Resolución Conjunta 619/1997 25529/1997

Notas Tecnicas Y Tablas De Mortalidad

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Seguro Colectivo De Invalidez Y Fallecimiento
Notas Tecnicas Y Tablas De Mortalidad

Apruebase la nota tecnica del seguro colectivo de invalidez y fallecimiento; las bases tecnicas para su determinacion; y, las tablas de mortalidad.-

Id norma: 48213 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 28807

Fecha boletin: 05/01/1998 Fecha sancion: 19/12/1997 Numero de norma 619/1997 25529/1997

Organismo (s)

Organismo origen: Sup. De Adm. De Fondos De Jubilaciones Y Pensiones Ver Resoluciones Organismo origen: Superintendencia De Seguros De La Nacion Ver Resoluciones Observaciones: -

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Esta norma es complementada o modificada por

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION Y LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución Conjunta 25.529/97-SSN y 619/97-SAFJ
Bs. As., 19/12/97
VISTO los artículos 93 y 99 de la Ley N° 24.241, la Ley N° 24.733, la Resolución SSS N° 33 del 29 de abril de 1997 y la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES N° 24.466/309 del 29 de marzo de 1996; y
CONSIDERANDO:
Que a fin de contemplar lo previsto en la Ley N° 24.733, resulta necesario adecuar la Póliza y Nota Técnica del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento.
Que en una primera etapa se adecuaron las Condiciones Generales de dicha póliza a los fines de flexibilizar las normas que regulan la movilidad de la tasa del premio del seguro, a efectos de posibilitar a las Compañías de Seguros de Vida evaluar las ofertas a presentar en los actos licitatorios para la adjudicación del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento.
Que en esta segunda etapa corresponde adecuar la Nota Técnica del mencionado seguro y las Bases Técnicas para la Determinación del Capital Técnico Necesario.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en los artículos 93,99 y 118 inciso p) de la Ley N° 24.241.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION Y EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
RESUELVEN:
ARTICULO 1 °-Apruébase la Nota Técnica del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento que se acompaña como Anexo I de la presente.
ARTICULO 2°-Apruébanse las Bases Técnicas para la Determinación del Capital Técnico Necesario que se acompañan como Anexo II de la presente.
ARTICULO 3°-Apruébanse las Tablas de Mortalidad que se acompañan como Anexo III de la presente.
ARTICULO 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-WALTER ERWIN SCHULTHESS, Superintendente de A.F.J.P.-Dr. CLAUDIO OMAR MORONI. Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: Los ANEXOS correspondientes a esta Resolución podrán ser consultados en el Boletín Oficial del día 5/01/97.
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos de la presente Resolución, publicados en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

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