Disposición E 7/2017

Concurso Publico - Convocase

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Produccion
Concurso Publico - Convocase

Convocase al llamado a concurso publico - faee vi para la presentacion de proyectos a realizarse en el marco del fondo nacional de desarrollo para la micro, pequeña y mediana empresa (fonapyme) para las empresas manufactureras y transformadoras de productos industriales, prestadoras de servicios, agropecuarias y agroindustriales, comercio, mineras y turismo. para este llamado se destinara hasta un maximo de pesos quince millones ($ 15.000.000), segun disponibilidad. los proyectos seran recibidos a partir de la publicacion de la presente medida en el boletin oficial y hasta el dia 30 de junio de 2017 inclusive, o hasta agotar el cupo de la disponibilidad de los recursos, lo que ocurra primero.

Id norma: 271668 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33563

Fecha boletin: 09/02/2017 Fecha sancion: 06/02/2017 Numero de norma 7/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Financiamiento De La Produccion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN

Disposición 7-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2017

VISTO el Expediente EX-2016-05260255- -APN-DDYME#MP, la Ley deMinisterios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y susmodificaciones, la Ley Nº 25.300 y su modificatoria, los Decretos Nros.1.074 de fecha 24 de agosto de 2001, 357 de fecha 21 de febrero de 2002y sus modificaciones, 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, 1.253 defecha 14 de septiembre de 2009 y 205 de fecha 8 de febrero de 2013, yla Resolución Nº 551 de fecha 23 de mayo de 2014 de la ex SECRETARÍA DELA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DEINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, sesustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado porDecreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DEPRODUCCIÓN.

Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye, entre otros, elArtículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministeriocitado precedentemente.

Que, a través del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de laAdministración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaríadel MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SUBSECRETARÍA DEFINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN del mencionado Ministerio, competenciaen la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II delas Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y su modificatoria, en su carácter deAutoridad de Aplicación.

Que el Artículo 2º del Título II de la Ley N° 25.300 y su modificatoriacreó el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y MedianaEmpresa (Fonapyme), cuyo objeto es realizar aportes de capital ybrindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversionesproductivas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formasasociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.

Que, mediante la Resolución N° 391 de fecha 11 de agosto de 2016 delMINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se ha designado a la mencionada Subsecretaríacomo Autoridad de Aplicación de diversos programas, entre ellos elFondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa(Fonapyme), previsto en la Ley Nº 25.300 y su modificatoria.

Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 y su modificatoria establecióque la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos delFondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa(Fonapyme) estará a cargo de un comité de inversiones, determinandotambién que la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarsemediante concursos públicos.

Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la LeyNº 25.300 y su modificatoria, estableciendo las condiciones bajo lascuales se constituirá el mencionado Fondo Nacional y regulando elfuncionamiento del Comité de Inversiones.

Que, asimismo, el Artículo 4º de la misma ley dispone que podránsuscribir certificados de participación del Fondo Nacional deDesarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme),organismos internacionales, entidades públicas y privadas nacionales oextranjeras, gobiernos provinciales o municipales, en la medida en queadhieran a los términos generales del fideicomiso instituido por elArtículo 3° de dicha ley.

Que, por el Decreto Nº 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, se declaróde interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de laenergía, aprobándose los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USORACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE), destinado a contribuir ymejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidoresde energía.

Que, mediante el Decreto Nº 1.253 de fecha 14 de septiembre de 2009, seaprobó el Modelo de Convenio de Donación Nº TF092377 para la asistenciafinanciera del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.

Que se realizó una Primera Carta Enmienda y Reestructuración alConvenio de Donación Nº TF092377 del PROYECTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA,no constituyendo cambios sustanciales al destino de los fondos dedonación, que tiene por objeto el desarrollo y capitalización del FONDOARGENTINO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, cuyo fin es permitir a las Micro,Pequeñas y Medianas Empresas llevar adelante inversiones en proyectosde eficiencia energética.

Que, mediante la Resolución Nº 551 de fecha 23 de mayo de 2014 de la exSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del exMINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó el texto del Modelo de Convenio parael Fondeo del Plan de Eficiencia Energética para Pequeñas y MedianasEmpresas de la REPÚBLICA ARGENTINA a suscribir entre la ex SECRETARÍADE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓNPÚBLICA Y SERVICIOS, la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA YDESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y el BANCO DE LANACIÓN ARGENTINA.

