Resolución 2232/1997

Secretaria De Control Selectivo - Creacion -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Estructura Organizativa
Secretaria De Control Selectivo - Creacion -

Crease la seccion control selectivo dependiente de la division investigaciones y procedimientos del departamento policia aduanera - secretaria de control. descripcion de cargos. acciones. (...) dejase sin efecto la res. a.n.a. nº 837/93. (...) autorizase a la division organizacion y metodos a efectuar las modificaciones pertinentes en la estructura organizativa aprobada por res. a.n.a. nº 2323/91.-

Id norma: 43890 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28666

Fecha boletin: 12/06/1997 Fecha sancion: 29/05/1997 Numero de norma 2232/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De Aduanas Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

SECRETARIA DE HACIENDA

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Resolución Nº 2232/97

Bs.As.,29/5/97

B.O: 12/6/97

VISTO las Resoluciones 1166/92, 837/93 y 125/97,y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario implementar un sistema de control dinámicoque se compadezca con las alternativas que hoy presenta el ComercioExterior.

Que a los efectos de la reglamentación y aplicaciónde las Resoluciones Nº 1166/92 y 125/97 con sus correspondientesmodificaciones, resulta procedente la integración de 8(ocho) ramos.

Que dicha integración conlleva a una unificaciónen el sistema de control de las operaciones de importacióny exportación lo que trae aparejado un mayor aprovechamientode los recursos humanos y materiales.

Que el sistema aludido permite el control requerido por las Resolucionescitadas precedentemente.

Que el control documental y físico de las mercaderíasdeberá efectuarse en forma selectiva e integral, másallá del canal asignado; existiendo la posibilidad de efectuarverificaciones y contraverificaciones.

Que para dar cumplimiento a la presente se hace necesario la creaciónde una Sección de Control Selectivo dependiente de la DivisiónInvestigaciones y Procedimientos del Departamento PolicíaAduanera, Secretaría de Control.

Que deberá dotarse a la Sección mencionada de losrecursos humanos y materiales necesarios para el perfecto desarrollode las tareas que le son propias.

Que los cargos ha asignar serán cubiertos por personalde la planta permanente de esta Administración Nacional.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas porel art. 23, incs. p) y u), de la Ley 22.415 y Art. 3º delDecreto 1 156/96.

Por ello,

LA INTERVENTORA EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º-Crear la Sección Control Selectivodependiente de la División Investigaciones y Procedimientosdel Departamento Policía Aduanera - Secretaría deControl, acorde con el organigrama que como ANEXO I se agrega.

ARTICULO 2º-Los cargos que componen la SecciónControl Selectivo que por este acto se crea, serán cubiertospor personal de la planta permanente de esta AdministraciónNacional acorde con el cuadro de descripción de cargosque se establece en el ANEXO II.

ARTICULO 3º-Trasladar al personal que se encuentraprestando servicio en la Comisión de Control Selectivo,que por la presente se deja sin efecto, a la Sección ControlSelectivo dependiente de la División investigaciones yProcedimientos del Departamento Policía Aduanera, los cualescubrirán los cargos que se crean en el artículoprecedente de acuerdo a sus categorías de revista.

ARTICULO 4º-La Sección Control Selectivo creadapor el artículo 1º de la presente llevará acabo las acciones que se exponen en el ANEXO III.

ARTICULO 5º-Dotar a dicha Sección de los recursosmateriales que dispone la Comisión de Control Selectivocreada por la Resolución que en este acto de deroga.

ARTICULO 6º-Dejar establecido que dicha Seccióndeberá organizarse en 8 ramos, los cuales se definen enANEXO IV, debiendo cada uno de ellos ejercer el Control Selectivotanto sea para importación como para exportación,indistintamente.

ARTICULO 7º-La División Investigaciones y Procedimientosdesignará los responsables de cada ramo, como asítambién propondrá los traslados y asignaciónde funciones del personal mencionado en el artículo 3º,dentro del ámbito de esa División de acuerdo a suprofesión y conocimientos técnicos, a la Secretaríade Control.

ARTICULO 8º-Dejar sin efecto la ResoluciónNº 837/93.

ARTICULO 9º-La División Organizacióny Métodos, introducirá las modificaciones pertinentesen la Resolución Nº 2323/91, que aprobó laEstructura Organizativa de la Aduana.

ARTICULO 10.-Regístrese. Publíquese en elBoletín Oficial y en el de esta Administración Nacional.Remítase copia a la Secretaría de Hacienda y DirecciónGeneral Impositiva. Tomen razón los Departamentos RecursosHumanos y Materiales. Cumplido, archívese. -Dra. MARIAISABEL FANTELLI. Interventora Administración Nacional deAduanas.

ANEXO II

DESCRIPCION DE CARGOS - SECRETARIA DE CONTROL - DEPARTAMENTO POLICIAADUANERA - DIVISION INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS

DEPENDENCIA: SECCION CONTROL SELECTIVO

CANTIDAD AGRUPAMIENTO POR FUNCION CATEGORIA

1 CTA-05 Jefe Sección Inspector Principal

1 CTA-06 2º Jefe Sección Inspector Principal

2 CTA-06 Inspector Principal

6 CTA-07 Inspector

8 CTA-08 Subinspector de 1ra.

16 CTA-09 Subinspector

12 CTA-10 Oficial Aduanero Principal

7 CTA-11 Oficial Aduanero de 1ra.

2 CTA-12 Oficial Aduanero de 2da.

1 CTA-13 Oficial Aduanero de 3ra.

5 CTA-14 Auxiliar Aduanero de 1ra.

5 CTA-15 Auxiliar Aduanero de 2da.

4 CAA-12 Administrativo

4 CAA-16 Administrativo

1 CM-16 Ordenanza

ANEXO III

DEPARTAMENTO POLICIA ADUANERA - DIVISION INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOSSECCION CONTROL SELECTIVO

ACCIONES:

a) Evaluar la información recepcionada de la DivisiónAnálisis y Procesamiento de la Información, participandocon la misma en la formulación de los perfiles relativosa la determinación y búsqueda de controles inteligentes.

b) Desarrollar acciones de Supervisión Selectiva de destinacionesde importación - exportación tanto en zona primariacomo secundaria, ejecutando las mismas coordinadamente con laSección Procedimientos ambas dependientes de la DivisiónInvestigaciones y Procedimientos.

c) Generar en base a las supervisiones antes señaladasprogramas investigativos que serán remitidos para su ejecucióna la Sección Investigaciones dependiente de la DivisiónInvestigaciones y Procedimientos.

d) Participar, en los operativos que determine el DepartamentoPolicía Aduanera, cuando a juicio de esa instancia resultennecesarios.

ANEXO IV

RAMOS DE CONTROL SELECTIVO

RAMO I: Cueros y carnes

RAMO II: Cereales, alimentos y maderas

RAMO III: Productos minerales y químicos

RAMO IV: Papeles, textiles y sus manufacturas

RAMO V: Metales, vidrios, materias análogas y armas

RAMO VI: Máquinas y materiales de transporte

RAMO VII: Electricidad y óptica

RAMO VIII: Varios

e. 12/6 Nº 188.721 v. 12/6/97

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica