Resolución 773/1996

Comisiones Medicas

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jubilacion Por Invalidez
Comisiones Medicas

Establecese la competencia exclusiva de las comisiones medicas instituidas por los articulos 51 de la ley nº 24241 y el procedimiento alli establecido, para los beneficios con causa en una jubilacion por invalidez generados en vigencia de las leyes 18037 y 18038, sin perjuicio de las facultades de contralor y fiscalizacion desde el punto de vista medico previsional, a cargo de la administracion nacional de la seguridad social, respecto de los referidos beneficiarios.

Id norma: 40189 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28516

Fecha boletin: 06/11/1996 Fecha sancion: 30/10/1996 Numero de norma 773/1996

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional Del Seguro Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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