Resolución E 64/2017

Resolucion N° 1686/16- Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social
Resolucion N° 1686/16- Modificacion

Sustituyese en el anexo i if-2016-02817656-apn-dnoyfp#mt de la resolucion de la secretaria de empleo n° 1686 de fecha 8 de noviembre de 2016, donde se expreso como monto aprobado a favor de la empresa aberturas valentinuz sa, con c.u.i.t 30-68109455-1, con el orden de merito treinta y seis (36), la suma de pesos doscientos cincuenta y cinco mil ciento veinte ($255.120,00), debe leerse la suma de pesos cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos veinte ($438.320,00).

Id norma: 271729 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33564

Fecha boletin: 10/02/2017 Fecha sancion: 02/02/2017 Numero de norma 64/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Empleo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE EMPLEO

Resolución 64-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2017

VISTO el Expediente Nº 1.698.183/2015 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 22.317 y susmodificatorias, la Ley de Presupuesto General de la AdministraciónNacional para el Ejercicio 2016 Nº 27.198, las Resoluciones delMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 256 de fecha 23octubre de 2003, y Nº 267 de fecha 27 de mayo de 2016, las Resolucionesde la SECRETARIA DE EMPLEO N° 1.026 de fecha 18 de agosto de 2016, laResolución N° 1.686 de fecha 8 de noviembre de 2016, la Resolución N°1.926 de fecha 7 de diciembre de 2016, las Resoluciones de laSuperintendencia de Riesgos del Trabajo N° 01 de fecha 4 de enero de2005 y N° 559 de fecha 28 de mayo de 2009, la Resolución de la exSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA N° 24 de fecha 15 de febrerode 2001, sus complementarias y modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que las políticas implementadas por la SECRETARIA DE EMPLEO se orientana promover acciones de fortalecimiento de la calidad del empleo y delas calificaciones de los trabajadores ocupados y desocupados yconsideran de sumo interés la integración a sus acciones de laspequeñas y medianas empresas por su aporte dinámico a la creación deempleo y de bienes y servicios.

Que es interés de la SECRETARIA DE EMPLEO contribuir al fortalecimientode las acciones de formación continua que emprendan las empresasrespecto de su personal empleado y respecto a generar formación y/oexperiencias de prácticas calificantes para los desocupados.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 1.026 de fecha18 de agosto de 2016, se reglamenta la operación del Régimen de CréditoFiscal y se fijan las condiciones y plazos para la presentación depropuestas.

Que mediante las Resoluciones de la SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS DEEMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL N° 3 de fecha 16 de septiembre de 2016 yN° 6 de fecha 21 de octubre de 2016, se establece el instrumentonecesario para que las propuestas del Régimen de Crédito Fiscal seanevaluadas bajo los parámetros establecidos en el Articulo N° 24 de laResolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 1.026 de fecha 18 de agosto de2016.

Que mediante el Articulo N° 3 la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEONº 1926 de fecha 7 de diciembre de 2016, se aprobó la apertura de unanueva convocatoria; estableciéndose allí las fechas de presentación yevaluación de las propuestas.

Que mediante el artículo 27 inc. b) de la Resolución 1.026 de fecha 18de agosto de 2016 se establece que con la aprobación de las propuestasse indicará la fecha de inicio del período de ejecución.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 1.686 de fecha8 de noviembre de 2016, se aprobaron CINCUENTA Y TRES (53) propuestascorrespondientes a la primer presentación por un monto total de PESOSDIECIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL DIEZ CON CUARENTACENTAVOS ($18.143.010,40), quedando disponible para la segundapresentación PESOS CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA YSEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS($181.856.989,60).

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 1.926 de fecha7 de diciembre de 2016, se aprobaron NOVENTA Y DOS (92) propuestascorrespondientes a la segunda presentación por un monto total de PESOSTREINTA Y DOS MILLLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SESENTA Y NUEVECON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($32.992.069,54), quedando disponiblepara la tercer presentación PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONESOCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE CON SEIS CENTAVOS($148.864.920,06).

Que mediante el ANEXO II IF-2016-03651768-APN-DNOYFP#MT de laresolución mencionada en el párrafo anterior, se desestimó la propuestade la empresa DHL GLOBAL FORWARDING (ARGENTINA) SA, incorporándosela enel orden de mérito de la presente resolución, ello de conformidad a lanueva evaluación practicada conforme surge de InformeIF-2017-00514412-APN-DNOYFP#MT.

Que mediante el ANEXO I IF-2016-02817656-APN-DNOYFP#MT de la ResoluciónSECRETARIA DE EMPLEO N° 1.686 de fecha 8 de noviembre de 2016,oportunamente se expresó para la empresa ABERTURAS VALENTINUZ SA, conorden de mérito N°36, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILCIENTO VEINTE ($255.120,00), cuando debió haberse consignado la suma dePESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE($438.320,00), ello de conformidad a la nueva evaluación conforme surgedel Informe Técnico IF-2016-04932400-APN-DNOYFP#MT.

