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Resolución 40308/2017
Reglamento General De La Actividad Aseguradora - Modificacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Seguros
Reglamento General De La Actividad Aseguradora - Modificacion
Superintendencia de seguros de la nacion - proyecto de modificacion al regimen de capitales minimos. sustituyase el punto 30.7 del rgaa
Id norma: 272025 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33571
Fecha boletin: 21/02/2017 Fecha sancion: 17/02/2017 Numero de norma 40308/2017
Organismo (s)
Organismo origen: Superintendencia De Seguros De La Nacion Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE FINANZAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 40308/2017
Expediente N° SSN: 0023296/2016 - Superintendencia de Seguros de laNación - Proyecto de modificación al régimen de capitales mínimos.Síntesis:
17/02/2017
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el punto 30.7 del RGAA por el siguiente:
“30.7. Disposiciones Transitorias para las entidades constituidas y autorizadas al 31 de julio de 2016.
A los fines de acreditar el capital mínimo conforme el punto30.1.1.1.A., en caso de resultar una mayor exigencia la Aseguradorapodrá utilizar un “Régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos”,el cual consiste en acreditar las DOS TERCERAS (2/3) partes del capitalrequerido en el punto 30.1.1.1.A. al 31 de diciembre de 2016, y eltotal al 30 de septiembre de 2017.
A los fines de acreditar el capital mínimo conforme el punto 30.1.2.1.,en caso de resultar una mayor exigencia la Reaseguradora, o Aseguradoracon Ramo Reaseguro conforme inciso u) del punto 30.1.1.1.A., podráutilizar un “Régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos”, elcual consiste en acreditar el capital requerido bajo el siguienteesquema:
• PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000) al 31 de marzo de 2017,
• PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($ 130.000.000) al 30 de junio de 2017,
• PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) al 30 de septiembre de 2017, y
• PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) al 30 de Junio de 2018.”.
ARTÍCULO 2° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Juan Pazo.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede serconsultada en www.ssn.gob.ar, o personalmente en Avda. Julio A. Roca721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 21/02/2017 N° 9928/17 v. 21/02/2017
(NotaInfoleg: El Texto Completo de la presente norma ha sido extraído de laedición web de la Superintendencia de Seguros de la Nación. El mismo puede consultarse en elsiguiente link: Resolución 40308)
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