Disposición 1/2017

Regimen De Reemplazos - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Regimen De Reemplazos - Modificacion

Modificar el regimen de reemplazos para casos de ausencias o impedimentos del director de la direccion de control de monotributo dependiente de la subdireccion general de tecnico legal de los recursos de la seguridad social.

Id norma: 271497 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 33559

Fecha boletin: 03/02/2017 Fecha sancion: 31/01/2017 Numero de norma 1/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion Gral De Tecnico Legal De Los Recursos De La Seg Ver Disposiciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICO LEGAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Disposición 1/2017

Asunto: S/Modificación de Régimen de Reemplazos en el ámbito de laSubdirección General de Técnico Legal de los Recursos de la SeguridadSocial.

Buenos Aires, 31/01/2017

VISTO, las necesidades funcionales de esta Subdirección General, y

CONSIDERANDO:

Que por razones de índole funcionales surge la necesidad de modificarel Régimen de Reemplazos para casos de ausencias o impedimentos delDirector de la Dirección de Control de Monotributo dependiente de laSubdirección General de Técnico Legal de los Recursos de la SeguridadSocial.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N°487/07 (AFIP) y sus modificaciones, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE TÉCNICO LEGAL DE LOS RECUSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Modificar el Régimen de Reemplazos para casos deausencias o impedimentos del Director de la Dirección de Control deMonotributo dependiente de la Subdirección General de Técnico Legal delos Recursos de la Seguridad Social el que queda establecido en elorden que seguidamente se indica:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTE (en el orden que se indica)

DIRECCCIÓN DE CONTROL DE MONOTRIBUTODIVISIÓN FISCALIZACIÓNMONOTRIBUTO SURDIVISIÓN FISCALIZACIÓNMONOTRIBUTO NORTE

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Dirección de Personal, a laDirección de Control de Monotributo, publíquese, dése a la DirecciónNacional de Registro Oficial y archívese. — Ruben Javier de Matías.

e. 03/02/2017 N° 5378/17 v. 03/02/2017

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