Que, de conformidad con lo previsto en las Resoluciones referidas,hasta el 2 de Noviembre del 2016 se presentaron CIENTO TRES (103)propuestas, las cuales fueron evaluadas con los criterios estipuladosen la citada normativa.

Que en virtud de la evaluación practicada, se confeccionó el orden demérito de las propuestas evaluadas satisfactoriamente, quedando OCHENTAY DOS (82) propuestas aprobadas y VEINTIDOS (22) propuestasdesaprobadas, resultando las primeras, en condiciones de comenzar laejecución con la presente Resolución, quedando disponible para latercera presentación PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOSSESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE CON SEIS CENTAVOS($148.864.920,06).

Que mediante el articulo N° 34 de la Resolución de la SECRETARIA DEEMPLEO Nº 1.026 de fecha 18 de agosto de 2016, se establece que sepodrá efectuar una nueva convocatoria en caso de no cubrirse elpresupuesto.

Que las acciones presentadas en las citadas propuestas resultanconsistentes con los objetivos generales que fundamentan el diseño yejecución del Régimen de Crédito Fiscal, así como con las políticasactivas de empleo que desarrolla esta SECRETARIA DE EMPLEO.

Que, en consecuencia, corresponde aprobar las propuestas contenidas enel referido orden de mérito, así como desestimar aquellas que noalcanzan los estándares mínimos de calidad requeridos.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y susmodificatorios y por el artículo 17 de la Resolución del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 267 de fecha 27 de mayo de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese en el ANEXO I IF-2016-02817656-APN-DNOYFP#MTde la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 1686 de fecha 8 denoviembre de 2016, donde se expresó como monto aprobado a favor de laempresa ABERTURAS VALENTINUZ SA, con C.U.I.T 30-68109455-1, con elorden de mérito TREINTA Y SEIS (36), la suma de PESOS DOSCIENTOSCINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE ($255.120,00), debe leerse la sumade PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE($438.320,00).

ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el texto del Artículo 1° de la ResoluciónSECRETARIA DE EMPLEO Nº 1686 de fecha 8 de noviembre de 2016, por elsiguiente:

“ARTICULO 1° - Apruébense las CINCUENTA Y TRES (53) propuestas deCrédito Fiscal identificadas en el orden de mérito que, como ANEXO IIF-2016-02817656-APN-DNOYFP#MT, forma parte integrante de la presenteResolución, habilitándose su ejecución a partir de 1 de diciembre del2016, por un total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISEISMIL DOSCIENTOS DIEZ CON CUARENTA CENTAVOS ($18.326.210,40), quedandodisponible para la segunda presentación la suma de PESOS CIENTO OCHENTAY UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA YNUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($181.673.789,60), totalizando la suma dePESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000,00) asignados.”.

ARTÍCULO 3° — Sustitúyese el texto del Artículo 1° de la ResoluciónSECRETARIA DE EMPLEO Nº 1926 de fecha 7 de diciembre de 2016, por elsiguiente:

“ARTICULO 1° Apruébanse las NOVENTA Y DOS (92) propuestas de CréditoFiscal identificadas en el orden de mérito que, como ANEXO IIF-2016-03651694-APN-DNOYFP#MT, forma parte integrante de la presenteResolución, habilitándose su ejecución a partir del 1 de enero del2017, por un total de PESOS TREINTA Y DOS MILLLONES NOVECIENTOS NOVENTAY DOS MIL SESENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS($32.992.069,54), quedando disponible para la tercer presentación PESOSCIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MILSETECIENTOS VEINTE CON SEIS CENTAVOS ($148.681.720,06), totalizando lasuma de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MILSETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($181.673.789,60).”.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese al organismo presentante, cuya propuesta fuerectificada, la presente Resolución conjuntamente con el dictamen deevaluación de la misma.

ARTÍCULO 5° — Apruébanse las OCHENTA Y DOS (82) propuestas de CréditoFiscal identificadas en el orden de mérito que, como ANEXO IIF-2017-00512042-APN-DNOYFP#MT, forma parte integrante de la presenteResolución, habilitándose su ejecución a partir del 1 de marzo del2017, por un total de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS SIETE MILSEISCIENTOS VEINTICINCO CON SEIS CENTAVOS ($27.707.625,06), quedandodisponible para la cuarta presentación PESOS CIENTO VEINTE MILLONESNOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y CINCO ($120.974.095,00),totalizando la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONESSEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTE CON SEIS CENTAVOS($148.681.720,06).

