Resolución E 21/2017

Cierren De Caratulacion De Expedientes En Soporte Papel

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Modernizacion
Cierren De Caratulacion De Expedientes En Soporte Papel

Instruyese a determinados organismos para que a partir del 1° de marzo de 2016 cierren la caratulacion de expedientes en soporte papel, debiendo hacerlo a traves del modulo “expediente electronico” (ee) del sistema de gestion documental electronica - gde.

Id norma: 271963 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33569

Fecha boletin: 17/02/2017 Fecha sancion: 15/02/2017 Numero de norma 21/2017

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 21-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2017

VISTO el Expediente Electrónico EX-2017-01984407- -APN -SECMA#MM, laLey N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del6 de abril de 2016 y 1063 del 4 de octubre de 2016, las ResolucionesNros. 355-E del 14 de septiembre de 2016 y 466-E del 11 de noviembre de2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nros. 3 del 21de abril de 2016, 4 del 9 de mayo de 2016, 7-E del 2 de junio de 2016,9-E del 29 de junio de 2016, 12-E del 15 de julio de 2016, 13-E del 19de julio de 2016, 16-E del 2 de agosto de 2016, 19-E del 15 deseptiembre de 2016, 20-E del 4 de octubre de 2016, 24-E del 28 deoctubre de 2016, 25-E del 7 de noviembre de 2016, 26-E del 11 denoviembre de 2016, 30-E y 31-E del 22 de noviembre de 2016, 33-E del 29de noviembre de 2016, 34-E del 2 de diciembre de 2016, 38-E y 39-E del21 de diciembre de 2016, 1 del 2 de enero de 2017, 5 del 9 de enero del2017, 8, 10 y 11 del 10 de enero de 2017, 14-E y 16-E del 30 de enerode 2017, 18-E y 19-E del 2 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídicadel documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, yen su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de lasjurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma queposibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control porparte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.

Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 por el cual se aprueba elPLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA YGOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontalinformática de generación de documentos y expedientes electrónicos,registros y otros contenedores que sea utilizada por toda laadministración a los fines de facilitar la gestión documental, elacceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de losplazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.

Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016, aprueba la implementacióndel sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistemaintegrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración demovimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector PúblicoNacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión deexpedientes electrónicos.

Que el mencionado Decreto, ordena a las entidades y jurisdiccionesenumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el SectorPúblico Nacional la utilización del sistema de Gestión DocumentalElectrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas,de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprueba laimplementación del módulo “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema deGestión Documental Electrónica – GDE, como medio de interacción delciudadano con la administración.

Que el artículo 6 del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictarlas normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias parala implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) yel funcionamiento de los sistemas informáticos de gestión documental.

Que la Resolución N° 3 del 21 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprueba laimplementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador deDocumentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”(EE) todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Que las Resoluciones Nros. 355-E del 14 de septiembre de 2016 y 466-Edel 11 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN establecenlos cronogramas de implementación de los módulos “ComunicacionesOficiales”, “Generador de Documentos Electrónicos Oficiales” (GEDO) y“Expediente Electrónico” (EE), todos del sistema de Gestión DocumentalElectrónica (GDE) en los organismos mencionados en la presenteResolución.

Que en consecuencia resulta necesario instruir a los MINISTERIOS DECULTURA y de RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y a la POLICIA DE SEGURIDADAEROPORTURIA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para que para quea partir del 1° de marzo de 2016 cierren la caratulación de expedientesen soporte papel, debiendo hacerlo a través del módulo “ExpedienteElectrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DEMODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomadola intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Instrúyese a los siguientes organismos para que a partirdel 1° de marzo de 2017 cierren la caratulación de expedientes ensoporte papel, debiendo hacerlo a través del módulo “ExpedienteElectrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE:

a) MINISTERIO DE CULTURA

b) MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

c) POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

(Artículo rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 23/2017 de la Secretaría de Modernización Administrativa B.O. 22/02/2017)

ARTÍCULO 2° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial, procédase a su guarda temporal en el sistema deGestión Documental Electrónica - GDE y oportunamente archívese. —Eduardo Nicolás Martelli.

e. 17/02/2017 N° 9394/17 v. 17/02/2017

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