Resolución 1316/1997

Creanse La Unidad "Area De Origen De Mercaderias"

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comercio Exterior
Creanse La Unidad "Area De Origen De Mercaderias"

Creanse la unidad de proyecto "area de origen de mercaderias" cuya responsabilidad sera la coordinacion con otros organismos de los distintos procedimientos de negociacion, bilaterales o multilaterales donde se discutan textos, procedimientos y normativas vinculadas al origen de las mercaderias, y el consejo asesor sobre normas de origen

Id norma: 48065 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28801

Fecha boletin: 24/12/1997 Fecha sancion: 17/12/1997 Numero de norma 1316/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Industria, Comercio Y Mineria Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Industria, Comercio y Minería

COMERCIO EXTERIOR

Resolución 1316/97

Créanse la Unidad de Proyecto "Arca de Origen deMercaderías" cuya responsabilidad será la coordinacióncon otros organismo de los distintos procedimientos de negociación,bilaterales o multilaterales donde se discutan textos, procedimientosy normativas vinculadas al origen de las mercaderías, yel Consejo Asesor sobre Normas de Origen.

Bs. As., 17/12/97

B.O.: 24/12/97

VISTO el Expediente Nº 061-010725/97 del Registro del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que resulta de vital Importancia que el ingreso de las mercaderíasimportadas al amparo de un régimen preferencial se ajustea las condiciones y requisitos de origen acordados en los conveniosque a nivel bilateral o multilateral ha celebrado la REPUBLICAARGENTINA.

Que asimismo en ciertas situaciones debe determinarse el paísde origen de la mercadería importada cuando para su Introducciónal territorio aduanero se aplican instrumentos de políticacomercial no preferencial de los previstos en el Acuerdo sobreNormas de Origen del GATT de 1994 aprobado por la Ley Nº24.425, tales como la aplicación del trato de naciónmas favorecida, derechos antidumping o compensatorios, medidasde salvaguardia, prescripciones en materia de marcas de origeny restricciones cuantitativas o contingentes arancelarios discriminatorios,así como también cuando se utilizan normas de origenpara las compras del sector público o para las estadísticascomerciales.

Que sin afectar la agilidad del comercio para las importacionessujetas a la documentación del origen de la mercadería;resulta conveniente garantizar una administración adecuadade todos estos sistemas con el objeto que su exigencia cumplalos objetivos previstos.

Que dada la relevante importancia de una acción coordinadaen este sentido y los distintos ámbitos en los cuales eltema de origen se desenvuelve y desarrolla en esta Secretaríase ha estimado conveniente asignar esta tarea a un grupo con dedicaciónespecial y exclusiva, previendo la participación de losdistintos sectores de la administración públicacon competencia e interés en el tema como asimismo delsector privado.

Que para la medida que se propicia ha tomado debida intervenciónla DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS.

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo normadoen la Ley de Ministerios -t.o. en 1992- los Decretos Nros. 101de feche 16 de enero de 1985y 1183 del 12 de noviembre de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE

Artículo 1º-Créase la Unidad de Proyecto"AREA DE ORIGEN DE MERCADERIAS" la que desarrollarasu actividad en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIOEXTERIOR, dependiendo directamente del Señor Subsecretario.

Art. 2º-A partir de las tareas desarrolladas por laUnidad de Proyecto "AREA DE ORIGEN DE MERCADERIAS",esta Secretaría promoverá y coordinara accionestendientes a garantizar una adecuada administración delos distintos sistemas vinculados al control del origen, en cumplimientode los acuerdos de los cuales la REPUBLICA ARGENTINA es parte,proponiendo líneas de acción y perfeccionamientosnormativos u operativos que se estimen necesarios.

Art. 3º-En el contexto de las tareas señaladasen los artículos anteriores se impulsaran especialmenteprocedimientos de verificación y control tendientes a confrontarla veracidad de la información contenida en los certificadosde origen.- Para tales efectos se utilizaran los procedimientosconvenidos en los distintos acuerdos que permiten que dicha tarease desarrolle en los países de origen de las mercaderías.

Art. 4º-El control sobre las entidades locales habilitadasa emitir certificados de origen, se realizara de forma tal quepermita determinar que se hayan adoptado los recaudos para quela emisión de los certificados y la informaciónen ellos contenida se ajuste a los compromisos asumidos por laREPUBLICA ARGENTINA.

Art. 5º-Con el objeto de garantizar la autenticidadde los certificados de origen se promoverán en el ámbitodel Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de la AsociaciónLatinoamericana de Integración (ALADI) acciones tendientesa implantar a la mayor brevedad un sistema de seguridad ajustadoa la tecnología informática hoy disponible, quepermita a las autoridades aduaneras intervinientes en forma rápidae indubitada comprobar la existencia de un documento hábilpara facilitar el trato arancelario preferencial.

Art. 6º-La Unidad de Proyecto "AREA DE ORIGENDE MERCADERIAS" creada por el artículo 1º dela presente Resolución será responsable de la coordinacióncon otros organismos de los distintos procedimientos de negociación,bilaterales o multilaterales donde se discutan textos, procedimientosy normativas vinculadas al origen de las mercaderías.

Art. 7º-Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIADE COMERCIO EXTERIOR el CONSEJO ASESOR SOBRE NORMAS DE ORIGENdel cual participarán las distintas entidades del sectorprivado vinculadas al que hacer exportador e importador. El citadoConsejo tendrá carácter de asesor y serácoordinado por el Señor Subsecretario de Comercio Exterioro la persona que este designe para representarlo.- La mencionadaSubsecretaria determinara sus modalidades de funcionamiento comoasimismo la convocatoria de las entidades que participaran delmismo, siendo la intervención en todos los casos de naturaleza"ad honorem".

Art. 8º-Desígnase coordinador de la Unidadde Proyecto "AREA DE ORIGEN DE MERCADERIAS" creada porel artículo 1º de la presente Resolución alfuncionario Letra B-Nivel III de esta Secretaria Doctor OsvaldoNUSSHOLD (D.N.I. Nº 4.545.212).

Art. 9º-Comuníquese, publíquese, desea la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Aileto A. Guadagni.

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