ARTÍCULO 6° — Desestímanse las propuestas de Crédito Fiscalidentificadas en el ANEXO II IF-2017-00513073-APN-DNOYFP#MT de lapresente Resolución, de conformidad con las recomendaciones contenidasen los informes de evaluación que obran en los respectivos expedientes.

ARTÍCULO 7° — Notifíquese a los organismos presentantes de propuestasla presente Resolución conjuntamente con los dictámenes de evaluaciónde los mismos.

ARTÍCULO 8° — Sustitúyese el texto del Articulo N° 14 de la ResoluciónSECRETARIA DE EMPLEO Nº 1026 de fecha 18 de agosto de 2016, por elsiguiente:

“ARTÍCULO 14.- A los efectos de la presente, se considerará micro,pequeña, y mediana empresa a aquellas que se encuadren en loestablecido por la Resolución 24 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA YMEDIANA EMPRESA de fecha 15 de febrero de 2001, sus complementarias ymodificatorias. Para establecer su tamaño las empresas deberánconsignar el monto que resulte del promedio de sus ventas totales delos últimos TRES (3) ejercicios económicos cerrados, calculando lasmicro, pequeñas y medianas empresas el OCHO POR CIENTO (8%) de su masasalarial y las grandes el OCHO POR MIL (8‰) para los periodos indicadosen el cuadro siguiente:

PresentaciónMeses de Nómina s/Form. 931Periodo de cálculo del 8% u 8‰

PRIMERAAgosto 2016Septiembre 2015 a Agosto 2016

SEGUNDAAgosto 2016Septiembre 2015 a Agosto 2016

TERCERASeptiembre 2016Octubre 2015 a Septiembre 2016

CUARTAOctubre 2016Noviembre 2015 a Octubre 2016

QUINTANoviembre 2016Diciembre 2015 a Noviembre 2016

Para el cálculo de la masa salarial se deberá tomar del F. 931 de AFIP el concepto Remuneración DOS (2).”.

ARTÍCULO 9° — Sustitúyese el texto del inciso e) del Articulo N° 15 dela Resolución la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 1026 de fecha 18 de agosto de2016, por el siguiente:

“e) Para establecer el incremento correspondiente, las empresas deberánindicar la cantidad de trabajadores en nómina según el periodo depresentación, de acuerdo a lo establecido en el cuadro a continuación:

PresentaciónMeses de Nómina s/Form. 931

PRIMERAAgosto 2016

SEGUNDAAgosto 2016

TERCERASeptiembre 2016

CUARTAOctubre 2016

QUINTANoviembre 2016

ARTÍCULO 10. — Sustitúyese el texto del Articulo N° 16 de la ResoluciónSECRETARIA DE EMPLEO Nº 1026 de fecha 18 de agosto de 2016, por elsiguiente:

“ARTICULO 16.- A los efectos de la presente, se considerará Cooperativade Trabajo a aquellas que se encuadren en lo establecido por la Ley N°20.337 y en la Resolución del ex INAC N°324 de fecha 19 de mayo de1994. Las Cooperativas de Trabajo deberán declarar la nómina deasociados para el mes inmediato anterior al de presentación de laspropuestas, calculando el OCHO POR CIENTO (8%) sobre el adelanto deretornos en concepto de retribución del trabajo realizado por lostrabajadores asociados para los periodos indicados en el cuadrosiguiente:

PresentaciónMeses de Nómina s/Form. 931Periodo de cálculo del 8%

PRIMERAAgosto 2016Septiembre 2015 a Agosto 2016

SEGUNDAAgosto 2016Septiembre 2015 a Agosto 2016

TERCERASeptiembre 2016Octubre 2015 a Septiembre 2016

CUARTAOctubre 2016Noviembre 2015 a Octubre 2016

QUINTANoviembre 2016Diciembre 2015 a Noviembre 2016

ARTÍCULO 11. — Sustitúyese el Articulo N° 3 de la Resolución SECRETARIADE EMPLEO Nº 1926 de fecha 7 de diciembre de 2016, por el siguiente:

“Apruébase la apertura de una nueva convocatoria cuyo presupuesto serádeterminado en función a la cuota disponible resultante de laaprobación de la cuarta convocatoria y cuyas fechas serán las que seexponen a continuación:

ConvocatoriaPlazo de carga por internetPlazo de presentación de documentación de la GecalPlazo de evaluación

QUINTADel 01/01/2017 al 27/01/201703/01/2017 al 30/01/201701/02/2017 al 28/02/2017

ARTÍCULO 12. — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada alDepartamento Publicaciones Biblioteca y archívese. — Miguel Angel Ponte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 10/02/2017 N° 6952/17 v. 10/02/2017

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII).

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