Disposición 22/1997

Varta Baterias S.A.I.C. Y F

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Industria
Varta Baterias S.A.I.C. Y F

Modificase la res. sicym nº 26/97, por la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgado a varta baerias s.a.i.c. y f

Id norma: 44597 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 28691

Fecha boletin: 21/07/1997 Fecha sancion: 16/07/1997 Numero de norma 22/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Industria Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA

Disposición 22/97

Modifícase la Resolución Nº 26/97-SICYMpor la que se aprobara un plan de intercambio compensado otorgadoa "Varta Baterías Sociedad An6nima, Industrial, Comercialy Financiera".

Bs. As., 16/7/97

B.O.: 21/07/97

VISTO el expediente Nº 060-014306/96, del registro del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma"VARTA BATERIAS SOCIEDAD ANONIMA. INDUSTRIAL, COMERCIAL YFINANCIERA.-, con domicilio en Ruta 200 Km. 33,5 Merlo Provinciade Buenos Aires, solicito se le otorgue la aprobación deun plan de Intercambio compensado que le fuera aprobado por ResoluciónS.I.C. y M. Nº 26 del 21 de enero de 1997, y el expedienteNº 060-000421/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por los que la firma -VARTA BATERIASSOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA solicitala corrección en la descripción de uno de los productosa importar que figuran en el anexo a la Resolución S.I.C.y M. Nº 26 del 21 de enero de 1997. y

CONSIDERANDO:

Que la corrección solicitada en uno de los productos aimportar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº26 del 21 de enero de 1997, resulta viable de acuerdo a las constanciasy verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la modificación solicitada no vulnera la suspensióndel Programa de Intercambio Compensado establecida por el DecretoNº 33 del 15 de enero de 1996 y en el articulo 1º dela Resolución ex - S.M. e 1. Nº 190 del 29 de abrilde 1996 y sus modificatorias Resolución S.I. y M. Nº175 del 26 de setiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M.291 del 11 de abril de 1997.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitosde la legislación aplicable.

Que la Delegación III de la Dirección General deAsuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecidoen los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del15 de enero de 1996 y en el artículo 1º de la Resoluciónex - S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatoriasResolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de setiembrede 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 deabril de 1997.

Por ello.

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1º-Sustitúyese el anexo dela Resolución S.I.C. y M. Nº 26 del 21 de enero de1997, por la que se aprobara un plan de intercambio compensadootorgado a la firma -VARTA BATERIAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL,COMERCIAL Y FINANCIERA- con domicilio en Ruta 200 km. 33,5, Merlo,Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indicanen el Anexo de UNA (1) foja que forma parte Integrante de la presentedisposición.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes dela solicitud a que se refiere la presente disposición seregirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996,por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abrilde 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº175 del 26 de setiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M.Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como asítambién por los compromisos asumidos por la beneficiariaen el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-014306/96.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectosque hubiere lugar, la firma -VARTA BATERIAS SOCIEDAD ANONIMA,INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA constituye domicilio especialen Avda. Leandro N. Alem 1050, Piso 5º, Capital Federal.donde serán válidas todas las notificaciones judicialeso extrajudiciales que se le practiquen. siendo competente parael caso de divergencia o controversia la jurisdicción dela Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente disposición comenzaráa regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remítase copia de la presente disposicióna la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Art. 6º-Notifiquese a la interesada.

Art. 7º-Comuniquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Héctor Gambarotta.

ANEXO A LA DISPOSICION S.I.C. y M. Nº 22

Expediente Nº 060-014306/96

Empresa: VARTA BATERIAS SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIALY FINANCIERA

Productos a Exportar:

Posición N.C.M Descripción

8507.10.00 Baterías de arranque automotor

Productos a Importar

Posición N:C.M Descripción

8507.10.00 Acumuladores de Plomo Acido (Baterías Automotrices

8507.90.10 Separadores para Baterías automotrices

8507.90.20 Cajas, Tapas, Tapones de plástico para baterías automotrices

8507.90.90 Placas para baterías automotrices

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