Disposición E 139/2016

Smata -Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Smata -Asociacion De Concesionarios De Automotores De La Republica Argentina

Declarese homologado el acuerdo y escalas salariales celebradas entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina, por el sector gremial, y la asociacion de concesionarios de automotores de la republica argentina, por el sector empresario, que lucen a fojas 5/5vta., conjuntamente con actas de ratificacion de fojas 26 y 27 del expediente n° 1.742.928/16, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 271784 Tipo norma: Disposición E Numero boletin: 33565

Fecha boletin: 13/02/2017 Fecha sancion: 22/12/2016 Numero de norma 139/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DELTRABAJO

Disposición 139-E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2016

VISTO el Expediente Nº 1.742.928/16 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/5vta del Expediente N° 1.742.928/16, obra el acuerdo yescalas salariales celebradas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINESDEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sectorgremial, y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LAREPUBLICA ARGENTINA, por el sector empresario, conjuntamente con actascomplementarias de fojas 26 y 27, conforme a lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo traído a estudio las partes convienen lascondiciones salariales y laborales de los trabajadores que seencuentran enmarcados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 740/16,conforme a las estipulaciones allí establecidas.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmasinsertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería yfacultades para convencionar colectivamente con las constancias queobran en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a lacorrespondencia entre la representatividad que ostenta el sectorempresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de supersonería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción conla normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativohomologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones ala Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°186/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DIPOSNE:

ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo y escalas salarialescelebradas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector gremial, y laASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA,por el sector empresario, que lucen a fojas 5/5vta., conjuntamente conactas de ratificación de fojas 26 y 27 del Expediente N° 1.742.928/16,conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión yArchivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el acuerdo y escalas salariales quelucen a fojas 5/5vta., conjuntamente con actas de ratificación de fojas26 y 27 del Expediente N° 1.742.928/16.

ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y TopeIndemnizatorio de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase ala guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo Nº 740/16.

ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito de las escalas salariales, acta complementaria y deesta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a loestablecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Sara Graciela Sosa.

Expediente N° 1.742.928/16

Buenos Aires, 13 de enero de 2017

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 139/16 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/5 vuelta, 26 y 27 delexpediente de referencia; quedando registrado bajo el número 54/17. —Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican enla edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podránser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Losanexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

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