Que, mediante el Artículo 12, siguientes y concordantes, del Decreto N°1.074/01 se reglamentó la integración, funciones y atribuciones delComité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme).

Que el Artículo 2º del mencionado decreto determinó que los proyectossusceptibles de recibir aportes del Fondo Nacional de Desarrollo parala Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme), serán aquellospresentados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas existentes, o aser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativasconstituidas exclusivamente por éstas.

Que el citado decreto, en sus Artículos 6º, 7º y 8º, dispone que laAutoridad de Aplicación establecerá los criterios y mecanismos a seguirpara calificar los proyectos de inversión que se presenten, los quedeberán ser conocidos públicamente con anterioridad a la convocatoriapara su presentación; establecerá los montos máximos para lafinanciación de proyectos, procurando evitar la excesiva concentraciónde la asistencia financiera en un reducido número de empresas; einstrumentará mecanismos operativos para fomentar y asistir a lasempresas en la presentación de proyectos.

Que el inciso b) del Artículo 14 del Decreto Nº 1.074/01 faculta alComité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) a efectuar llamados a concursopúblico para la presentación de proyectos, estimando oportuno en estecaso apoyar inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianasmanufactureras y transformadoras de productos industriales, prestadorasde servicios, agropecuarias y agroindustriales, comercio, mineras yturismo, orientados a incrementar la capacidad y/o eficiencia en losprocesos vinculados con la generación de valor de la empresa.

Que, según refleja el Acta Nº 424, correspondiente a la reunióncelebrada el día 22 de diciembre de 2016, el Comité de Inversionesconsideró apropiado convocar a un nuevo llamado a concurso con cierresmensuales para la presentación de proyectos, operando el último díahábil de cada mes, así entonces la vigencia del llamado será desde supublicación y hasta el día 30 de junio de 2017 inclusive o hasta agotarel cupo de la disponibilidad de los recursos, lo que ocurra primero.

Que en el acta enunciada precedentemente se fijaron las condiciones delos créditos a otorgar en lo que se refiere a plazos, montos a otorgary tasas de interés.

Que, por su parte, se presentan las “Bases y Condiciones para elLlamado a Concurso Público de Proyectos - FAEE VI”, que como Anexoforma parte integrante de la presente medida.

Que los respectivos “Formularios de Presentación de Proyectos” podránser obtenidos a través de las dependencias pertinentes de laSUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN, por intermedio de losmecanismos informáticos disponibles.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidaspor la Ley Nº 25.300 y su modificatoria y por los Decretos Nros.1.074/01 y 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Convócase al Llamado a Concurso Público - FAEE VI para lapresentación de proyectos a realizarse en el marco del Fondo Nacionalde Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fonapyme) paralas empresas manufactureras y transformadoras de productosindustriales, prestadoras de servicios, agropecuarias yagroindustriales, comercio, mineras y turismo. Para este Llamado sedestinará hasta un máximo de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000),según disponibilidad. Los proyectos serán recibidos a partir de lapublicación de la presente medida en el Boletín Oficial y hasta el día30 de junio de 2017 inclusive, o hasta agotar el cupo de ladisponibilidad de los recursos, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse las “Bases y Condiciones para el Llamado aConcurso Público de Proyectos - FAEE VI” que como Anexo,IF-2017-01632899-APN-DNCOOPF#MP, forma parte integrante de la presentedisposición.

ARTÍCULO 3° — Difúndase la información concerniente al Llamado aConcurso Público - FAEE VI para la presentación de proyectos, a travésde las dependencias pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTODE LA PRODUCCIÓN, por intermedio de los mecanismos informáticosdisponibles.

ARTÍCULO 4° — Invítase a todas las Jurisdicciones del TerritorioNacional a colaborar con la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LAPRODUCCIÓN en la difusión de la presente medida, a través de lasunidades competentes en la materia en cada Jurisdicción.

ARTÍCULO 5° — La presente disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alfredo Marseillan.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/02/2017 N° 6667/17 v. 09/02/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

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