Disposición E 138/2016

Smata -Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Smata -Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Declarar homologado el acuerdo celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina, y la asociacion de concesionarios de automotores de la republica argentina, obrante a fojas 5/6 del expediente n° 1.742.929/16, conforme lo previsto en la ley n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 271783 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33565

Fecha boletin: 13/02/2017 Fecha sancion: 22/12/2016 Numero de norma 138/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 138-E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2016

VISTO el Expediente Nº 1.742.929/16 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente N° 1.742.929/16 obra agregado el Acuerdocelebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 740/16,entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPUBLICA ARGENTINA (SMATA), y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DEAUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, cuya homologación las partessolicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan nuevas condicioneseconómicas para los trabajadores comprendidos en el citado ConvenioColectivo de Trabajo, con vigencia desde el 1 de octubre de 2.016,conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde conel objeto de la representación empleadora signataria, como así con losámbitos de representación personal y actuación territorial de laEntidad Sindical firmante, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del mentado Acuerdo.

Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar laprocedencia de practicar el cálculo de la base promedio deremuneraciones y topes indemnizatorios, conforme lo dispuesto por elArtículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º — Declarar homologado el Acuerdo celebrado entre elSINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPUBLICA ARGENTINA, y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORESDE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 del Expediente N°1.742.929/16, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión yArchivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 5/6del Expediente N° 1.742.929/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,remítase las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones delTrabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculode la base promedio de remuneraciones y topes indemnizatorios, conformelo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.Cumplido, procédase a la guarda conjuntamente con el legajo delConvenio Colectivo de Trabajo N° 740/16.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel instrumento homologado, y de esta Disposición, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sara Graciela Sosa.

Expediente N° 1.742.929/16

Buenos Aires, 13 de enero de 2017

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 138/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 del expediente dereferencia; quedando registrados bajo el número 53/17. — JorgeAlejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Losanexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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