Resolución Conjunta 44/1993 44/1993

Decreto 1426/92 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Nacional De La Mujer
Decreto 1426/92 - Modificacion

Modificacion del decreto nro.1426/93, se adecua su funcionamiento.

Id norma: 32350 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 27771

Fecha boletin: 23/11/1993 Fecha sancion: 10/11/1993 Numero de norma 44/1993 44/1993

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De La Funcion Publica Ver Resoluciones Organismo origen: Consejo Nacional De La Mujer Ver Resoluciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Consejo Nacional de la Mujer y Secretaría de la Función Pública

CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER

Resolución Conjunta 44/93.

Modificación del Decreto Nº 1426/93.

Bs. As., 10/11/93

VISTO el Decreto Nº 1426/92, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario promover una modificación parcial en el Anexo VI - descripción de puestos aprobado por el artículo 24 del Decreto 1426/92.

Que la modificación propuesta no altera los ANEXOS IVa y Va de la norma.

Que dicho anexo VI es modificable conforme las facultades conferidas por el artículo 25 del citado Decreto.

Que el Consejo Nacional de la Mujer conjuntamente con el Gabinete de Consejeras Presidenciales ha diseñado un Plan de IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LA MUJER 1993-1994 que comprende programas a desarrollar por parte del Consejo: Empleo, Participación Politica, Salud, Promoción Social, Igualdad Jurídica y Calidad de Vida, además de las acciones de cada Dirección.

Que por otra parte, es una prioridad los preparativos del Informe Nacional a presentar en la VI Conferencia Regional sobre la Integración de la Mujer en el Desarrollo Económico y Social de América Latina y El Caribe preparatoria de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, a realizarse en setiembre de 1994 en Buenos Aires y en setiembre de 1995 en China, respectivamente.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER
Y
LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
RESUELVEN:

Artículo 1º — Adecuar el funcionamiento y las acciones previstas por el Decreto 1426/92 de la Dirección Nacional de Asistencia Técnica, la Dirección Nacional de Relaciones con la Comunidad y la Dirección Nacional de Relaciones Institucionales, a fin de dotar de una mejor eficacia al logro de los objetivos enunciados.

Art. 2º — Redistribuir las acciones previstas para las direcciones y de los puestos de los cargos del Anexo VI del Decreto Nº 1426/92 de acuerdo la Anexo I y II que forma parte de la presente Resolución.

Art. 3º — —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— María V. Franganillo. — Claudia Bello.

ANEXO I

DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA TECNICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, ejecutar y controlar programas de investigación, de capacitación y de asesoramiento técnico a organismos nacionales, provinciales y municipales y organizaciones sociales.

A. — ACCIONES

1. — Promover la realización de estudios e investigaciones capaces de ser sustento para la formulación de políticas públicas dirigidas a las mujeres.

2. — Planificar la realización de talleres, seminarios y congresos que permitan abrir y actualizar debates sobre la situación de la mujer y los efectos de la política pública.

3. — Efectuar el cumplimiento de la normativa vigente y elaborar proyectos legislativos adecuados a la ley 23.179.

4. — Realizar el seguimiento técnico de los convenios llevados a cabo con otros ministerios e instituciones evaluando los resultados.

5. — Brindar asesoramiento y asistencia técnica en los programas y proyectos que integren la programación nacional con los organismos multilaterales de crédito y las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y privadas a fin de promover la participación de la mujer en el proceso de desarrollo.

6. — Establecer acuerdos y convenios con los organismos de cooperación técnica y financiamiento internacional a fin de fortalecer las políticas públicas que tengan impacto sobre la situación de la mujer.

7. — Promover la participación y formación de mujeres políticas.

8. — Planificar y ejecutar proyectos y programas específicos.

9. — Intervenir en la elaboración de documentos e informes nacionales a ser presentados ante organismos y conferencias internacionales en temas relativos a la mujer.

B. — PROGRAMAS A CARGO DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

— Igualdad jurídica

— Participación política

— Calidad de vida

C. — VI CONFERENCIA REGIONAL SOBRE LA INTEGRACION DE LA MUJER EN EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, Bs. As., setiembre 1994 PREPARATORIA DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL DE LA MUJER, PEKIN, setiembre 1995.

Intervenir en la elaboración del documento nacional, del regional y plataforma de acción para estas conferencias.

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, organizar y controlar las actividades vinculadas con las relaciones institucionales del Consejo Nacional de la Mujer y los acuerdos y convenios que se deriven de las mismas.

A. — ACCIONES

1. — Promover y coordinar relaciones de intercambio y cooperación con los organismos gubernamentales nacionales, provinciales y municipales dedicados a la problemática de la mujer.

