuenca Matanza Riachuelo y, a la vez, contribuir a lacoordinación interjurisdiccional de las funciones de la DirecciónGeneral. Tiene las siguientes funciones:

a) Participar en el diseño del Plan anual de actividades deinterrelación con los distintos actores de la sociedad civil en elámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Coordinar y gestionar junto con las estructuras municipales,acciones orientadas al fortalecimiento institucional a los fines dealcanzar los objetivos del Plan Integral de Saneamiento Ambiental.

c) Favorecer la coordinación interjurisdiccional entre la Nación, laProvincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y losMunicipios actuando articuladamente con el CONSEJO MUNICIPAL paradesarrollar estrategias transversales, intersectoriales, eintrasectoriales.

d) Participar en el desarrollo de estrategias territoriales con lasdistintas jurisdicciones a los fines de mejorar la calidad de vida delos habitantes de la Cuenca Matanza Riachuelo.

e) Acompañar a la Dirección de Ordenamiento Territorial en la creaciónde espacios de participación y deliberación social para acompañar elproceso armónico del ordenamiento territorial.

f) Favorecer acciones que contribuyan a fortalecer la organización ycompromiso barrial, en interacción con la Comisión de ParticipaciónSocial y la Coordinación de Intervención Social.

g) Promover la formación, capacitación y actividades desensibilización, concientización y educación en la población de laCuenca a efectos de la creación de ambientes saludables y sustentables.

h) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

i) Participar en la evaluación del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

j) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.

DIRECCIÓN DE SALUD y EDUCACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 68.- La DIRECCIÓN DE SALUD Y EDUCACIÓN AMBIENTAL depende de laDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLITICA Y SOCIAL y tiene la misión dedirigir los actos vinculados con la implementación y gestión del PlanSanitario de Emergencia de la Cuenca Matanza Riachuelo, así como deotros vinculados con la mejora de la salud y la educación ambiental dela población de la Cuenca Matanza Riachuelo. Tiene las siguientesfunciones:

a) Coordinar la implementación del Plan Sanitario de Emergencia y controlar su ejecución.

b) Analizar la información generada en los centros de gestión deinformación regional, local y de las unidades sanitarias ambientales alos fines de efectuar las recomendaciones e intervenciones necesarias.

c) Proponer a la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL un plande concientización y educación para la población dentro del ámbito dela Cuenca Matanza Riachuelo.

d) Promover y elaborar la suscripción de Convenios, Acuerdos y/oProtocolos celebrados por la ACUMAR, en el marco de las misiones yfunciones de la Dirección.

e) Participar en la elaboración del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

f) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.

g) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

h) Coordinar y controlar la gestión sanitaria ambiental a través de unsistema de indicadores relevantes de proceso, resultados y de impacto.

i) Monitorear líneas de investigación en materia de EpidemiologíaAmbiental para delimitar áreas básicas de intervención socio ambiental.

j) Desarrollar guías, protocolos y recomendaciones en materia de salud ambiental basadas en la evidencia científica.

k) Conformar un sistema de Red de Salud Ambiental.

l) Articular con Jurisdicciones municipales, provinciales y nacionalespara los abordajes sanitarios ambientales, desarrollando estrategiastransversales, intersectoriales, e intrasectoriales.

ll) Intervenir en la definición de protocolos, procesos administrativosy flujos de información en el marco de la normativa aplicable.

m) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL

ARTÍCULO 69.- La COORDINACIÓN DE SALUD AMBIENTAL depende la DIRECCIÓNDE SALUD y EDUCACIÓN AMBIENTAL y tiene las siguientes funciones:

a) Implementar el programa de salud ambiental.

b) Elaborar, coordinar y controlar los Programas Sanitarios Ambientalesregionalizados en materia de salud ambiental, en articulación con lasjurisdicciones locales teniendo en cuenta la planificación sanitaria dela Dirección de Salud y Educación Ambiental.

c) Elaborar y organizar un sistema de Registro Epidemiológico y basesde datos de patologías detectadas para colaborar en la elaboración deinformes de acceso público, además de contribuir a los registrosexistentes a nivel Nacional, Provincial y Municipal.

d) Elaborar un sistema eficiente para la formación continua del personal de salud en materia de salud ambiental.

e) Identificar e interactuar con las redes existentes de los sistemasde salud para la detección, diagnóstico y seguimiento de casosvinculados con problemáticas ambientales.

f) Elaborar planes de evaluación que contribuyan a la mejora de las intervenciones socio sanitarias ambientales.

g) Asistir a la DIRECCIÓN DE SALUD y EDUCACIÓN AMBIENTAL en todo lo relacionado en materia a su competencia.

