Resolución 19/2017

Resolucion Acumar N° 65/2016 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Autoridad De Cuenca Matanza Riachuelo
Resolucion Acumar N° 65/2016 - Modificacion

Sustituyase el inciso c) del articulo 2° del anexo i de la resolucion presidencia acumar n° 65/2016 “reglamento interno de uso de fondo rotatorio y cajas chicas de la acumar” por el siguiente: “c) en relacion a insumos informaticos o bienes de uso relacionados, los mismos deberan ser solicitados por escrito a la coordinacion de modernizacion e informatica, la cual dara respuesta indicando la conformidad o no de la compra del bien, el solicitante debera adjuntar el pedido correspondiente.” sustituyase el inciso g) del articulo 2° del anexo i de la resolucion presidencia acumar n° 65/2016 “reglamento interno de uso de fondo rotatorio y cajas chicas de la acumar” por el siguiente: “g) no se podran realizar compras de medicamentos, a excepcion de las cajas chicas creadas en el ambito de la direccion de salud y educacion ambiental.” y otras modificaciones.

Id norma: 272115 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 33573

Fecha boletin: 23/02/2017 Fecha sancion: 22/02/2017 Numero de norma 19/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Autoridad De Cuenca Matanza Riachuelo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

Resolución 19-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2017

VISTO el Expediente ACR N° 00119/2017, la Ley N° 26.168, lasResoluciones Presidencia ACUMAR N° 65/2016 y sus modificatorias, laResolución ACUMAR N° 5/2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO(ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, concompetencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda,Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas,Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, SanVicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2° in fine quela ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y deoperación.

Que en uso de sus facultades la ACUMAR dictó la Resolución PresidenciaACUMAR N° 65/2016, mediante la cual aprobó como ANEXO I el “REGLAMENTOINTERNO DE USO DE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR”, comoANEXO II el formulario “ASIGNACIÓN DE FONDOS – APERTURA CAJA CHICA”,como ANEXO III el formulario “RENDICIÓN DE GASTOS – CAJA CHICA” y comoANEXO IV la tabla de las Cajas Chicas creadas, la cual fue modificadapor la Resolución Presidencia ACUMAR N° 101/2016.

Que mediante la Resolución ACUMAR N° 5/2017, se aprobó el Reglamento deOrganización Interna introduciendo cambios a la estructura delorganismo, razón por la cual resulta pertinente modificar la Resoluciónmencionada en el párrafo precedente, a fin de adecuarla a los cambiosacaecidos, manteniendo de esta forma la integridad y uniformidad delplexo normativo vigente.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168 y la Resolución ACUMAR N° 5/2017.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el inciso c) del artículo 2° del ANEXO I dela Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USODE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“c) En relación a insumos informáticos o bienes de uso relacionados,los mismos deberán ser solicitados por escrito a la COORDINACIÓN DEMODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA, la cual dará respuesta indicando laconformidad o no de la compra del bien, el solicitante deberá adjuntarel pedido correspondiente.”

ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el inciso g) del artículo 2° del ANEXO I dela Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USODE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“g) No se podrán realizar compras de medicamentos, a excepción de lasCajas Chicas creadas en el ámbito de la DIRECCIÓN DE SALUD Y EDUCACIÓNAMBIENTAL.”

ARTÍCULO 3° — Sustitúyase el inciso a) del artículo 3° del ANEXO I dela Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USODE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“a) Fondo Rotatorio

La solicitud de utilización del Fondo Rotatorio deberá ser realizadapor nivel de Director o superior, informando en forma precisa losbienes y/o servicios a adquirir y adjuntando por lo menos TRES (3)presupuestos. Deberá enunciarse en forma concreta la urgencia ocaracterísticas de la adquisición que motiva la utilización delprocedimiento de Fondo Rotatorio, e identificarse las ofertas quecalifiquen técnicamente en relación a lo requerido. Cumplido seremitirán las actuaciones a la COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO,PLANIFICACIÓN FINANCIERA Y TESORERIA, con el fin de seleccionar laoferta económicamente conveniente entre las precalificadas por el áreasolicitante. Finalmente, la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA autorizaráel cargo contra Fondo Rotatorio, la contabilización y el respectivopago.”

