Resolución 26/1998

Nueva Categoria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Jubilaciones Y Pensiones
Nueva Categoria

Fijanse las pautas de aplicacion del decreto n° 1010/97, que creo una nueva categoria de beneficiarios en el regimen del decreto n° 2627/92, a partir del 1/1/98.

Id norma: 49082 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28831

Fecha boletin: 06/02/1998 Fecha sancion: 03/02/1998 Numero de norma 26/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional de la Seguridad Social

JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución 26/98

Fíjanse las pautas de aplicación del DecretoN° 1010197, que creó una nueva categoria de beneflciariosen el regimen del Decreto N° 2627/92, a partir del 1°.1.98.

Bs. As., 03/02/98.

B. O.: 06/02/98.

VISTO el Decreto N° 2627 de fecha 29 de diciembre de 1.992,el Decreto N° 1524 de fecha 29 de agosto de 1.994 y el DecretoN° 1010 de fecha 26 de septiembre de 1.997, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2627/92 se otorgó un subsidioa jubilados y pensionados del Regimen Contributivo Nacional, concuantías diferenciadas en DOS (2) rangos segun que el nacimientode los beneficiarios hubiera sido anterior o posterior a una fechade referencia.

Que el Decreto 1524/94 incremento el subsidio establecido porel Decreto mencionado en el Considerando precedente.0000

Que por el Decreto N° 1010/97 se creó una nueva categoríade beneficiarios en el régimen del Decreto N° 2627/92,a partir del 1° de enero de 1.998.

Que para su efectivización es necesario fijar las pautasque permitan su correcta aplicación.

Que, asimismo, corresponde validar la utilización del nuevoformulario de Declaración Jurada, que se puso en vigenciaa partir del 1° de octubre de 1.997 a través de lasUDAI y Delegaciones de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL (ANSeS).

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultadesconferidas por el artículo 3, del Decreto N° 2741/91y por el artículo 36 de la Ley 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°- Abónese a partir del 1°de enero de 1.998 el subsidio que corresponda a los beneficiariosque se encontraren comprendidos en las disposiciones del DecretoN° 1010/97 conforme lo establecido en su artículo1° y liquídese conjuntamente con los haberes correspondientesal mes de enero de 1.998.

Art. 2°-Apruébase el nuevo formulario de DeclaraciónJurada que como Anexo I forma parte de la presente Resolucióny valídase su instrumentación y puesta en vigenciaa través de las UDAI y Delegaciones de la ADMINISTRACIONNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), desde el 1° de octubrede 1.997, a efectos de su entrega al beneficiario o su representantepara su posterior cumplimentación, exclusivamente por partedel titular o su curador; debiendo verificar la ADMINISTRACIONNACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), los extremos requeridospara su incorporación.

Art. 3°- Téngase por aprobada la Orden de PagoPrevisional del mes de noviembre de 1.997 con el mensaje de avisopara los beneficiarios alcanzados por el Decreto N° 1010/97,a fin de cumplimentar el formulario de Declaración Juradaen la UDAI, fijando como limite de presentación el 19 dediciembre de 1.997, para su incorporación a partir del1° de enero de 1.998.

Art. 4°- A los fines de determinar el importe delsubsidio dispuesto en el artículo 1°, el monto delhaber computable estará integrado por todos los conceptosque lo componen con carácter permanente, excepto los correspondientesa asignaciones familiares.

Art. 5°- Los titulares de beneficio que se incluyanen planillas generales de pago a partir del mensual diciembrede 1.997 y que se encuentren comprendidos en las disposicionesdel Decreto N° 1010/97, deberán presentar la correspondienteDeclaración Jurada con posterioridad a la concesióndel beneficio, procediéndose a la liquidación delsubsidio a partir del 1° de enero de 1.998 o desde la fechade presentación si ésta fuese posterior.

Art. 6°- Regístrese, comuníquese, publíquese,dése a la Dirección Nacional de Registro Oficialy oportunamente archívese. - Saúl Bouer.

ANEXO ISubsidio Decreto N° 1010/97

Apellido/s y Nombre/s.Beneficio

..Ex - CajaTNúmeroCDV

.............

DomicilioTipo y N° de DocumentoProv Emis

..................

Tiene derecho al Subsidio instituido por el Decreto N° 1010/97,el beneficiario de jubilación o pensión nacido desdeel 01/01/1.929 hasta el 31/12/1.930 que perciba un haber inferiora $ 200 mensuales, que reúna los siguientes requisitos.

Percibir un único beneficio previsional.

Carecer su cónyuge de beneficio previsional.

No ser propietario de inmueble, a excepción de tratarsede un único inmueble destinado a vivienda familiar.

Residir en Territorio Nacional.

Carecer de otro ingreso. superior a $ 50 mensuales.

Declaración Jurada (Artículo 2° DecretoN° 1010/97)

1. No soy titular de otra jubilación / pensión /retiro / nacional / provincial / municipal / extranjera.

2. Mi cónyuge no percibe jubilación / pensión/ retiro / nacional / provincial / municipal / extranjera.

3. Resido en Territorio Nacional.

4. No soy propietario de inmueble (excluye el caso de propietariode único inmueble destinado a vivienda familiar.

5. No recibo otro ingreso superior a $ 50 mensuales.

El presente formulario reviste el carácter de declaraciónjurada y ha sido suscripto sin falsear ningún dato y enconocimiento de las penalidades a que están sujetos losinfractores de los artículos 172, 292 y 293 del CódigoPenal para los delitos de estafa y falsificación de documentos.

....................................

Lugar y Fecha

....................................

(1) Firma del titular, o curador certificada por autoridad competente

(1) No pueden firmar los apoderados

Certifico que la firma ha sido colocada en mi presencia y perteneceal titular del beneficio curador del beneficiario (tachar loque no corresponda).

.....................................

Lugar y Fecha

.....................................

Firma y sello del funcionario que certifica

______

NOTA: Debe adjuntar fotocopia del último recibo

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