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Resolución 69/2017
Resolucion Anac N° 380/2014 - Modificase
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Administracion Nacional De Aviacion Civil
Resolucion Anac N° 380/2014 - Modificase
Derogase la resolucion de la administracion nacional de aviacion civil (anac) n° 166 de fecha 18 de marzo de 2016. modificase el anexo iii de la resolucion anac n° 380 de fecha 6 de junio de 2014 por la cual se autorizo el cuadro arancelario del centro de instruccion, perfeccionamiento y experimentacion (cipe) dependiente de la anac, por los anexos i, ii y iii que se adjuntan a la presente medida.
Id norma: 271926 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33568
Fecha boletin: 16/02/2017 Fecha sancion: 06/02/2017 Numero de norma 69/2017
Organismo (s)
Organismo origen: Administracion Nacional De Aviacion Civil Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 69/2017
Buenos Aires, 06/02/2017
VISTO el Expediente N° ANC:0002362/2017 del Registro de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el Decreto N° 1.770de fecha 29 de noviembre de 2007, y las Resoluciones de laADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL Nros. 380 de fecha 6 de juniode 2014 y 166 de fecha 18 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN(CIPE) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL(ANAC) posee vasta trayectoria en el dictado de cursos relacionados conla actividad aeroportuaria, manteniendo en consecuencia unainfraestructura acorde a las exigencias impuestas por la normativanacional e internacional.
Que el CIPE dependiente de la ANAC se encuentra en un proceso deactualización de contenidos de los diversos cursos que desarrolla deacuerdo a estándares nacionales e internacionales.
Que resulta imprescindible adaptar los aranceles percibidos en conceptode dictado de cursos, tanto en Pesos como en Dólares Estadounidensesque brinda el mencionado centro.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓNGENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC ha tomadointervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Derógase la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 166 de fecha 18 de marzo de 2016.
ARTÍCULO 2° — Modificase el anexo III de la Resolución ANAC N° 380 defecha 6 de junio de 2014 por la cual se autorizó el cuadro arancelariodel CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN (CIPE)dependiente de la ANAC, por los anexos I, II y III que se adjuntan a lapresente medida.
ARTÍCULO 3° — Autorízase el otorgamiento de becas por cursos que brindael CIPE dependiente de la ANAC, según anexo IV que se adjunta a lapresente medida.
ARTÍCULO 4° — Facúltese al Director del CIPE dependiente de la ANAC adisponer la modificación de los aranceles para atención de lossiguientes requerimientos particulares:
a) Becas para cursantes.
b) Presupuestos acordados por trabajos especiales y/o arrendamiento de las instalaciones por tiempo prolongado.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, incorpórense los presentesaranceles al cuadro tarifario correspondiente a la ADMINISTRACIÓNNACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, dese a la Dirección Nacional del RegistroOficial para su publicación, y archívese. — Juan Pedro Irigoin.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 16/02/2017 N° 8832/17 v. 16/02/2017
(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV).
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