Resolución 98/1997

Declaracion Jurada Anual

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Establecimientos Industriales Y/O Especiales
Declaracion Jurada Anual

Fijanse las fechas para el retiro del los formularios de declaracion jurada anual y presentacion de los mismos conteniendo los datos especificados en el decreto nº 674/89, para todos los establecimientos industriales y/o especiales

Id norma: 45774 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28731

Fecha boletin: 16/09/1997 Fecha sancion: 01/09/1997 Numero de norma 98/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional Del Agua Y Del Ambiente Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE
Resolución 98/97
Fíjanse las fechas para el retiro de los formularios de declaración jurada anual y presentación de los mismos conteniendo los datos especificados en el Decreto N° 674/89, para todos los establecimientos industriales y/o especiales.
Ezeiza, 1/9/97
VISTO los Decretos N° 674/89, N° 776/92, N° 1403/96, N° 74/97 y las Resoluciones y Disposiciones dictadas en su consecuencia, y
CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° 674/89 en su artículo 10° se establece que todos los establecimientos industriales y/o especiales están obligados a presentar una declaración jurada anual conteniendo los datos especificados en las Disposiciones Instrumentales del Decreto citado.
Que es necesario fijar fechas para el retiro de los formularios y presentación de los mismos.
Que a todo establecimiento industrial y/o especial que no efectúe la presentación en término de la declaración jurada anual se le aplicará las multas previstas en el artículo 15° de Decreto N° 674/89.
Que por Decreto N° 1403/96, las funciones operativas derivadas del Poder de Policía en materia de Control de la Contaminación que antes tenía la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO han sido transferidos al INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente de este Organismo.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud del Decreto N° 74/97.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Fijar como plazo para el retiro de formularios del 13 de octubre de 1997 al 31 de octubre de 1997.
Art. 2° — Fijar como plazo para la presentación de formularios del 3 de noviembre de 1997 al 19 de diciembre de 1997.
Art. 3° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido oportunamente archívese. — Mario R. de Marco Naón.

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