Resolución 199/1997

Personal De Seguros

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Obras Sociales
Personal De Seguros

Dese de baja a la obra social del personal de seguros del registro nacional de obras sociales como agentes del seguro de salud

Id norma: 47954 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28796

Fecha boletin: 17/12/1997 Fecha sancion: 05/12/1997 Numero de norma 199/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Obras Sociales (Inos) Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Instituto Nacional de Obras Sociales

OBRAS SOCIALES

Resolución 199/97

Dase de baja a la Obra Social del Personal de Seguros del RegistroNacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud.

Bs. As., 5/12/97

B.O: 17/12/97

VISTO las Actuaciones Nº 32.264/94 y 33.257/94 ANSAAL; y

CONSIDERANDO

Que de las Actuaciones del Visto, surge que la OBRA SOCIAL DELPERSONAL DEL SEGURO (RNOS 1- 1980) solicitó a esta Administración,la baja del Registro Nacional de Obras Sociales (fs. 97 Actuación32.264/94).

Que la entidad no percibe aportes y contribuciones y sus ingresostenían como fundamento en la Ley 19.518, que diera origenal INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA EL PERSONAL DEL SEGURO,.REASEGURO, CAPITALIZACION Y AHORRO Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA(RNOS 5-0120).

Que tampoco brinda prestaciones medico asistenciales y su gestiónse reduce sólo a las prestaciones de turismo, enseñanzay otros beneficios no referidos a la salud.

Que mediante el art. l0 del Decreto 492/95 y Resoluciónconjunta Nº 0102/96 INOS y Nº 33S6/96 ANSSAL, se transformóel mencionado Instituto, en una Obra Social Sindical segúnel art.1º inc. h) de la Ley 23.660, bajo la denominaciónde OBRA SOCIAL DE LA ACTIVIDAD DE SEGURO, REASEGURO, CAPITALIZACIONY AHORRO Y PRESTAMO PARA LA VIVIENDA (RNOS 0-0090), manteniendoel aporte del 15% a la Asociación Sindical.

Que con fecha 6/11/97 el Consejo Directivo del Sindicato del Segurode la República Argentina, resolvió asumir de mododirecto la recepción de esos recursos y la responsabilidadde brindar las prestaciones sociales con exclusión de lasmédico asistenciales.

Que en razón de la situación descripta, correspondeproceder autorizar el proceso liquidatorio de la OBRA SOCIAL DELPERSONAL DEL SEGURO (RNOS I - 1980). y su baja del Registro Nacionalde Obras Sociales, en el marco de los arts. 34, 35 y 36 del Estatuto.

Por ello, en virtud de lo normado por las leyes 23.660 y 23.661,y los Decretos Nros. 784/93 y 785/93 PEN.

EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1º-Dar de baja del Registro Nacionalde Obras Sociales como Agentes del Seguro de Salud a la OBRA SOCIALDEL PERSONAL DEL SEGURO (RNOS 1 - 1980) e iniciar el proceso deliquidación administrativa.

Art. 2º-Vuelva a la UNIDAD DE CONTROL Y COORDINACIONa fin de efectuar el seguimiento de la liquidación estatutariade la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL SEGURO a iniciarse el 1ºde Diciembre de 1997.

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, publíquese,dése a conocimiento a la Dirección General Impositivay a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamentearchívese.-José L. Lingeri.

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