Decisión Administrativa 150/2017

Apruebase El Gasto

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jefatura De Gabinete De Ministros
Apruebase El Gasto

Apruebase el gasto de pesos trescientos cincuenta millones ($ 350.000.000) correspondiente al acta acuerdo de rescision bilateral suscripta en fecha 24 de febrero de 2017 entre la secretaria general de la presidencia de la nacion y la asociacion del futbol argentino, que como anexo i (conve-2017-02833194-apnsgp) forma parte integrante de la presente medida. deroganse las decisiones administrativas nros. 221/09 y 164/12, con sus respectivas modificatorias y complementarias.

Id norma: 272200 Tipo norma: Decisión Administrativa Numero boletin: 33576

Fecha boletin: 02/03/2017 Fecha sancion: 01/03/2017 Numero de norma 150/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Jefatura De Gabinete De Ministros Ver Decisiones Administrativas Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 150/2017

Apruébase gasto.

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2017

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-S01:0024249/2016 del registro de laSECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la DecisiónAdministrativa N° 221 del 1° de septiembre de 2009, el CONTRATO DEASOCIACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS CON LA ASOCIACIÓNDEL FÚTBOL ARGENTINO PARA LA TRANSMISIÓN DE ESPECTÁCULOS DE FÚTBOL PORTELEVISIÓN ABIERTA Y GRATUITA celebrado el 20 de agosto de 2009 y susadendas, la Decisión Administrativa N° 164 del 11 de abril de 2012, elDecreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, el ACTA ACUERDOsuscripta con fecha 1° de febrero de 2016 entre la SECRETARÍA GENERALde la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, laDecisión Administrativa N° 50 del 5 de febrero de 2016, el ACTA ACUERDOsuscripta con fecha 29 de julio de 2016 entre la SECRETARÍA GENERAL dela PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, laDecisión Administrativa N° 777 del 1° de agosto de 2016, el ACTAACUERDO suscripta con fecha 26 de septiembre de 2016 entre laSECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DELFÚTBOL ARGENTINO, la Decisión Administrativa N° 1045 del 26 deseptiembre de 2016 y el ACTA ACUERDO DE RESCISIÓN BILATERAL suscriptacon fecha 24 de febrero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 221/09 se creó en la órbita de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS con lafinalidad de coordinar y articular la transmisión y explotacióncomercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para laREPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DELFÚTBOL ARGENTINO, en los términos del Contrato celebrado entre laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINOcon fecha 20 de agosto de 2009.

Que por el citado contrato, la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO cedió enforma exclusiva a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los derechos deexplotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, porcualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos,creados o a crearse, de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión ydesarrollo de cada uno de los encuentros de los torneos de fútbol deprimera categoría organizados por la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO,para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en CapitalFederal, el interior y exterior del país, durante la vigencia delcontrato, a fin de permitir el acceso libre y gratuito por televisiónabierta en todo el territorio de la República.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 151/15 se transfirieron elPrograma “Fútbol para Todos” y el Programa “Automovilismo para Todos” ysus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURADE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de laPRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en virtud de ello, con fecha 1° de febrero de 2016 se suscribióentre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y laASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO un ACTA ACUERDO mediante el cual seestablecieron las pautas que regirían la relación entre las partes,durante el Torneo de Transición 2016.

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 50/16 se aprobó el gasto correspondiente a la referida ACTA ACUERDO.

Que con fecha 26 de septiembre de 2016, la SECRETARÍA GENERAL de laPRESIDENCIA de la NACIÓN suscribió con la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOLARGENTINO, un nuevo ACTA ACUERDO, para delimitar de manera expresa yordenada los fines y objetivos del contrato, las obligaciones de laspartes y los procedimientos que estas concretarían para cumplir dichosfines y objetivos.

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1045/16 seaprobó el gasto correspondiente al ACTA ACUERDO de fecha 26 deseptiembre de 2016.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA de la NACIÓN, suscribió conla ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO, el ACTA ACUERDO DE RESCISIÓNBILATERAL de fecha 24 de febrero de 2017 con el objeto de resolver elContrato que las unía.

Que en la Asamblea de la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO celebrada el24 de febrero de 2017 los representantes de los clubes resolvieronaprobar por mayoría, la rescisión del Contrato de Asociación entre laJefatura de Gabinete de Ministros con la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOLARGENTINO, para la transmisión de espectáculos de Fútbol por televisiónabierta y gratuita, de fecha 20 de agosto de 2009 con sus respectivasadendas, y acuerdos complementarios.

Que las partes acordaron en el ACTA ACUERDO DE RESCISIÓN BILATERAL laentrega de la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($350.000.000) por parte del Estado Nacional a la AFA, en virtud de larescisión que se acuerda y conforme a los derechos y obligaciones deambas partes.

Que en virtud de los antecedentes citados precedentemente, se consideraapropiado derogar la Decisión Administrativa N° 221/09, susmodificatorias y complementarias.

Que a su vez, teniendo en cuenta lo expresado en el Considerandoprecedente, resulta oportuna asimismo, la derogación de la DecisiónAdministrativa N° 164/12 y sus complementarias, ello teniendo en cuentaque a través de la misma se encomendó a los responsables del PROGRAMAFÚTBOL PARA TODOS el desarrollo de las actividades de coordinación yarticulación de la transmisión y explotación comercial de latelevisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo enlos términos del CONTRATO suscripto entre la JEFATURA DE GABINETE DEMINISTROS y la FUNDACIÓN DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPÚBLICAARGENTINA (FADRA).

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dela SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA dela PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL yel artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley deAdministración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por elDecreto N° 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el gasto de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTAMILLONES ($ 350.000.000) correspondiente al ACTA ACUERDO DE RESCISIÓNBILATERAL suscripta en fecha 24 de febrero de 2017 entre la SECRETARÍAGENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOLARGENTINO, que como ANEXO I (CONVE-2017-02833194-APN-SGP) forma parteintegrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Deróganse las Decisiones Administrativas Nros. 221/09 y164/12, con sus respectivas modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presentemedida será atendido con las partidas específicas del presupuestovigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20-01 -SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa sepublican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— ytambién podrán ser consultados en la Sede Central de esta DirecciónNacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(NotaInfoleg:Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de laedición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en elsiguiente link: Anexos)

Páginas externas

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