ARTÍCULO 4° — Sustitúyase el inciso b.5) del artículo 3° del ANEXO I dela Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USODE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“b.5) La COORDINACIÓN DE CONTABILIDAD podrá rechazar los comprobantesrespaldatorios de las erogaciones mencionadas que no acompañen elpedido y respuesta del mismo o bien que no cumplan con los requisitosestablecidos en el presente Reglamento. Una vez ingresada la rendición,la revisión de la misma se centrará en las formalidades de loscomprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputaciónpresupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, yverificación de la aprobación del gasto por parte de la autoridadmáxima de la dependencia que rinde los fondos. En el caso de observargastos, La Coordinación mencionada deberá emitir una nota o informeintimando a que sean oportunamente salvadas en el plazo de CINCO (5)días.”

ARTÍCULO 5° — Deróguese el punto b.7) del artículo 3 del ANEXO I de laResolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USO DEFONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR”.

ARTÍCULO 6° — Sustitúyase el inciso b.8.3) del artículo 3° del ANEXO Ide la Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DEUSO DE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“b.8.3) La rendición se deberá presentar ante la COORDINACIÓN DECONTABILIDAD dependiente de la DIRECCIÓN DE FINANZAS dentro de losVEINTICINCO (25) días hábiles de efectuado el gasto. La misma seintegrará con el formulario “RENDICIÓN DE GASTOS – CAJA CHICA”, quecomo Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución.”

ARTÍCULO 7° — Sustitúyase el inciso b.9.2) del artículo 3° del ANEXO Ide la Resolución Presidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DEUSO DE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por el siguiente:

“b.9.2) Los comprobantes que respalden gastos cuya naturaleza secorresponda con las categorías apuntadas a continuación requeriránadicionalmente contar con la aprobación del área con competenciatécnica respecto al insumo/productos:

Insumo/ProductoFirma Conjunta

De informática y telecomunicacionesCoordinador de Modernización e e Informática

Para vehículos pertenecientes a la Flota ACUMAR(bienes o servicios, incluye cocheras)Coordinador de Servicios Auxiliares

De libreríaCoordinador de Servicios Auxiliares

De mantenimiento edilicioCoordinador de Servicios Auxiliares

Piezas de ComunicaciónDirector de Comunicación”.

ARTÍCULO 8° — Sustitúyase la tabla del ANEXO IV de la ResoluciónPresidencia ACUMAR N° 65/2016 “REGLAMENTO INTERNO DE USO DE FONDOROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR” por la siguiente:

DEPENDENCIAMONTO

Presidencia10.000

Comisión de Participación Social5.000

Consejo Municipal5.000

Secretaría General10.000

Dirección de Comunicación10.000

Dirección de Planificación, Coordinación y Modernización10.000

Dirección de Asuntos Jurídicos10.000

Dirección General Administrativa10.000

Dirección de Administración10.000

Dirección de Finanzas10.000

Dirección de Recursos Humanos10.000

Dirección General Ambiental10.000

Dirección Técnica10.000

Dirección de Gestión Integral de Residuos Sólidos10.000

Dirección de Fiscalización y Adecuación Ambiental10.000

Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental y Social10.000

Dirección General de Gestión Política y Social10.000

Dirección de Fortalecimiento Comunitario e Institucional10.000

Dirección de Salud y Educación Ambiental10.000

Dirección de Ordenamiento Territorial10.000

Unidad de Auditoria Interna10.000

TOTAL200.000

ARTÍCULO 9° — Sustitúyase el punto b.6) del Artículo 3 del REGLAMENTOINTERNO DE USO DE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LA ACUMAR por elsiguiente: “El monto asignado a cada dependencia solo podrá seraplicado a transacciones de contado efectivo. Los montos de gastosindividuales no podrán superar los PESOS TRES MIL ($3.000,00.-).”.

ARTÍCULO 10. — Sustitúyase el punto b.9.3) del Artículo 3 delREGLAMENTO INTERNO DE USO DE FONDO ROTATORIO Y CAJAS CHICAS DE LAACUMAR por el siguiente: “Queda terminantemente prohibido eldesdoblamiento de facturas, no admitiéndose en la misma rendiciónfacturas de gastos correlativas y/o de misma fecha por comprasrealizadas en un mismo proveedor cuyo monto total supere los PESOS TRESMIL ($3.000,00.-).”.

ARTÍCULO 11. — La presente entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 12. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Gladys Esther Gonzalez.

e. 23/02/2017 N° 10894/17 v. 23/02/2017

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