Resolución 182/1994

Articulo 74 De La Ley Nº 24.241

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Fondos De Jubilaciones Y Pensiones
Articulo 74 De La Ley Nº 24.241

Los instrumentos mantenidos en la cartera de los fondos de jubilaciones y pensiones a que hace referencia el art. 74 de la ley nº 24.241 deben atender a las proporciones expresadas como porcentaje sobre el total de los fondos.- resolucion conjunta 182/94 banco central de la republica argentina, 2161/94 comision nacional de valores y 93/94 superintendencia de administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones. (nota: abrogada por art. 2 de rc 4-241-2848/01 safjp-bcra-cnv - bo 23/7/01).-

Id norma: 33239 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 27871

Fecha boletin: 15/04/1994 Fecha sancion: 07/04/1994 Numero de norma 182/1994

Organismo (s)

Organismo origen: Banco Central De La Republica Argentina (B.C.R.A.) Ver Resoluciones Observaciones: -

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