2. — Proponer la formalización de acuerdos y/o convenios con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales.

3. — Proponer, elaborar y dirigir actividades entre el Consejo Nacional de la mujer y organismos públicos nacionales, provinciales y/o municipales.

4. — Planificar y ejecutar actividades de fortalecimiento institucional y capacitación de las áreas mujer provinciales y/o municipales.

5. — Coordinar la elaboración del presupuesto anual del Consejo Nacional de la Mujer y supervisar su ejecución, quedando bajo su responsabilidad el Departamento de Coordinación Administrativa.

6. — Planificar un sistema de información sobre la situación de las mujeres a nivel nacional e internacional que alimente las comunicaciones institucionales y sustente las políticas para la mujer.

7. — Planificar y ejecutar programas y proyectos específicos.

8. — Aportar desde su ámbito de competencia a la elaboración de documentos e informes nacionales ante organismos y conferencias internacionales referidos al tema mujer.

B — PROGRAMAS A CARGO DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

— Salud

— Promoción social

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover y mantener una vinculación permanente entre las organizaciones comunitarias y el Consejo Nacional de la Mujer con el fin de recoger su experiencia para la elaboración de políticas y para su articulación con los programas existentes.

A. ACCIONES

1. — Proponer al consejo concertar con las organizaciones dedicadas a los problemas de la mujer políticas de promoción y estrategias de articulación entre organizaciones y de éstas con el Estado a través del Consejo.

2. — Coordinar, asistir y realizar el seguimiento de las acciones acordadas en las Comisiones Asesoras del Consejo vinculadas con temas comunitarios.

3. — Dirigir, coordinar y controlar la construcción de un directorio permanente de las organizaciones comunitarias dedicadas a los problemas de la mujer.

4. — Asesorar a las organizaciones comunitarias en aspectos legales y organizativos.

5. — Organizar estrategias de comunicación institucionales y temáticas.

6. — Planificar y ejecutar programas y proyectos específicos.

7. — Aportar desde el ámbito de su competencia a la elaboración de documentos e informes nacionales a ser presentados ante organismos y conferencias internacionales relativos al tema mujer.

B. — PROGRAMA A CARGO DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES:

— Empleo

ANEXO II

Nómina de cargos a concursar:

UNIDAD: PRESIDENCIA

Nivel B: Coordinador de Prensa.

Nivel C: Secretaria Privada.

Nivel D: Asistente administrativo.

Nivel D: Asistente administrativo.

UNIDAD: DEPARTAMENTO DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

Nivel C: Jefe de Departamento de Coordinación Administrativa.

Nivel E: Auxiliar administrativo.

UNIDAD: DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

Nivel B: Coordinador de Programas y Proyectos Institucionales y Sociales.

Nivel B: Responsables del centro de documentación.

Nivel C: Coordinador de proyectos de capacitación.

Nivel C: Coordinador de proyectos sociales.

Nivel D: Asistente Administrativo de la Dirección.

Nivel D: Asistente Administrativo del Centro de Documentación.

Nivel D: Asistente de proyectos.

Nivel E: Auxiliar administrativo.

UNIDAD: DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD

Nivel B: Coordinador de Programas y Proyectos con organizaciones comunitarias.

Nivel C: Coordinador de Proyectos Sociales.

Nivel C: Coordinador de Proyectos Sociales.

Nivel C: Coordinador de Proyectos de difusión y publicaciones.

Nivel C: Coordinador de Proyectos de asistencia para el desarrollo de organizaciones comunitarias.

Nivel D: Asistente de los Proyectos de Publicaciones.

Nivel D: Auxiliar administrativo de la Dirección.

Nivel D: Asistente de Proyectos de Información a Organizaciones.

Nivel E: Auxiliar administrativo de los Programas y Proyectos con organizaciones comunitarias.

UNIDAD: DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA TECNICA

Nivel B: Coordinador de Programas y Proyectos para la participación de la mujer en el desarrollo.

Nivel B: Coordinador de Programas y Proyectos de participación política de la mujer.

Nivel C: Coordinador de Relaciones Internacionales.

Nivel C: Coordinador de la cooperación con organismos públicos y privados, para el desarrollo de programas.

Nivel C: Coordinador del área Jurídico-Legislativo.

Nivel C: Coordinador de Proyectos de Investigación.

Nivel C: Coordinador de Capacitación, Asistencia Técnica y Difusión de programas de desarrollo.

Nivel D: Asistente Administrativo del área jurídico-legislativo.

Nivel D: Asistente Administrativo de la Dirección.

Nivel D: Asistente Administrativo de Programas y Proyectos.

Nivel E: Auxiliar Administrativo.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica