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- Resolución 2165/1997
Resolución 2165/1997
Importacion Y Exportacion De Ejemplares Vivos
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Fauna Y Flora Silvestre
Importacion Y Exportacion De Ejemplares Vivos
Aprobar los anexos iii "b" y vii"b" de la presente que reemplazan a los anexos iii "a" y vii "a" de la res. a.n.a. nº 2513/93.-
Id norma: 43869 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28665
Fecha boletin: 11/06/1997 Fecha sancion: 28/05/1997 Numero de norma 2165/1997
Organismo (s)
Organismo origen: Administracion Nacional De Aduanas Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANASResolución 2165/97Modifícase la Resolución N° 2513/93, relativa a la importación y exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna y flora silvestres.Bs. As., 28/5/97VISTO la Resolución de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS N° 2513/93 relativa a la importación y exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna y flora silvestres, yCONSIDERANDO:Que con motivo del dictado del Decreto N° 221 /96, la Resolución SRNAH N° 333/96 y la Resolución SRNDS N° 209/97, corresponde su adecuación.Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el Artículo 23, Inciso i) de la Ley 22.415 (Código Aduanero) y lo prescripto en el Artículo 3° del Decreto N° 1156/96.Por ello,LA INTERVENTORA EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANASRESUELVE:Artículo 1° — Aprobar los Anexos III "B" y VII "B" de la presente que reemplazan a los Anexos III "A" y VII "A" de la Resolución A.N.A. N° 2513/93. Art. 2° — Aprobar el facsímil de firmas de los funcionarios de la Administración de Parques Nacionales autorizados a otorgar certificados de exportación para trofeos de caza de las especies Ciervo Colorado (Cervus alaphus) y jabalí Europeo (Sus scrofa) provenientes de las provincias de Neuquén y Río Negro, que obra como Anexo XII de la presente. Art. 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta ADMINISTRACION NACIONAL. Remítase copia a la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR-SECCION NACIONAL-, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ALADI (R.O.U.) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACIONYASISTENCIA MUTUA entre las DIRECCIONES NACIONALES DE-ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑAY PORTUGAL. Cumplido, archívase. — María I. Fantelli.
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