Resolución E 40/2017

Resolucion N° 301/2016 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Energia Electrica
Resolucion N° 301/2016 - Prorroga

Prorrogase el plazo establecido en el articulo 1° de la resolucion n° 301 de fecha 22 de diciembre de 2016 del ministerio de energia y mineria, hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive.

Id norma: 272168 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33575

Fecha boletin: 01/03/2017 Fecha sancion: 24/02/2017 Numero de norma 40/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Energia Y Mineria Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Energía y Minería

ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 40-E/2017

Prorrógase Plazo. Resolución N° 301/2016.

Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2017

VISTO los Expedientes N° S01:0162324/2016 del Registro del MINISTERIODE ENERGÍA y MINERÍA, EX-2016-03983982-APN-DDYME#MEM,EX-2017-2772752-APN-DDYME#MEM, EX-2017-2772680- APN-DDYME#MEM,EX-2017-2789548-APN-DDYME#MEM y EX-2017-01811887-APN- DDYME#MEM, y lodispuesto en las Resoluciones Nros. 202 de fecha 28 de septiembre de2016 (RESOL-2016-202-E-APN-MEM) y 301 de fecha 22 de diciembre de 2016(RESOL-2016-301-E-APN-MEM), ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 202 de fecha 28 de septiembre de 2016(RESOL-2016-202-E-APN-MEM) del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA sehabilitó de manera excepcional a los titulares de proyectos deinversión en generación a partir de fuentes renovables que hubierencelebrado contratos en el marco de las Resoluciones ex SE N° 712/2009 oN° 108/2011 que cumplan con determinadas condiciones –según losuniversos definidos en los Artículos 4° y 5° de la citada medida– asolicitar su incorporación al Régimen de Fomento de las EnergíasRenovables establecido por las Leyes Nros. 26.190 y 27.191 a través dela suscripción de un nuevo Contrato de Abastecimiento MEM a partir deFuentes Renovables, en los términos establecidos en la citadaresolución.

Que por los Artículos 6° y 10 de la Resolución N° 202/2016 se dispusoque los Contratos de Abastecimiento MEM a partir de Fuentes Renovablesa suscribir por los sujetos comprendidos en los Artículos 4° y 5° deaquella medida debían celebrarse dentro del plazo de CUARENTA Y CINCO(45) días hábiles contados desde la publicación de la citadaresolución, la cual se produjo el 29 de septiembre de 2016, habilitandocon carácter excepcional, por el mismo plazo, la celebración deContratos de Abastecimiento entre el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM)—representado por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTAELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA)— y los sujetos aludidos.

Que por la Resolución N° 301 de fecha 22 de diciembre de 2016(RESOL-2016-301-E-APN-MEM) de este Ministerio se dio por prorrogadohasta el 28 de febrero de 2017 el plazo mencionado en el párrafoprecedente, únicamente para aquellos sujetos alcanzados por lodispuesto en los Artículos 4° y 5° de la Resolución N° 202/2016 quehubieran manifestado en forma fehaciente ante esta Autoridad deAplicación, dentro del plazo originalmente establecido en los Artículos6° y 10 de la última resolución citada, su intención de acceder alRégimen de Fomento de las Energías Renovables en los términosdispuestos en aquélla, siempre que cumplan con la totalidad de losrequisitos y condiciones allí establecidos.

Que distintos titulares de proyectos de inversión que antes delvencimiento del plazo originalmente fijado por la Resolución N°202/2016 han manifestado ante esta Autoridad de Aplicación su intenciónde acceder al Régimen de Fomento de las Energías Renovables en lostérminos referidos, durante el plazo fijado por la Resolución N°301/2016 han presentado documentación y mantenido reuniones de trabajocon los órganos competentes de este Ministerio, tendientes a darcumplimiento a los requisitos enumerados en aquélla.

Que, no obstante el alto grado de avance de los procedimientoscorrespondientes, la mayoría de los titulares de proyectos hansolicitado la prórroga del plazo fijado por el Artículo 1° de laResolución 301/2016, ante la inminencia de su vencimiento.

Que ante esta circunstancia y frente al compromiso demostrado por talesempresas, resulta pertinente disponer la prórroga del plazo establecidoen la Resolución N° 301/2016, por un término razonable, con el fin depermitir que culminen con las presentaciones requeridas tendientes aacceder a la suscripción de un Contrato de Abastecimiento MEM en lostérminos de la Resolución N° 202/2016, previo análisis por parte deesta Autoridad de Aplicación del cumplimiento de todas las exigenciasnormativas dispuestas al efecto.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porlas Leyes Nros. 26.190 y 27.191; los Artículos 2°, 8°, 9° y 16 delAnexo I y concordantes del Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016y el Artículo 2° del Decreto N° 134 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 1° de laResolución N° 301 de fecha 22 de diciembre de 2016 del MINISTERIO DEENERGÍA Y MINERÍA, hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 75/2017del Ministerio de Energía y Minería B.O. 31/3/2017 se prorroga el plazoestablecido en el presente Artículo, hasta el 15 de mayo de 2017, inclusive.)

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADOMAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a ENERGÍA ARGENTINASOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) y al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR(BICE), en su carácter de fiduciario del FONDO FIDUCIARIO PARA ELDESARROLLO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES (FODER).

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan José Aranguren.

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