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Resolución 129/1997
Sulfacid S.A.I.F.Y C
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Obras Sociales
Sulfacid S.A.I.F.Y C
Dese de baja a la obra social sulfacid s.a.i.f. y c. en el registro nacional de obras sociales como agente del seguro de salud
Id norma: 45233 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28714
Fecha boletin: 22/08/1997 Fecha sancion: 15/08/1997 Numero de norma 129/1997
Organismo (s)
Organismo origen: Instituto Nacional De Obras Sociales (Inos) Ver Resoluciones Observaciones: -
Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Instituto Nacional de Obras Sociales
OBRAS SOCIALES
Resolución 129/97
Dase de baja a la Obra Social Sulfacid S.A.I.F. y C. en el
Registro Nacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de
Salud.
Bs. As., 15/8/97
B.O: 22/8/97
VISTO las Actuaciones Nº 31.330/94 ANSSAL, Nº 38.210/97
ANSSAL, Nº 38.177/97 ANSSAL y Nº 33.473/95 ANSSAL; y
CONSIDERANDO:
Que la OBRA SOCIAL SULFACID S.A.I.F. y C. (RNOS 3-0300) ha solicitado
su liquidación por presentación obrante a fs. 1
de la Actuación nº 38.210/97, por haberlo así
decidido los miembros de su Directorio.
Que según constancias obrantes en la aludida Actuación
a partir del 1º de marzo del corriente año el personal
beneficiario del Agente de Salud referenciado fue transferido
en su totalidad a la OBRA SOCIAL DE EJECUTIVOS Y DEL PERSONAL
DE DIRECCION DE EMPRESAS-OSDE-(RNOS 4-0080).
Que habiendo registrado la entidad su Estatuto, corresponde que
ajusten su actuar a lo allí dispuesto y a lo establecido
por Resolución 2316/96-0056/96 INOS-ANSSAL.
Por ello, en virtud de lo normado por las leyes 23.660 y 23.661
y los Decretos 784/ 93 y 785193 del Poder Ejecutivo Nacional.
EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES
RESUELVE:
Artículo 1º-Dar de baja en el Registro Nacional
de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud a la OBRA SOCIAL
SULFACID S.A.I.F. y C. (RNOS 3-0300).
Art. 2º-Desígnase como Delegado Liquidador
por la OBRA SOCIAL SUFACID S.A.I.F. y C, al Señor Walter
Eduardo AYOROA. D.N.I. 14.316.830 quien deberá ajustar
su cometido a los términos del Estatuto de la Entidad y
lo establecido por la Resolución 2316/96 0056/96 ANSSAL-INOS.
Art. 3º-Regístrese, comuníquese a D.G.I.,
ANSSeS, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y oportunamente archívese.-José
L. Lingeri.
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