COORDINACIÓN DE PATRIMONIO, CULTURA Y EDUCACIÓN SOCIOAMBIENTAL

ARTÍCULO 70.- La COORDINACIÓN DE PATRIMONIO, CULTURA Y EDUCACIÓNSOCIOAMBIENTAL depende la DIRECCIÓN DE SALUD y EDUCACIÓN AMBIENTAL ytiene las siguientes funciones:

a) Implementar, actualizar y mantener un registro de Institucioneseducativas situadas en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Diseñar y desarrollar un plan de prevención, concientización yeducación medio ambiental considerando las recomendaciones de laDirección de Salud y Educación Ambiental.

c) Participar en el diseño, planificación y difusión de materialeducativo y de concientización como soporte de actividades desensibilización de la problemática ambiental de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

d) Desarrollar e implementar proyectos y actividades con la comunidadeducativa sobre la problemática ambiental de la Cuenca MatanzaRiachuelo en articulación con Jurisdicciones municipales, provincialesy nacionales.

e) Intervenir en la formulación participativa de proyectos yactividades de concientización de la problemática ambiental,conjuntamente con las DIRECCIONES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y deFORTALECIMIENTO COMUNITARIO E INSTITUCIONAL.

f) Desarrollar e implementar proyectos y actividades de promoción yexpresiones culturales dentro de la Cuenca Matanza Riachuelo.

g) Desarrollar acciones de preservación, promoción, divulgación ydifusión de la cultura y el patrimonio histórico de la Cuenca MatanzaRiachuelo.

h) Asistir a la Dirección en la materia a su competencia.

DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

ARTÍCULO 71.- La DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL depende de laDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL y tiene la misión depromover acciones conducentes al ordenamiento territorial teniendo encuenta los aspectos de la realidad regional, dirigir los proyectos enmateria de relocalización y urbanización de villas, asentamientosprecarios, recuperación de espacios públicos y forestación, en pos dela mejora de la calidad ambiental de la Cuenca. Tiene las siguientesfunciones:

a) Planificar y formular proyectos en materia de relocalización yurbanización de villas y asentamientos precarios, forestación, puestaen valor y recuperación de espacios públicos apoyándose en los estudiosde impacto de la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.

b) Interactuar con la DIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO EINSTITUCIONAL y con la DIRECCIÓN DE SALUD Y EDUCACIÓN AMBIENTAL en eldesarrollo de mecanismos de concientización en la población de laCuenca a efectos de la creación de ambientes saludables y sustentables.

c) Desarrollar y planificar acciones conducentes al ordenamientoterritorial teniendo en cuenta todos los aspectos de la realidadregional en la Cuenca Matanza Riachuelo.

d) Participar en la elaboración de regímenes normativos y en lainstrumentación jurídico-administrativa del ordenamiento territorial.

e) Promover lineamientos de modificación y/o armonización de las normasy planes municipales de uso del suelo, ocupación y urbanización, através de la articulación institucional, conforme un patrón deurbanización sustentable.

f) Participar en el desarrollo de programas de planificación y en cuestiones relacionadas con la zonificación.

g) Promover la protección de áreas ecológicamente estratégicas.

h) Intervenir en los proyectos de ordenamiento del área del ex PoloPetroquímico, hoy Puerto Dock-Sud, Villa Inflamable y de otras áreas dela Cuenca.

i) Coordinar acciones entre las diversas jurisdicciones y Organismosque intervienen en los procesos de cumplimiento del Plan deUrbanización de Villas y Asentamientos precarios en riesgo ambiental dela Cuenca Matanza Riachuelo.

j) Controlar la evolución de los Convenios, Acuerdos y/o Protocoloscelebrados por ACUMAR en el marco de las misiones y funciones de laDirección.

k) Participar en la elaboración del plan anual de compras y en la formulación del presupuesto.

l) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL en la materia de su competencia.

COORDINACIÓN DE HÁBITAT Y PLANEAMIENTO URBANO

ARTÍCULO 72.- La COORDINACIÓN DE HÁBITAT Y PLANEAMIENTO URBANO dependede la DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y tiene las siguientesfunciones:

a) Desarrollar propuestas y elevarlas a consideración de la Direcciónen materia de ordenamiento territorial teniendo en cuenta todos losaspectos de la realidad regional, en la Cuenca Matanza Riachuelo.

b) Proponer a la Dirección acciones específicas tendientes a lamodificación de las normas y planes municipales de uso del suelo yurbanización, a través de la articulación institucional y con miras ala mejora de la calidad ambiental de la Cuenca y la ocupación del sueloconforme un patrón de urbanización sustentable.

c) Elevar a la Dirección proyectos de planificación y hábitat en cuestiones relacionadas a la zonificación.

d) Proponer y ejecutar acciones tendientes a la protección de las áreas ecológicamente estratégicas.

e) Participar en los proyectos relacionados con el área del ex PoloPetroquímico, hoy Puerto Dock-Sud, Villa Inflamable y de otras áreas dela Cuenca.

f) Participar en los procesos de ejecución del Plan de Urbanización deVillas y Asentamientos precarios en riesgo ambiental de la CuencaMatanza Riachuelo y verificar su avance.

g) Participar en la implementación de planes de ejecución de soluciones habitacionales y servicios urbanos.

h) Asistir a la DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL en todo lo relacionado en materia a su competencia.

COORDINACIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL

ARTÍCULO 73.- La COORDINACIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL depende de laDIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL y tiene las siguientes funciones:

a) Ejecutar acciones de organización comunitaria en materia derelocalización y/o urbanización de villas y asentamientos precarios.

b) Colaborar —conjuntamente con la DIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTOCOMUNITARIO E INSTITUCIONAL— en acciones tendientes al fortalecimientosocial, la organización y compromiso barrial para difundir las accionesdesarrolladas en pos de la mejora de la calidad de vida de loshabitantes de la Cuenca.

c) Proponer a la Dirección la implementación de proyectos y accionesque prevean la mejora en la calidad de vida de los habitantes de laCuenca.

d) Participar en la elaboración de planes y acciones en materia deforestación, puesta en valor y recuperación de espacios públicoslocales.

e) Asistir a la DIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL en todo lo relacionado en materia a su competencia.

UNIDAD DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS

ARTÍCULO 74.- La UNIDAD DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS tiene como misiónsustanciar todo lo vinculado con los sumarios administrativos einformaciones sumarias que ordene instruir el Presidente de laAutoridad Cuenca Matanza Riachuelo. Depende de la PRESIDENCIA y tiene asu cargo:

a) Instruir los sumarios e informaciones sumarias con el objeto dedeterminar la responsabilidad disciplinaria —exista o no perjuiciofiscal— de los agentes de la ACUMAR.

b) Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionariocompetente formule las denuncias que correspondieren, en los casos enque se advierta la existencia de hechos que en principio, revistierenlas características externas de delitos de acción pública.

c) Supervisar la recopilación de los informes y la documentaciónnecesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidadpatrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes elejercicio de las acciones de recupero.

d) Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que,tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a un sumario.

e) Llevar un registro unificado del estado de trámite de la totalidad de los sumarios de la ACUMAR.

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

ARTÍCULO 75.- La UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA depende de la PRESIDENCIA.

Son funciones de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA:

a) Contribuir al funcionamiento y mejora continua institucionalmediante el mantenimiento de un adecuado Sistema de Control Interno encumplimiento de la normativa aplicable a la materia.

b) Realizar auditorías administrativo-contables, legales, operativas,de sistemas de gestión, de procesos internos y socio-ambientalesproporcionando informes y recomendaciones autónomas para el adecuadofuncionamiento institucional de la ACUMAR.

c) Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría o Plan Global y el PlanAnual de Trabajo conforme a las Normas de Auditoría Interna, el Manualde Control Interno, los lineamientos y procedimientos internos de laUnidad de Auditoría.

d) Tomar conocimiento integralmente de las acciones y programas desarrollados por la ACUMAR.

e) Comunicar al CONSEJO DIRECTIVO, al Presidente de la ACUMAR y a laSINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) los desvíos que se detectencon las observaciones y recomendaciones que se formulen, remitiéndoleslos informes correspondientes.

f) Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas a las distintas áreas de la ACUMAR.

g) Evaluar el cumplimiento del Plan Estratégico, el Plan Anual de laAuditoría Interna y las auditorías desarrolladas por la UNIDAD DEAUDITORÍA INTERNA.

h) Examinar y evaluar la información relativa al impacto de laspolíticas públicas, producidas por los responsables de cada uno de losprogramas y proyectos de la ACUMAR.

i) Elaborar la evaluación del personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

j) Promover convenios con Organismos Estatales, Universidades yOrganizaciones de la Sociedad Civil con el objeto de llevar a caboauditorías de acuerdo a lo determinado en el Plan Estratégico deAuditoría y la Planificación Anual.

k) Elaborar Informes de Auditorías en conjunto con la SINDICATURAGENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN), y las Unidades de Auditorías de ControlInterno, el CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y laSINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (SGCBA).

l) Emitir el Informe de Gestión Anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ADJUNTA

ARTÍCULO 76.- La UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ADJUNTA depende de laUNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Colaborar con el Auditor Interno en la formulación de la planificación anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

b) Asistir al Auditor Interno en el control de la ejecución del PlanAnual de Auditoría, detectando eventuales desviaciones, a fin deformular los ajustes correspondientes.

c) Asistir al Auditor Interno en la elaboración de las auditoríasadministrativo-contables, legales, operativas, de sistemas de gestión,de procesos internos y socio-ambientales proporcionando informes yrecomendaciones autónomas para el adecuado funcionamiento institucionalde la ACUMAR.

d) Supervisar las tareas de los equipos de auditorías actuantes en cadaproyecto, verificando el adecuado cumplimiento de los respectivosprogramas de trabajo.

e) Corroborar los papeles de trabajo elaborados por los equipos de auditoría de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

f) Supervisar las tareas de seguimiento de las observaciones y recomendaciones formuladas por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

g) Reemplazar al Auditor Interno en caso de ausencia en el ejercicio de sus funciones.

h) Desarrollar criterios de selección temáticos para capacitar alpersonal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y para su constanteactualización.

ANEXO II

e. 02/02/2017 N° 5771/17 v. 02/02/2017

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica