Resolución 1197/1997

Ex- Fabrica Militar San Francisco

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Privatizaciones
Ex- Fabrica Militar San Francisco

Adjudicase la licitacion publica convocada por art. 2º de la res. meyosp nº 763/97, a la firma hector codini y compañia s.r.l

Id norma: 47043 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28765

Fecha boletin: 03/11/1997 Fecha sancion: 21/10/1997 Numero de norma 1197/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Economia, Obras Y Servicios Publicos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución N° 1197/97

Bs. As., 21/10/97

B.O: 3/11/97

VISTO el Expediente N° 080-004804/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, lo dispuesto por las
Leyes N° 23.696 y N° 24.045, por los Decretos N°
1105 del 20 de octubre de 1989 y N° 464 del 29 de abril de
1996 y las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS N° 401 del 31 de marzo de 1997 y Nº 763 del
4 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que los activos que integran la ex-FABRICA MILITAR SAN FRANCISCO
dependiente de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES,
Organismo Descentralizado de la SECRETARIA DE COORDINACION del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS han sido declarados
sujetos a privatización, dando lugar a diversos procesos
de venta con las modalidades con base y con personal y sin base
y sin personal, los que se han visto frustrados por no presentarse
oferentes o no ser declaradas admisibles las propuestas presentadas.

Que hallándose el establecimiento en esta situación,
durante ese lapso, parte de sus máquinas y equipamiento
han sido transferidos a otras dependencias de la DIRECCION GENERAL
DE FABRICACIONES MILITARES, Organismo Descentralizado de la SECRETARIA
DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS no poseyendo en la actualidad instalaciones aptas para
la producción eficiente de elementos útiles para
la defensa nacional, acorde con los nuevos requerimientos tecnológicos.

Que la ex-FABRICA MILITAR SAN FRANCISCO se encuentra desactivada
desde el 1° de enero de 1997, sin personal y generando erogaciones
para su mantenimiento.

Que frente a esa situación, en el mes de marzo del año
en curso se intento la venta en Licitación Pública
Nacional e Internacional (Resolución N° 401/97) del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS), esta vez
sin base a efectos de facilitar la posibilidad de transferir los
activos al sector privado.

Que, a pesar de ello, el llamamiento licitatorio tuvo escaso éxito
ya que sólo se presentó una propuesta de compra,
que fue desechada por considerarse que la oferta económica
presentada de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 1.200.000.-) resultaba
muy inferior a la tasación practicada por el BANCO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que el rechazo de la oferta fue dispuesto por la autoridad de
aplicación, no obstante haberse optado por la licitación
sin base (artículo 18, inciso 1 de la Ley N° 23.696)
en razón de procurar alcanzar una mejor alternativa económica,
que preserve el interés fiscal.

Que con tal finalidad, la Resolución N° 763/97 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, desestimó
la propuesta económica presentada, y convocó a una
nueva Licitación Pública Nacional e Internacional,
con el mismo Pliego de Bases y Condiciones.

Que en esta nueva instancia han sido declaradas admisibles las
DOS (2) propuestas presentadas, por lo que se ha pasado a evaluar
las respectivas ofertas de ambos proponentes.

Que pese al carácter Internacional de la licitación,
ambas propuestas fueron efectuadas por industriales radicados
en la zona en que se ubica la mencionada ex-FABRICA MILITAR SAN
FRANCISCO, estimándose por tanto y sobre la base de los
antecedentes existentes, que su adquisición sólo
es de interés regional.

Que el precio ofrecido por la firma HECTOR CODINI Y COMPAÑIA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA asciende a DOS MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL PESOS ($ 2.253.000.-), resultando significativamente
más elevado al obtenido en la anterior convocatoria y aproximándose
aceptablemente al valor de la tasación oficial.

Que no obstante las tasaciones tomadas como referencia para la
ponderación de las ofertas, el verdadero precio de las
cosas surge del mercado sin haberse alcanzado en ninguna oportunidad
los montos determinados en la tasación.

Que la firma proponerte ha señalado en su presentación
que proyecta destinar las instalaciones fabriles a la concreción
de diversos emprendimientos industriales, ampliando sus actuales
actividades e iniciando nuevas elaboraciones.

Que tales objetivos tendrán un positivo efecto sobre la
economía local dado que la mayor actividad industrial vendrá
a crear nuevos puestos de trabajo, mejorando el nivel de empleo
de la zona.

Que estas razones hacen aconsejable la adjudicación de
la Licitación Pública Nacional e Internacional convocada,
a la firma HECTOR CODINI Y COMPAÑIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA en atención a que la misma ha ofertado el mayor
valor.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio
ha tomado la intervención de su competencia

Que asimismo la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL ESTADO Y
DEL SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES del HONORABLE CONGRESO
DE LA NACION y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION han efectuado
la intervención que les compete en las actuaciones en trámite,
no formulando reparos a la adjudicación propuesta.

Que el suscripto se halla facultado para el dictado del presente
acto por el artículo 13 de la Ley N° 23 696.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°-Adjudícase la Licitación
Pública Nacional e Internacional convocada por el artículo
2° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS N° 763 de fecha 4 de julio de 1997 a
la oferta presentada por la firma HECTOR CODINI Y COMPAÑIA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

ARTICULO 2°-El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS en su carácter de autoridad de aplicación,
continuará supervisando hasta su finalización, el
proceso de privatización en curso de ejecución.

ARTICULO 3°-Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ - Ministro de
Economía y Obras y Servicios Públicos.

e. 3/11 N° 204.711 v. 3/11/97

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