Resolución Conjunta 124/1998 54/1998

Modulo Previsional Obligatorio - Año 1998 -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistema Integrado De Jubilaciones Y Pensiones
Modulo Previsional Obligatorio - Año 1998 -

Fijase en pesos ochenta el valor del modulo previsional obligatorio correspondiente al ejercicio anual 1998.-

Id norma: 49013 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 28829

Fecha boletin: 04/02/1998 Fecha sancion: 29/01/1998 Numero de norma 124/1998 54/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Economia, Obras Y Servicios Publicos Ver Resoluciones Organismo origen: Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución Conjunta 54 y 124/98

Fíjase el valor del Módulo Previsional (MOPRE)para el ejercicio anual correspondiente al año 1998.

Bs. As., 29/ 1/98

B.O: 4/2/98

VISTO el Decreto Nº 833 de fecha 25 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al artículo 1º del decreto referidoen el Visto, el valor del MODULO PREVISIONAL (MOPRE) deberáfijarse anualmente.

Que es necesario establecer el valor del MODULO PREVISIONAL (MOPRE)para el ejercicio anual correspondiente al año 1998.

Que a tal efecto se deben tener en cuenta los créditospresupuestarios incluidos en el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIONNACIONAL para el año 1998, aprobado por la Ley Nº24.938, destinados a atender el monto de las prestaciones previsionalesdel Régimen de Reparto del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONESY PENSIONES (SIJP) instituido por la Ley Nº 24.241 y susmodificatorias.

Que el artículo 2º del referido Decreto Nº 833/97establece como autoridad de aplicación para fijar el valordel MODULO PREVISIONAL (MOPRE) en forma conjunta, a los MINISTERIOSDE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y de ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOS, con facultades para dictar las pertinentes normas complementarlasy aclaratorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y EL MINISTRO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVEN:

Artículo 1º-Fíjase en OCHENTA PESOS($ 80) el valor del MODULO PREVISIONAL (MOPRE) correspondienteal ejercicio anual 1998.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-AntonioE. Gonzalez. -Roque B. Fernández.

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