Resolución 1373/1997

Haber Anual Complementario - 2da Cuota

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistema Integrado De Jubilaciones Y Pensiones
Haber Anual Complementario - 2da Cuota

Apruebase el calendario de pago de prestaciones del sistema nacional de prevision para la emision correspondiente a la segunda cuota del haber anual complementario de 1997, de los grupos de pago 11 a 15

Id norma: 48144 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28804

Fecha boletin: 30/12/1997 Fecha sancion: 23/12/1997 Numero de norma 1373/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional de la Seguridad Social

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución 1373/97

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones delSistema Nacional de Previsión para la emisión correspondientea la segunda cuota del Haber Anual Complementario de 1997, delos grupos de pago 11 a 15.

Bs. As., 23/12/97

B.O.: 30/12/97

VISTO la Resolución D.E. -A Nº 1341 en la que se estableceel Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional dePrevisión correspondiente a la segunda cuota del HaberAnual Complementario de 1997. de los grupos de pago de 1 a 10.y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional ha decidido proceder al pago de la segundacuota del Haber Anual Complementario de 1997 comenzando en elmes de diciembre.

Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronostico de ingresosal Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudaciónde aportes y contribuciones sobre la nomina salarial. fijándoselas fechas de pago para los haberes mensuales cuyo monto, portodo concepto, supere la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS($ 450).

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligacionesprevisionales en períodos anteriores no han variado demanera significativa hasta la fecha.

Que tal circunstancia, ante las limitaciones financieras que enfrentael Sistema y la magnitud de las erogaciones, determinan la necesidadde mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultadesconferidas por el artículo 3º del Decreto Nº2741/91 y por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º- Apruébase el Calendariode Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsiónpara la emisión correspondiente a la segunda cuota delHaber Anual Complementario de 1997, de los grupos de pago 11 a15, cuya fecha de inicio de pago quedara fijada conforme se indicaa continuación:

1. Beneficiarios cuyos haberes mensuales por todo concepto superenla suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 450).

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir deldía 6 de enero de 1998.

GRUPO OE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3. a partir deldía 6 de enero de 1998.

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir deldía 7 de enero de 1998.

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir deldía 8 de enero de 1998.

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, a partir deldía 9 de enero de 1998.

Art. 2º - Establécese que el plazo de validezpara las Ordenes de Pago Previsional de la segunda cuota del HaberAnual Complementario de los grupos 11 a 15 se extenderáhasta la vigencia de las OPP del mensual Diciembre de 1997, fijándosecomo fecha de rendición y presentación de la documentaciónimpaga - OPP impagas - el quinto día hábil posterioral vencimiento del plazo de pago fijado para el Grupo de Pago15 del mensual Diciembre de 1997.

Art. 3º- Regístrese, comuníquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicacióny archívese.- Aledandro Bramer Markovic.

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