Disposición E 44/2017

Pago Del Arancel - Suspendese La Entrada En Vigencia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Justicia Y Derechos Humanos
Pago Del Arancel - Suspendese La Entrada En Vigencia

Suspendese la entrada en vigencia del pago del arancel que fije el ministerio de justicia y derechos humanos prevista en el articulo 1° de la seccion 1ª y en el articulo 1° de la seccion 2°, del capitulo xii, titulo i del digesto de normas tecnico-registrales hasta tanto asi lo determine esta direccion nacional. suspendese la entrada en vigencia del inciso l) del articulo 2°, seccion 2ª, capitulo xii, titulo i del digesto de normas tecnico-registrales hasta tanto asi lo determine esta direccion nacional. dejase sin efecto la disposicion di-2017-43-apn-dnrnpacp#mj.

Id norma: 271716 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33564

Fecha boletin: 10/02/2017 Fecha sancion: 07/02/2017 Numero de norma 44/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nac.De La Prop.Automotor Y Cred.Prendario Ver Disposiciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - DISPOSICION DI-2017-43-APN-DNRNPACP#MJ.- PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

Esta norma modifica o complementa a

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 44-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2017

VISTO la Disposición DI-2016-469-E-APN-DNRNPACP#MJ de fecha 16 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el Visto se sustituyó el Capítulo XII,Título I, del Digesto de Normas Técnico-Registrales, incorporando laSección 1ª “De las Instituciones”, la Sección 2ª “De los Cursos” y laSección 3ª “Registro de Mandatarios del Automotor”.

Que la nueva reglamentación impone a los fines de la acreditación delas instituciones que prestarán el servicio de capacitación paraaspirantes a la matrícula de mandatarios así como también para lasolicitud de aprobación de los cursos a dictar por ellas y con carácterprevio a su iniciación, entre otros requisitos, el pago de un arancel anombre del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Que a los fines de tornar operativos dichos extremos deviene necesariola modificación de la Resolución M.J. y D.H. N° 314/02 —y susmodificatorias—.

Que hasta tanto ello suceda se ha considerado ineludible prorrogar elplazo para el cumplimiento de este recaudo con el objeto de posibilitarlas gestiones de los usuarios relacionadas con dichas tramitaciones sinperjuicio del cumplimiento acabado de las restantes exigencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, incisos c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Suspéndese la entrada en vigencia del pago del arancelque fije el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos prevista en elartículo 1° de la Sección 1ª y en el artículo 1° de la Sección 2°, delCapítulo XII, Título I del Digesto de Normas Técnico-Registrales hastatanto así lo determine esta Dirección Nacional.

ARTÍCULO 2° — Suspéndese la entrada en vigencia del inciso l) delartículo 2°, Sección 2ª, Capítulo XII, Título I del Digesto de NormasTécnico-Registrales hasta tanto así lo determine esta DirecciónNacional.

ARTÍCULO 3º — Déjase sin efecto la Disposición DI-2017-43-APN-DNRNPACP#MJ

ARTÍCULO 4º — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interésgeneral, dése para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Carlos Gustavo Walter.

e. 10/02/2017 N° 6956/17 v. 10/02/2017

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