Disposición E 42/2017

Adenda Al Convenio De Complementacion De Servicios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Adenda Al Convenio De Complementacion De Servicios

Establecese a partir del 6 de febrero de 2017 la entrada en vigencia de la adenda al convenio de complementacion de servicios de fecha 10 de noviembre de 1991 suscripta entre la direccion nacional de los registros nacionales de la propiedad del automotor y de creditos prendarios y la municipalidad de santa fe de la vera cruz, provincia de santa fe, con fecha 16 de mayo de 2016.

Id norma: 271611 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33561

Fecha boletin: 07/02/2017 Fecha sancion: 02/02/2017 Numero de norma 42/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nac.De La Prop.Automotor Y Cred.Prendario Ver Disposiciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 42-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2017

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre laMUNICIPALIDAD DE SANTA FE, provincia de Santa FE y la entoncesSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LANACIÓN el 10 de Noviembre de 1991 y su Adenda suscripta entre laDIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DELAUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS y la MUNICIPALIDAD DE SANTA FE DE LAVERA CRUZ con fecha 16 de Mayo de 2016 registrada bajo el número M.J. yD.H. Nº 433/16, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto del Convenio de Complementación de Servicios seimplementó en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotorde la Ciudad de SANTA FE el sistema de liquidación y cobro del Impuestode Patente Única sobre Vehículos y Actas de Infracción correspondientesa esa jurisdicción.

Que posteriormente mediante la adenda a dicho Convenio mencionada en elVisto, se procedió, por una parte, a la incorporación de los RegistrosSeccionales de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva enMotovehículos como agentes de percepción del impuesto Patente Únicasobre Vehículos, a cuyo efecto y para tornarse operativo, laMUNICIPALIDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, provincia de SANTA FE deberádesignar a los mismos como agentes de percepción de dicho tributo.

Que por otro parte, y por conducto de dicha Adenda además laMunicipalidad se comprometió a designar a los Encargados de losRegistros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los concompetencia Exclusiva en Motovehículos como Agentes de Información yControl del “Derecho de Mantenimiento por el uso de la Red VialMunicipal”.

Que en su Cláusula Novena el mencionado acuerdo establece que lasprevisiones contenidas en la misma entrarán en vigencia cuando así lodisponga esta Dirección Nacional.

Que con la finalidad de tornar operativas las mencionadas previsionesel Intendente de la Ciudad de SANTA FE DE LA VERA CRUZ dictó laResolución N° 421 de fecha 26 de diciembre de 2016 mediante la cual laMunicipalidad de esa Ciudad designó a los Encargados de los Registrosmencionados como Agentes de Información y Control del “Derecho deMantenimiento por el uso de la Red Vial Municipal”.

Que en ese marco, resulta menester disponer la vigencia de la Adenda alConvenio de Complementación de Servicios celebrado el 10 de noviembrede 1991 limitada al carácter correspondiente a la designación efectuada.

Que, en una primera etapa, el control del “Derecho de Mantenimiento porel Uso de la Red Vial” procederá en los Registros Seccionales de laPropiedad Automotor y en los con Competencia Exclusiva en Motovehículosúnicamente respecto del trámite de transferencia tanto de automotorescomo motovehículos.

Que en consecuencia, resulta menester facultar al DEPARTAMENTO DETRIBUTOS Y RENTAS de esta DIRECCION NACIONAL a dictar los instrumentosnecesarios que regularán los procedimientos específicos en lajurisdicción impositiva alcanzada.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Establécese a partir del 6 de Febrero de 2017 la entradaen vigencia de la Adenda al Convenio de Complementación de Servicios defecha 10 de noviembre de 1991 suscripta entre la DIRECCIÓN NACIONAL DELOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOSPRENDARIOS y la MUNICIPALIDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, provincia deSANTA FE, con fecha 16 de Mayo de 2016.

ARTÍCULO 2° — A partir de esa fecha los Encargados de los RegistrosSeccionales de la Propiedad del Automotor y los con CompetenciaExclusiva en Motovehículos de la Ciudad de SANTA FE DE LA VERA CRUZactuarán como Agentes de Información y Control del “Derecho deMantenimiento por el uso de la Red Vial Municipal”.

ARTÍCULO 3º — En una primera etapa y a partir de esa fecha, seráobligatoria la actuación de los Encargados de los Registros Seccionalesseñalados en su carácter de agentes de información y control únicamenterespecto del trámite de Transferencia.

ARTÍCULO 4° — Facúltase al DEPARTAMENTO TRIBUTOS Y RENTAS a dictar lanormativa aplicable a los fines de implementar la presente operatoriaen los Registros Seccionales alcanzados.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interésgeneral, dése para su publicación a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.

e. 07/02/2017 N° 6190/17 v. 07/02/2017

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