Resolución Conjunta 114/1998 38/1998

Bocep - Emision Serie 41 -

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Reforma De Los Estados Provinciales
Bocep - Emision Serie 41 -

Disponese la emision de la serie 41º del bono para la creacion de empleo privado (bocep).-

Id norma: 50190 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 28872

Fecha boletin: 06/04/1998 Fecha sancion: 27/03/1998 Numero de norma 114/1998 38/1998

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Hacienda Ver Resoluciones Organismo origen: Secretaria De Asistencia Financiera A Las Provinci Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Asistencia Financiera a las Provinciasy Secretaría de Hacienda

REFORMA DE LOS ESTADOS PROVINCIALES

Resolución Conjunta 38 y 114/98

Dispónese la emisión de la Serie 41º delBono para la Creación de Empleo Privado (BOCEP).

Bs. As., 27/03/98.

B. O.: 06/04/98.

VISTO el expediente Nº 433.664/98 Registro de la SECRETARIADEL INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Anexo I - puntosb) y c) del Decreto Nº 676 del 7 de abril de 1.993, el Artículo1º del Decreto Nº 678 del 7 de abril de 1.993, el Artículo3º del Decreto Nº 1499 del 23 de agosto de 1.994 decreación del BONO PARA LA CREACION DE EMPLEOS PRIVADOS(BOCEP), el Artículo 20º del Decreto Nº 290 del27 de febrero de 1.995, el Anexo II del Decreto Nº 660 del24 de junio de 1.996, el Decreto Nº 1166 del 7 de noviembrede 1.997, la Resolución Conjunta Nº 23 MINISTERIODEL INTERIOR Nº 93 SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 24 de febrero de1.995 entre la SECRETARIA DE ASISTENCIA PARA LA REFORMA ECONOMICAPROVINCIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y LA SECRETARIA DE HACIENDAdel MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la ResoluciónConjunta Nº 104 MINISTERIO DEL INTERIOR - Nº 547 SECRETARIADE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOSdel 9 de diciembre de 1.994 entre la SECRETARIA DE ASISTENCIAPARA LA REFORMA ECONOMICA PROVINCIAL del MINISTERIO DEL INTERIORY LA SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRASY SERVICIOS PUBLICOS, y la Resolución Nº 251 del 1ºde junio de 1.995 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que conforme a las prescripciones legales citadas, se hace necesarioel dictado de una Resolución Conjunta por lo que se dispongael monto y fecha de emisión de cada "SERIE" delBOCEP.

Que se ha exceptuado al BOCEP de los alcances del Artículo20º del Decreto Nº 290 del 27 de febrero de 1.995.

Que atento a la información producida por la UNIDAD EJECUTORACENTRAL DEL PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DESARROLLO ECONOMICODE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS de la SECRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERAA LAS PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR corresponde la emisiónde la SERIE 41º por un monto total de PESOS DOS MILLONESNOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 2.966.590),con fecha 31 de marzo de 1.998, con vencimiento el 31 de marzodel 2.003.

Que la presente emisión corresponde al convenio suscriptocon la provincia de Salta el 25 de enero de 1.993.

Que debido a las actuales restricciones presupuestarias, la financiaciónde los descuentos previstos en el inciso d) del artículo3º del Decreto Nº 676/93, de los BOCEP emitidos en laserie 41º, deberán atenderse con recursos provenientesde las amortizaciones efectuadas por las provincias por la serie19º y sucesivas que representan el recupero de los fondosaportados por el Préstamo BIRF 3836 AR para la Reformade los Estados Provinciales otorgado por el BANCO INTERNACIONALDE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Que los montos necesarios para financiar los saldos adeudadosde los BOCEP emitidos en las SERIES 19º a 40º, deberánatenderse con fondos aportados por el Préstamo BIRF 3836AR para la Reforma de los Estados Provinciales otorgado por elBANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Que por lo expuesto en el considerando anterior, los montos retenidosa las provincias en concepto de amortización de las series19º a 41º, deberán ser acreditados a la Cuentadel BANCO DE LA NACION ARGENTINA - Casa Central Nº 187.866/2"FONDO PARA LA TRANSFORMACION DE LOS SECTORES PUBLICOS PROVINCIALES".

Que los montos que se adeuden por las primeras DIECIOCHO (18)series deberán ser financiados por la SECRETARIA DE HACIENDAdel MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que los montos retenidos a las provincias en concepto de amortizaciónde las primeras DIECIOCHO (18) series deberán continuaracreditándose a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que de las atribuciones conferidas por el Artículo 17ºdel Decreto Nº 676/93, el Artículo 9º del DecretoNº 1778/93, el Artículo 3º del Decreto Nº1499/94 y el Decreto Nº 1166/97, surge la facultad para eldictado de la presente resolución.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS DEL MINISTERIODEL INTERIOR, Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVEN:

Artículo 1º- Dispónese la emisiónde la SERIE 41º del BONO PARA LA CREACION DE EMPLEO PRIVADO(BOCEP) por un monto total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTAY SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 2.966.590), de acuerdo al detalleque se agrega como Anexo I a la presente Resolución Conjunta,con fecha 31 de marzo de 1.998, con vencimiento el 31 de marzode 2.003.

Art. 2º- Los montos necesarios para financiar losvalores de la deuda pública nacional denominados BONOSPARA LA CREACION DE EMPLEO PRIVADO (BOCEP) emitidos en la SERIE41º y descontados en virtud del inciso d) del artículo3º del Decreto Nº 676/93, serán atendidos conrecursos provenientes de las amortizaciones efectuadas por lasprovincias por la serie 19º y sucesivas, que representanel recupero de los fondos aportados por el Préstamo BIRF3836 AR para la Reforma de los Estados Provinciales, otorgadopor el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Art. 3º- Los montos necesarios para financiar el saldoadeudado por la emisión de las primeras DIECIOCHO (18)series, serán atendidos por la SECRETARIA de HACIENDA delMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 4º- Los montos necesarios para financiar el saldode la emisión de las SERIES 19º a 40º, seránatendidos por el Préstamo BIRF 3836 AR para la Reformade los Estados Provinciales, otorgado por el BANCO INTERNACIONALDE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Art. 5º- Los montos deducidos a las provincias desus recursos de Coparticipación Federal, en concepto deamortización de las SERIES 19º a 41º, seránacreditados a la Cuenta del BANCO DE LA NACION ARGENTINA - CasaCentral Nº 187.866/2 "FONDO PARA LA TRANSFORMACION DELOS SECTORES PUBLICOS PROVINCIALES".

Art. 6º- Los montos deducidos a las provincias desus recursos de Coparticipación Federal, en concepto deamortización de las primeras DIECIOCHO (18) series, continuaránacreditándose a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 7º- Hágase saber al BANCO DE LA NACIONARGENTINA y a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION.

Art. 8º- Comuníquese, publíquese, désea la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.- Rodolfo E. Vacchiano. - Pablo E. Guidotti.

NOTA: Ver el Anexo I que forma parte de la presente ResoluciónConjunta en el Boletín Oficial de fecha 06/04/98, página5.

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