Resolución 6/2016

Nuevo Tope Indemnizatorio

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Educacion Y Deportes
Nuevo Tope Indemnizatorio

Establecer a partir de su publicacion en el boletin oficial, el nuevo tope indemnizatorio por cada año de antigüedad o fraccion mayor a tres meses determinado por el articulo 245 de la ley de contrato de trabajo, modificado por el articulo 153 de la ley 24.013, aplicable en los casos de despido del personal de servicio y maestranza, administrativo y docente a cargo de materias extraprogramaticas de los institutos incorporados a la enseñanza oficial y de todo el personal de los institutos comprendidos en los incisos b) y c) del articulo 2 de la ley 13.047.

Id norma: 272031 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33571

Fecha boletin: 21/02/2017 Fecha sancion: 13/12/2016 Numero de norma 6/2016

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Gremial De Enseñanza Privada Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Resolución 6/2016

Buenos Aires, 13/12/2016

VISTO las Resoluciones N° 01; 02 y 03/2016 de este Consejo Gremial de Enseñanza Privada y;

CONSIDERANDO:

Que conforme se estableciera por Resolución N° 08/2014, en uso de lasfacultades conferidas por. los Artículos N° 18 inciso b) y 31 incisos 1y 2 de la Ley 13.047, se determinó el monto del Tope Indemnizatorio aaplicar por cada año de: antigüedad o fracción mayor a tres meses, encaso de despido del personal de servicios y maestranza, administrativoy docente a cargo de materias extraprogramáticas de los institutosreconocidos por autoridad administrativa educativa jurisdiccional y detodo el personal de los institutos comprendidos en los incisos b) y c)del Artículo 2° del mencionado cuerpo normativo;

Que por Resoluciones N° 01; 02 y 03 del año 2016 de este cuerpocolegiado se establecieron sueldos mínimos para el personal a que hacereferencia el considerando primero;

Que la actualización del monto ascendería a la suma de pesos que sedetermina en el artículo primero en cada caso y tendrán vigencia apartir de su publicación en el Boletín Oficial;

Que en sesión de fecha 13 de Diciembre de 2016, se aprobó por mayoríael dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina laLey 13.047;

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA

Reunido en sesión ordinaria

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establecer a partir de su publicación en el BoletínOficial, el nuevo tope indemnizatorio por cada año de antigüedad ofracción mayor a tres meses determinado por el artículo 245 de la Leyde Contrato de Trabajo, modificado por el artículo 153 de la Ley24.013, aplicable en los casos de despido del personal de servicio ymaestranza, administrativo y docente a cargo de materiasextraprogramáticas de los institutos incorporados a la enseñanzaoficial y de todo el personal de los institutos comprendidos en losincisos b) y c) del artículo 2 de la Ley 13.047, en la suma que acontinuación se detalla:

TOPE INDEMNIZATORIO

Desde el 1°/03/2016 al 31/08/2016$ 37.967,91

TOPE INDEMNIZATORIO

Desde el 1°/09/2016$ 39.794,13

ARTÍCULO 2° — Registrar la presente Resolución. Hecho, comuníquese alMinisterio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, a la AdministraciónNacional de Seguridad Social, a la Administración Federal de IngresosPúblicos y a la Secretaría de Comercio Interior.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

APROBADA EN SESIÓN DE FECHA: 13 de diciembre de 2016.

Miguel A. Rivas, Presidente CGEP. — Norberto Baloira, Miembro CGEP. —Pablo Olocco, Miembro CGEP. — Gerardo Suarez, Miembro CGEP. — JavierFediuk, Miembro CGEP. — Silvia Squire, Miembro CGEP. — Horacio Ferrari,Miembro CGEP. — Mauricio Villafañe, Miembro CGEP.

e. 21/02/2017 N° 9446/17 v. 21/02/2017

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